Inicio Blog Página 45

Enfermeras jubiladas denuncian descuentos ligados a la “mafia de los pagarés”

0

Un grupo de enfermeras jubiladas se presentó este viernes ante el Poder Judicial para exigir la suspensión inmediata de los descuentos que sufren en sus haberes desde hace años.

Denuncian que estos descuentos se originan en juicios ejecutivos presuntamente fraudulentos vinculados al esquema conocido como la “mafia de los pagarés”.

Las manifestantes solicitaron además una respuesta directa por parte del titular de la Corte Suprema de Justicia, quien se comprometió a tomar acciones y a llevar adelante auditorías.

Según relataron, los descuentos se originan en procesos judiciales que habrían sido impulsados en presunta connivencia con la organización AMUCLIN. Aseguran que esta situación ha afectado de manera sostenida a varias trabajadoras de la salud ya jubiladas.

“Es una situación muy grave la que continúa. Hoy vinimos a pedir al presidente de la Corte que se investigue en conjunto el caso de la extinta Asociación Mutual de Empleados del Hospital de Clínicas, AMUCLIN, y la mafia de los pagarés. El informe de la Comisión Permanente ya revela el modus operandi que se utilizaba para concretar esta estafa a las compañeras jubiladas”, señalaron durante la presentación de su reclamo.

De acuerdo con los datos expuestos, al menos 46 enfermeras, en su mayoría jubiladas, serían víctimas de este esquema, por lo que solicitan la revisión caso por caso para frenar los descuentos que afectan directamente sus ingresos mensuales.

Las afectadas insisten en que una intervención judicial permitiría detener los perjuicios económicos que vienen soportando desde hace años, así como esclarecer la eventual existencia de una red de irregularidades en la tramitación de los juicios ejecutivos.

Archivan denuncias contra el ministro de Justicia por traslados de reclusos de alto perfil

0

La jueza Diana Cavallo dispuso el archivo de las denuncias presentadas contra el ministro de Justicia, Rodrigo Nicora, luego de que el Ministerio Público concluyera que no existió hecho punible en los traslados de personas privadas de libertad considerados de alto perfil.

Las causas se originaron a partir de denuncias formuladas por las juezas especializadas en materia penal María Luz Martínez y Rosarito Montanía, quienes habían comunicado al Ministerio Público un presunto desacato por parte del titular de la cartera de Justicia.

En el primer caso, la magistrada Martínez cuestionó el traslado no comunicado de Miguel Insfrán, alias «Tío Rico». Por su parte, la jueza Montanía denunció una situación similar relacionada con el traslado de una hermana de Javier Rotela, líder del grupo criminal Clan Rotela.

Según los antecedentes, ambas magistradas consideraron que los traslados se habrían realizado sin contar con la autorización judicial correspondiente, por lo que pusieron los hechos en conocimiento de la Fiscalía para su investigación.

Sin embargo, el Ministerio Público concluyó que no se configuró el delito de desacato ni otro hecho punible. De acuerdo con el criterio fiscal, el Ministerio de Justicia comunicó posteriormente las medidas adoptadas al órgano jurisdiccional competente y las demoras registradas respondieron a cuestiones administrativas.

Con base en esa conclusión, la jueza Diana Cavallo hizo lugar al pedido de la Fiscalía y ordenó el archivo de ambas denuncias, dando por finalizadas las investigaciones abiertas contra Nicora.

Las juezas denunciantes son reconocidas por su trayectoria en el fuero penal especializado.

Histórico: Separan a jóvenes sentenciados de procesados

El sistema penal adolescente paraguayo dio un paso considerado histórico con la habilitación de espacios diferenciados para jóvenes procesados y adolescentes que ya cumplen sanciones. La medida fue concretada con la inauguración de la nueva División Efectiva de Adolescentes Sancionados y Prevenidos en el Centro Educativo de Itauguá (CEI).

La iniciativa representa la primera aplicación efectiva de una separación física y funcional entre adolescentes privados de libertad que aún se encuentran sometidos a proceso judicial y aquellos que ya cuentan con una sanción impuesta por la Justicia. Las autoridades sostienen que esta diferenciación responde a principios constitucionales y estándares internacionales de protección de derechos.

Para hacer posible esta reorganización, el Ministerio de Justicia ejecutó una remodelación integral de las instalaciones del centro educativo, incluyendo la adecuación de pabellones y espacios destinados a la convivencia, educación y reinserción social de los jóvenes.

