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Víctimas de la “Mafia de Pagarés” se manifestarán durante el primer juicio

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La Coordinadora de Víctimas de la “Mafia de los Pagarés” convocó a una manifestación pacífica y silenciosa frente a la sede judicial de Villa Hayes, coincidiendo con las jornadas previstas para el juicio oral contra la abogada Zully Ortiz y los propietarios de Vanessa y Asociados.

Las víctimas del denominado caso “Mafia de los Pagarés” se preparan para acompañar de cerca el inicio del juicio oral y público que tendrá como acusados a la abogada Zully Concepción Ortiz, además de Mirtha Elizabeth Metel y Julio Paiva Krause, propietarios de la firma Vanessa y Asociados.

El Tribunal de Sentencia fijó las jornadas de debate para los días 14, 17 y 18 de agosto de 2026, a partir de las 08:30, en la sede judicial de Villa Hayes. Ante el inicio del juzgamiento, la Coordinadora de Víctimas emitió un comunicado en el que convoca a afectados, familiares y ciudadanos solidarios a concentrarse frente al edificio judicial.

La movilización será de carácter pacífico y silencioso, según anunciaron los organizadores. La convocatoria contempla la presencia de víctimas y familiares con pancartas y mensajes en los que exigirán justicia y un fallo que, según expresaron, sea ejemplar frente a los hechos que denunciaron.

La Coordinadora señaló que su intención es acompañar y vigilar de cerca el desarrollo del proceso, pero sin interferir con la labor de los magistrados, fiscales, abogados y demás operadores de justicia. También aseguró que durante las jornadas se buscará mantener el orden, respetar a los transeúntes y garantizar el libre tránsito en las inmediaciones de la sede judicial.

Reclamo de las víctimas

En su pronunciamiento, los afectados sostienen que la movilización busca mantener visible su reclamo y exigir respuestas de la Justicia. La organización también reclamó el “cese definitivo de los atropellos financieros a los trabajadores” y un castigo para quienes sean encontrados responsables dentro del proceso.

Los organizadores invocaron además el derecho constitucional a la libertad de reunión y manifestación como fundamento de la convocatoria, señalando que la protesta se desarrollará dentro del marco establecido por las normas vigentes.

El juicio oral representa una instancia largamente esperada por quienes aseguran haber sido afectados por las operaciones atribuidas a la denominada “Mafia de los Pagarés”. Durante las tres jornadas fijadas por el tribunal, las partes deberán presentar sus respectivas posiciones y será el órgano de sentencia el encargado de valorar las pruebas producidas durante el debate.

La presencia de las víctimas frente a la sede judicial busca convertirse, de esta manera, en una forma de acompañamiento ciudadano al proceso. Sin interferir en el desarrollo del juicio, pretenden hacer visible su pedido de justicia mientras se define la eventual responsabilidad penal de los acusados.

Las jornadas del 14, 17 y 18 de agosto, desde las 08:30, estarán así marcadas no solo por el inicio del debate oral, sino también por la presencia de las víctimas que anunciaron que permanecerán frente a la sede judicial para seguir de cerca uno de los procesos que consideran de suma relevancia para obtener respuestas sobre el esquema de pagarés que los afectó.

Condenan a la abogada Zully Ortiz por amenaza a periodista

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La abogada Zully Ortiz García y Evelin Librada Paredes Frutos fueron condenadas a dos años de prisión, con suspensión de la ejecución, tras reconocer los hechos investigados. La causa se originó por mensajes intimidatorios dirigidos contra el director de El Observador por publicaciones vinculadas a la denominada “Mafia de los Pagarés”.

La Justicia condenó a Zully Concepción Ortiz García y Evelin Librada Paredes Frutos a dos años de pena privativa de libertad por los hechos punibles de coacción y amenaza, tras una investigación del Ministerio Público relacionada con intimidaciones contra un periodista y su equipo de trabajo.

La agente fiscal Ruth Karina Benítez, de la Unidad Especializada en Delitos Informáticos, tuvo a su cargo el proceso que culminó con la condena de ambas mujeres. El caso se vinculó directamente con una serie de publicaciones periodísticas sobre la denominada “Mafia de los Pagarés”, que habrían generado posteriormente una serie de mensajes intimidatorios dirigidos al director del medio El Observador.

La sentencia fue dictada por el juez Penal de Garantías de la Capital, José Agustín Delmás Aguiar, mediante la Sentencia Definitiva N.º 47. El magistrado declaró acreditada la existencia de los hechos y la responsabilidad penal de las acusadas.