La nueva estructura cuenta con dos bloques independientes, identificados como pabellones A y B, separados por un muro perimetral que impide el contacto visual y físico entre ambos sectores. En total, el complejo dispone de 58 habitaciones con capacidad para albergar a 177 adolescentes.

El pabellón A fue destinado a los adolescentes sancionados, mientras que el pabellón B alojará a los jóvenes prevenidos, es decir, aquellos que aún no cuentan con una sentencia firme. Cada sector posee 29 habitaciones distribuidas en dos niveles y equipadas con baño privado, literas, colchones, ropa de cama y demás elementos necesarios para la permanencia de los internos.

Además de los espacios de alojamiento, ambos pabellones cuentan con servicios independientes, incluyendo comedores, salas de televisión, áreas destinadas a visitas familiares y sectores deportivos para la práctica de fútbol 5, vóleibol y básquetbol.

Durante la inauguración, el ministro Nicora destacó que la separación efectiva entre prevenidos y sancionados constituye un hecho sin precedentes dentro del sistema penitenciario juvenil paraguayo.

“Por primera vez en la historia de nuestra institución, damos cumplimiento estricto y efectivo a lo establecido en nuestra Constitución, logrando la separación real y técnica de los jóvenes prevenidos y sancionados”, afirmó.

El secretario de Estado señaló que esta transformación forma parte de una política más amplia de modernización penitenciaria impulsada por el Gobierno, que también incluyó intervenciones en otros establecimientos penitenciarios del país.

Nicora sostuvo además que el objetivo es fortalecer un modelo basado en la justicia restaurativa, orientado no solo al cumplimiento de sanciones, sino también a la educación, la rehabilitación y la reinserción social de los adolescentes.

Con la puesta en funcionamiento de esta nueva división, el Ministerio de Justicia busca mejorar las condiciones de alojamiento de los jóvenes privados de libertad y garantizar que el tratamiento penitenciario se ajuste a los principios legales que distinguen la situación de quienes aún enfrentan un proceso judicial de aquellos que ya fueron sentenciados.

Mafia de pagarés: Fijan fecha del primer juicio oral

0

El Tribunal de Sentencia de la Circunscripción Judicial de Presidente Hayes fijó para los días 8, 9 y 10 de julio de 2026 el inicio del juicio oral y público en la causa abierta a Mirtha Elizabeth Metel y Julio Paiva Krause, propietarios de la firma Vanesa y Asociados y la abogada Zully Ortiz, proceso que guarda relación con denuncias vinculadas al esquema conocido públicamente como la “mafia de pagarés”.

La convocatoria fue dispuesta mediante una providencia firmada por el presidente del colegiado, Gregorio Paciello Cantero. El tribunal está integrado además por los jueces Antonia Corina Sanabria y José Eugenio Jacquet como miembros titulares, mientras que Christian González actuará como miembro suplente.

De acuerdo con la resolución, las audiencias se desarrollarán a partir de las 08:30 horas en la Sala de Juicios Orales N° 2 de la ciudad de Villa Hayes. Asimismo, se dispuso la notificación de las partes y la citación de los testigos que deberán comparecer durante el desarrollo del debate oral.

La querella es impulsada por la abogada Noelia Núñez, representante de Ángela Zárate. La profesional, celebró la fijación de la fecha para el inicio del juicio, considerando que se trata de un avance significativo en una causa que ha generado gran expectativa entre las personas que denuncian haber sido afectadas por el esquema investigado.

La abogada destacó que el proceso permitirá la producción de pruebas ante un tribunal y el análisis público de los hechos atribuidos a los acusados Mirtha Elizabeth Metel y Julio Paiva Krause, propietarios de la firma Vanesa y Asociados, además de la abogada Zully Ortiz, quienes deberán enfrentar el juicio oral en el marco de esta causa penal.

Núñez también instó a las víctimas de la denominada “mafia de pagarés” a acompañar el desarrollo de las audiencias. Según expresó, la participación ciudadana resulta fundamental para visibilizar las consecuencias que habrían tenido las maniobras denunciadas y para fortalecer la búsqueda de justicia.

Atendiendo a la magnitud del caso y al interés que ha despertado a nivel nacional, la abogada anunció además que solicitará formalmente que el juicio oral sea transmitido en vivo a través de los canales oficiales del Poder Judicial. La intención es que la ciudadanía pueda seguir de manera directa el desarrollo de las audiencias y conocer los elementos probatorios que serán debatidos ante el tribunal.

La causa forma parte de una serie de investigaciones relacionadas con presuntos mecanismos utilizados para promover ejecuciones judiciales basadas en pagarés cuestionados, una situación que en los últimos años derivó en numerosas denuncias y motivó la apertura de procesos penales contra distintos actores vinculados al esquema.

Con la fijación de la audiencia oral y pública, el expediente ingresa ahora en una etapa decisiva, en la que el Ministerio Público, la querella y las defensas expondrán sus respectivas posiciones ante el tribunal encargado de determinar la responsabilidad o no de los acusados.

Imponen medidas bajo fianza a la exfiscal Stella Mary Cano

0

La jueza de Garantías de Capital, Clara Ruiz Díaz, resolvió imponer una fianza personal de G. 200 millones a la exagente fiscal Stella Mary Cano, quien enfrenta un proceso penal por el supuesto hecho punible de persecución de inocentes, una causa impulsada por la fiscala de Derechos Humanos, Sonia Sanguinés.

La procesada estuvo acompañada por su abogado el doctor Daniel Lobo, quien ejerce su defensa en el marco de este proceso penal.

La medida fue dispuesta durante la audiencia de imposición de medidas cautelares realizada en el marco de la investigación que busca esclarecer la actuación de la exrepresentante del Ministerio Público en un procedimiento que tuvo como protagonista al ciudadano italiano Ciro Panniello.

Según la hipótesis sostenida por la Fiscalía, Cano habría intervenido presuntamente de manera irregular mientras Panniello se encontraba privado de libertad. La investigación señala que, en esas circunstancias, la entonces fiscal habría ejercido presión para que el extranjero firmara un acuerdo conciliatorio mediante el cual debía transferir los bienes de la peluquería Diva Divini 2 a favor de su socia.

A raíz de esta situación, surgieron denuncias que derivaron en una pesquisa penal por presunta persecución de inocentes, figura que castiga actuaciones indebidas de funcionarios encargados de la persecución penal cuando estas afectan a personas sin fundamentos legales suficientes.

La fiscala Sonia Sanguinés sostiene que existen elementos que ameritan profundizar la investigación para determinar si hubo un uso irregular de las atribuciones y si durante el procedimiento fueron vulneradas garantías fundamentales del afectado.

El caso ha despertado interés debido a la trayectoria de la exagente fiscal, cuya gestión estuvo marcada por cuestionamientos en distintas actuaciones desarrolladas durante su permanencia en el Ministerio Público.

Actualmente, Stella Mary Cano ya no integra la institución fiscal, tras haber presentado su renuncia para acogerse a la jubilación. No obstante, la salida del cargo no impide la prosecución de la causa penal en su contra.

Con la imposición de la fianza de G. 200 millones, así como otras medidas, la magistrada resolvió las medidas cautelares que regirán para la procesada mientras continúan las diligencias investigativas.

Examen de escribanos tendrá protocolo de máxima seguridad para resguardar el temario

La Corte Suprema de Justicia resolvió mantener al ministro Eugenio Jiménez Rolón como integrante del Tribunal Examinador del XVII Concurso de Méritos y Oposición para Notarios y Escribanos Públicos, al tiempo de anunciar un riguroso plan de seguridad destinado a impedir cualquier posibilidad de filtración del contenido de las pruebas.

La decisión fue confirmada por el presidente de la máxima instancia judicial, Alberto Martínez Simón, quien explicó que Jiménez Rolón había presentado una excusación debido a que dos funcionarios de su gabinete participaránn del proceso de selección. Sin embargo, tras analizar la situación, los ministros concluyeron que no existe impedimento para que continúe formando parte del órgano evaluador.

“Hemos resuelto ratificar al doctor Jiménez Rolón, agradeciendo la delicadeza de la excusación. Entendemos que el proceso es por demás transparente”, expresó Martínez Simón.

Durante una extensa explicación, el titular de la Corte detalló los mecanismos que serán implementados para garantizar la integridad del concurso, considerado uno de los más importantes dentro del ámbito judicial.

Según indicó, la elaboración del examen se realizará el mismo día de la evaluación, desde primeras horas de la mañana y bajo estrictos protocolos de seguridad. El proceso será transmitido en directo, aunque sin audio ni exhibición de los temas seleccionados.

Martínez Simón señaló que el tribunal comenzará a trabajar alrededor de las 06:30 o 07:00, analizando propuestas de temarios elaboradas previamente por distintos equipos técnicos, magistrados y especialistas convocados para la ocasión. La selección final de los contenidos se llevará a cabo en una sesión reservada, con medidas adicionales para evitar que los temas puedan ser conocidos antes del inicio de la prueba.