Investigación por amenazas en redes sociales

La investigación fiscal comenzó a partir de una denuncia presentada en septiembre de 2025. A partir de ese momento, los investigadores analizaron publicaciones y comunicaciones difundidas desde distintos perfiles de redes sociales que contenían expresiones consideradas amenazantes y coactivas contra el periodista y personas de su entorno laboral.

El Ministerio Público desplegó una serie de diligencias para determinar quiénes estaban detrás de las cuentas utilizadas para emitir los mensajes. La pesquisa incluyó declaraciones testimoniales, informes técnicos, datos de telefonía, análisis de perfiles y cuentas de redes sociales, además de otros elementos incorporados a la carpeta fiscal.

La investigación también derivó en allanamientos autorizados judicialmente, durante los cuales fueron incautados dispositivos electrónicos que posteriormente fueron sometidos a análisis y utilizados como elementos probatorios dentro de la causa.

Uno de los puntos relevantes de la pesquisa fue la identificación del usuario de un perfil de Facebook denominado “Luis Alberto Quintana”, desde el cual se habrían realizado algunas de las publicaciones cuestionadas.

Según la investigación fiscal, la cuenta habría sido utilizada por Paredes Frutos, quien tenía acceso al teléfono celular de su entonces pareja. Desde ese perfil se habrían emitido mensajes dirigidos al periodista Carlos Benítez con el propósito de que cesara la cobertura periodística relacionada con la denominada “Mafia de los Pagarés”.

La sentencia tuvo en cuenta la actuación coordinada

La hipótesis presentada por la Fiscalía sostuvo además que Paredes Frutos habría actuado de manera coordinada con Ortiz García, en el contexto de las publicaciones periodísticas que eran objeto de cuestionamientos.

Esta tesis fue posteriormente recogida en la resolución judicial, que estableció la participación de ambas acusadas en los hechos investigados.

Durante la audiencia preliminar, las dos reconocieron los hechos atribuidos y solicitaron someterse a un procedimiento abreviado. Ante esta situación y considerando los presupuestos establecidos por la legislación penal, así como la expectativa de pena aplicable, el Ministerio Público prestó conformidad para la utilización de esta salida procesal.

El procedimiento concluyó con la imposición de una pena de dos años de prisión para cada una, aunque el juzgado dispuso la suspensión de la ejecución de la condena por el mismo periodo.

Restricciones y reparación del daño

La suspensión de la pena quedó condicionada al cumplimiento de determinadas reglas de conducta. Entre ellas figura una medida especialmente vinculada a la protección de la víctima: ambas tienen prohibido acercarse o comunicarse, por cualquier medio, con el periodista afectado.

Además, deberán comparecer periódicamente ante el Juzgado de Ejecución y cumplir con las demás obligaciones establecidas por la resolución judicial.

Como medida de reparación del daño social, el juzgado dispuso que Ortiz García realice durante dos años una donación mensual de G. 2 millones al Centro de Salud de San José de los Arroyos.

En el caso de Paredes Frutos, la obligación será de G. 1 millón mensualmente, también durante dos años y a favor de la misma institución.

Finalmente, ambas fueron declaradas civilmente responsables por los hechos indagados.

Familiares de Pecci exigen a la Fiscalía investigar el origen del crimen

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Los familiares del fiscal Marcelo Pecci, volvieron a pronunciarse ante las recientes declaraciones del fiscal general del Estado, Emiliano Rolón, y le pidieron no escudarse en la jurisdicción colombiana. Sostienen que existen indicios de que la planificación y la orden para ejecutar el crimen se gestaron en Paraguay.

La familia del fiscal Marcelo Pecci, asesinado el 10 de mayo de 2022 en la isla de Barú, Colombia, salió nuevamente al cruce de las declaraciones del fiscal general del Estado, Emiliano Rolón, y expresó su preocupación de lo que consideran una postura evasiva del Ministerio Público paraguayo en la investigación del crimen.

A través de un comunicado dirigido a la opinión pública y al Ministerio Público, los familiares y el equipo legal de Pecci manifestaron su “categórica disconformidad y rechazo” a las reiteradas referencias de Rolón sobre la jurisdicción colombiana. Según la familia, sostener que Colombia tiene la jurisdicción principal y que Paraguay se limita a una cooperación internacional reduce la importancia de una de las principales líneas de investigación: determinar quién ordenó y planificó el asesinato del fiscal.