“Vamos discutiendo los temas con el audio apagado. Ahora está muy de moda por el tema político esto de taparse la boca; tapándonos la boca vamos a discutir la temática”, comentó.

Una vez definidos los contenidos, los exámenes serán reproducidos en un ambiente cerrado y controlado. El presidente de la Corte explicó que las personas encargadas de las fotocopias ingresarán sin teléfonos celulares y permanecerán aisladas hasta la conclusión total del procedimiento.

“Los fotocopiadores son personas de la Corte que entran a un ambiente cerrado sin celulares y no pueden salir hasta que termine el fotocopiado”, precisó.

El examen comenzará inmediatamente después de la impresión de los cuestionarios, reduciendo al mínimo cualquier margen para la divulgación anticipada del material.

La Corte también destacó que la corrección de las pruebas se realizará mediante un sistema automatizado. Al tratarse de un examen de opción múltiple, las hojas de respuestas serán procesadas por escáneres que efectuarán la calificación de forma inmediata.

“Inmediatamente después empieza el proceso de corrección. Eso se mete a una sala donde están los escáneres que se encargan de corregir y de inmediato se sube la calificación”, explicó Martínez Simón.

El magistrado remarcó que este mecanismo elimina cualquier posibilidad de intervención subjetiva en la evaluación de los postulantes, ya que los resultados son generados automáticamente por el sistema.

“No hay ningún trabajo de evaluación personal ni intervención de una sola persona, ni posibilidad de filtrado”, sostuvo.

Con estas medidas, la Corte Suprema busca reforzar la confianza en el proceso de selección de futuros notarios y escribanos públicos, garantizando condiciones de transparencia, igualdad y seguridad para todos los concursantes.

El examen está previsto para el próximo 1 de septiembre de 2026, a las 16:00, en las instalaciones de la Secretaría Nacional de Deportes.

Imputan a hombre por presunta falsificación de medicamentos para adelgazar

0

El Ministerio Público imputó a Mathias Riveros, de 29 años, por su presunta participación en un caso relacionado con la comercialización de medicamentos falsificados que llevaban la marca del laboratorio Indufar. La investigación está a cargo del fiscal Osvaldo Zaracho Romero, de la Unidad Especializada en la Persecución de Hechos contra la Propiedad Intelectual y el Contrabando de Alto Paraná.

La causa se originó tras un procedimiento realizado el pasado 6 de junio de 2026 en el microcentro de Ciudad del Este, donde agentes policiales interceptaron al ahora imputado mientras transportaba un importante cargamento de productos farmacéuticos.

De acuerdo con los antecedentes, el operativo tuvo lugar sobre la calle Pai Pérez casi Abay, alrededor de las 16:30. Durante la inspección, los intervinientes hallaron dos cajas que contenían unas 4.000 ampollas identificadas como T.G. 15 (Tirzepatida 15 mg), un medicamento utilizado para el tratamiento de la obesidad y el control del peso corporal, comercializado por el laboratorio Indufar.

Posteriormente, una verificación técnica permitió detectar irregularidades en los productos, cuyas características no coincidían con las del medicamento original. A ello se sumó la ausencia de documentación que acreditara su procedencia legal, lo que fortaleció las sospechas sobre una posible falsificación.

El fiscal Zaracho reunió diversos elementos, entre ellos informes policiales, actas de procedimiento y de incautación, así como un reporte emitido por el laboratorio Indufar CISA el 9 de junio de 2026, documento considerado clave dentro de la investigación.

Con base en estos antecedentes, Mathias Riveros Bordón fue imputado por la presunta comisión del hecho punible de violación de los derechos de marcas. Asimismo, el representante del Ministerio Público solicitó al juzgado la aplicación de la medida cautelar de arresto domiciliario mientras avanzan las diligencias del caso.

Imputado un recluso por presunta agresión a su pareja

0

La agente fiscal Fabiola Sosa, imputó a Ricardo Luis Morra, interno de la Penitenciaría Padre de la Vega, por la presunta comisión del hecho punible de violencia familiar. Asimismo, solicitó que el procesado continúe cumpliendo la medida de prisión preventiva.

Según los antecedentes de la investigación, el hecho habría ocurrido el pasado 6 de junio de 2026, en una habitación privada del establecimiento penitenciario ubicado en el penal de Emboscada.

De acuerdo con la hipótesis del Ministerio Público, la mujer ingresó al lugar en compañía del ahora imputado, quien se encuentra recluido en dicha penitenciaría mientras se tramita un pedido de extradición solicitado por la República Federativa del Brasil, en el marco del operativo denominado “Dakovo”.

Las pesquisas señalan que, tras una discusión entre ambos, el hombre agredió físicamente a la víctima, ocasionándole golpes en distintas partes del cuerpo.

Como consecuencia del incidente, la mujer sufrió lesiones que fueron documentadas mediante informes médicos incorporados a la causa. Dichos reportes refieren la existencia de signos visibles de violencia corporal.

La investigación continúa a cargo del Ministerio Público, que busca esclarecer las circunstancias de la agresión dentro del penal.

Senadora destaca respaldo del presidente de la Corte al proyecto de divorcio exprés

0

La senadora Lilian Samaniego ratificó su impulso al proyecto de ley que busca agilizar los procesos de divorcio por mutuo consentimiento, conocido popularmente como “divorcio exprés”, y afirmó que la iniciativa cuenta con el respaldo del presidente de la Corte Suprema de Justicia, Alberto Martínez Simón.

La legisladora sostuvo que el titular del máximo tribunal no solo acompañó la propuesta, sino que además realizó aportes para mejorar el texto normativo, con el objetivo de simplificar aún más el procedimiento de separación cuando ambas partes estén de acuerdo.

“Agradezco a través de ustedes al presidente de la Corte Suprema de Justicia, el profesor doctor Alberto Martínez Simón, porque llegué hasta él y me dijo: ‘Esto está muy bien y vamos a aportar más’”, expresó Samaniego.

Según explicó, una de las modificaciones planteadas permitirá que todo el trámite pueda concretarse en una sola audiencia judicial. “Vamos a hacer en una sola audiencia en donde la pareja acude, se escucha uno a uno. Se espera un momento y vuelven a ingresar al mismo día, ratifican la intención de separarse por mutuo acuerdo y culmina”, detalló.

La parlamentaria destacó que el acompañamiento de la Corte constituye un respaldo técnico y jurídico a la iniciativa. “Desde la Corte están de acuerdo con el proyecto y no solamente estaban de acuerdo. Se corrigió y se felicitó”, afirmó.

Asimismo, indicó que el apoyo fue expresado también ante autoridades legislativas, entre ellas el presidente de la Comisión de Legislación del Senado, Derlis Maidana. En ese sentido, remarcó que la propuesta no presenta objeciones desde el punto de vista legal.

“Jurídicamente y legalmente, el proyecto de ley es válido. No tiene ninguna objeción, ningún punto que se pueda objetar”, sostuvo.

Samaniego también agradeció el trabajo realizado por las distintas comisiones que analizaron la propuesta, entre ellas las de Equidad de Género, Legislación, y Niñez y Adolescencia, las cuales emitieron dictámenes favorables para su tratamiento.

La senadora explicó que el principal objetivo de la iniciativa es facilitar el acceso a la justicia a personas de escasos recursos que desean formalizar su separación, pero que actualmente enfrentan largos procesos y elevados costos para concretar el divorcio.

Según señaló, muchas parejas que ya no conviven o que han decidido poner fin a su vínculo matrimonial evitan iniciar los trámites debido a las dificultades económicas que implica el procedimiento vigente. Con la reforma, se busca reducir tiempos, costos y burocracia, garantizando una solución más rápida para los casos en que exista pleno acuerdo entre ambas partes.

El proyecto continúa su trámite legislativo con el objetivo de modernizar los procedimientos judiciales y ofrecer una respuesta más eficiente a quienes optan por la disolución consensuada de su matrimonio.

Camarista cuestiona límite impuesto al auxilio judicial en caso «Despierta Paraguay»

0

El camarista Jesús Riera Manzoni se apartó del criterio aplicado en primera instancia en la querella promovida por el empresario Christian Chena contra la plataforma «Despierta Paraguay», al considerar que la complejidad del caso exige una interpretación más amplia del auxilio judicial previo previsto en el Código Procesal Penal.

En un extenso voto, el magistrado sostuvo que la jueza de Sentencia Mesalina Fernández realizó una interpretación «válida, lógica y jurídicamente fundada» de la normativa procesal. Sin embargo, afirmó que las particularidades del expediente permitían adoptar un «mejor criterio a la luz de las cuestiones fácticas que se han planteado».

La controversia surgió luego de que la abogada Alejandra Peralta Merlo, representante de la querella autónoma, solicitara diversas diligencias bajo la figura del auxilio judicial previo con el objetivo de identificar plenamente a los responsables de publicaciones consideradas difamatorias por Christian Chena.

Inicialmente, el Tribunal Unipersonal de Sentencia fue concediendo varios de los pedidos formulados por la querella. No obstante, posteriormente rechazó nuevas diligencias solicitadas e intimó a la parte acusadora a completar su acusación en el plazo de cinco días previsto en el artículo 423 del Código Procesal Penal, argumentando que ya se habían cumplido los requisitos esenciales para continuar con el proceso.

Para Riera Manzoni, sin embargo, la situación dista de estar esclarecida.

El camarista describió el expediente como una causa de «complejidad inusual», marcada por obstáculos tecnológicos, jurídicos e incluso internacionales que dificultan la identificación de los presuntos responsables detrás de la plataforma digital.

Según expuso, la investigación obliga a rastrear identidades reales ocultas tras perfiles informáticos, requerir información a empresas radicadas en el extranjero y enfrentar barreras derivadas de políticas de privacidad aplicadas por plataformas digitales y proveedores de servicios tecnológicos.

A ello se suman herramientas informáticas que dificultan la trazabilidad de los usuarios, como redes privadas virtuales (VPN), servidores proxy, direcciones espejo y otros mecanismos destinados a ocultar la ubicación o identidad de quienes operan en internet.

«Nos hallamos ante un cuadro de complejidad inusual que evidentemente no estaba contemplada en la redacción de la norma procesal», sostuvo el magistrado, al advertir que el artículo 423 fue concebido en una época muy distinta al actual ecosistema digital.

Uno de los puntos centrales de su desacuerdo radica en que la existencia de una persona identificada durante la investigación no implica necesariamente que el proceso haya cumplido con el objetivo de individualizar a todos los posibles responsables.

En ese sentido, Riera Manzoni señaló que la aparición de una mujer vinculada a un número telefónico utilizado por la página cuestionada no permite concluir automáticamente que sea autora de los hechos denunciados.

Por el contrario, afirmó que ni siquiera está claro cuál habría sido su grado de participación y que obligar a la querella a acusarla sin contar con mayores elementos podría generar un perjuicio tanto para esa persona como para la propia investigación.

«De dicha persona no se sabe nada aún», sostuvo el camarista, quien consideró prematuro dar por satisfecho el requisito legal de identificación del autor.

Asimismo, observó que uno de los domicilios obtenidos durante las diligencias tampoco aparece, hasta el momento, como una dirección confiable o directamente vinculada con los hechos investigados. Según indicó, incluso existirían elementos que hacen presumir que podría tratarse de una dirección engañosa, circunstancia que justificaría nuevas averiguaciones.

Para el magistrado, estas circunstancias demuestran que los tres objetivos que habilitan el auxilio judicial previo identificar a los autores, individualizar domicilios y reunir información circunstanciada para sustentar la acusación todavía no fueron plenamente alcanzados.

Otro aspecto relevante del voto es la interpretación que realiza sobre la duración del auxilio judicial previo.

Mientras la jueza Fernández entendió que correspondía aplicar el plazo de cinco días para completar la acusación, Riera Manzoni sostuvo que la propia norma establece que esta etapa puede extenderse hasta obtener la información faltante necesaria para formular adecuadamente la acción penal.

«Hay información faltante», concluyó el camarista, al considerar que las diligencias aún pueden continuar mientras subsistan elementos esenciales pendientes de esclarecimiento.

No obstante, el magistrado también coincidió con la jueza de primera instancia respecto a la improcedencia de algunas medidas solicitadas por la querella, como citaciones a indagatoria, convocatorias testimoniales anticipadas, allanamientos, secuestros de bienes o determinadas pericias que no guardan relación directa con los hechos investigados.

Sin embargo, dejó abierta la posibilidad de admitir nuevas diligencias siempre que sean debidamente fundamentadas y estén orientadas a cumplir los objetivos previstos en la ley.

El voto de Riera Manzoni pone de relieve el desafío que enfrenta la Justicia para aplicar normas procesales concebidas décadas atrás a investigaciones vinculadas al entorno digital, donde la identificación de autores y responsables suele requerir procedimientos técnicos complejos, cooperación internacional y tiempos de investigación muy distintos a los previstos originalmente por la legislación.

Stay connected

21,981FansMe gusta
3,912SeguidoresSeguir
22,900SuscriptoresSuscribirte