La familia sostiene que los indicios conocidos hasta ahora apuntan a que la estructura criminal que decidió acabar con la vida de Pecci habría operado desde Paraguay, por lo que considera indispensable que las autoridades nacionales asuman un papel activo en la búsqueda de los autores intelectuales.

La propia Fiscalía paraguaya abrió una investigación

Uno de los principales cuestionamientos planteados por la familia apunta a una aparente contradicción en la actuación institucional del Ministerio Público.

Según el comunicado, la causa inicialmente vinculada a la cooperación internacional fue abierta durante la administración de la exfiscal general Sandra Quiñónez. Sin embargo, posteriormente, ya durante la gestión de Emiliano Rolón, el Ministerio Público paraguayo abrió en octubre de 2023 una carpeta de investigación independiente, bajo la figura de homicidio doloso y con una numeración propia.

En esa investigación fueron designados los fiscales Alejandro Cardozo, Francisco Cabrera y Cristian Ortiz, quienes continúan interviniendo en el caso.

Para la familia Pecci, este antecedente resulta incompatible con la afirmación de que Paraguay únicamente cumple un rol de cooperación con Colombia. Sostienen que la existencia de una investigación penal autónoma demuestra que el Ministerio Público paraguayo asumió competencias concretas para investigar el crimen.

Investigación conjunta con Colombia

Otro de los puntos destacados en el comunicado es el funcionamiento de un Equipo Conjunto de Investigación (ECI) entre fiscales paraguayos y colombianos.

La familia sostiene que los fiscales paraguayos no están actuando como simples receptores o transmisores de información proveniente de Colombia, sino que forman parte de una estructura investigativa conjunta destinada a esclarecer el asesinato.

En ese contexto, cuestionan que las declaraciones públicas del fiscal general del Estado puedan transmitir la idea de que Paraguay mantiene una participación meramente secundaria, cuando los investigadores paraguayos continúan trabajando en una causa que busca determinar las responsabilidades detrás del magnicidio.

“La orden salió de Paraguay”, el principal argumento

Uno de los argumentos más contundentes planteados por los familiares tiene que ver con declaraciones realizadas en Colombia pocos días después del asesinato.

El comunicado recuerda que el entonces comandante de la Policía Nacional de Colombia, Jorge Luis Vargas Valencia, y el entonces fiscal general colombiano, Francisco Barbosa, señalaron públicamente, el 7 de junio de 2022, que la orden para ejecutar el asesinato habría salido desde Paraguay.

Para la familia, esta afirmación constituye un elemento que no puede ser ignorado por las autoridades paraguayas y refuerza la necesidad de investigar en profundidad el eventual origen de la planificación criminal.

Por ello, reclaman directamente a Emiliano Rolón que no se aparte de la investigación bajo el argumento de la territorialidad, especialmente cuando existen indicios que apuntan hacia Paraguay como posible lugar de planificación y emisión de la orden criminal.

“¿Por qué abrió una carpeta por homicidio doloso?”

La familia formula además una pregunta directa al fiscal general del Estado: si considera que Paraguay carece de jurisdicción o que su intervención se limita a la asistencia internacional, ¿por qué durante su administración se abrió una investigación penal autónoma por homicidio doloso?

El cuestionamiento constituye el eje central del comunicado y busca poner en evidencia lo que los familiares consideran una contradicción entre el discurso público de la máxima autoridad del Ministerio Público y la actuación de la propia institución en el expediente.

También advierten que una postura que califican de contradictoria o evasiva podría terminar favoreciendo las estrategias de defensa de quienes eventualmente sean imputados como responsables del crimen.

Reclamo a la Corte Suprema

La familia Pecci también dirigió su reclamo a las autoridades judiciales y, particularmente, a los ministros de la Corte Suprema de Justicia. Sostienen que el paso del tiempo sin resultados respecto de los responsables intelectuales del asesinato aumenta el riesgo de que el caso termine en la impunidad.

En el tramo final de su pronunciamiento, los familiares cuestionan el desempeño del sistema de justicia paraguayo y sostienen que el Estado está fallando no solamente a Marcelo Pecci y a sus allegados, sino también a la sociedad paraguaya.

Por un televisor, la Fiscalía pide llevar a juicio oral a un técnico

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Un conflicto por la reparación de un televisor de 65 pulgadas derivó en una investigación penal, un allanamiento autorizado judicialmente y ahora en un pedido del Ministerio Público para llevar el caso al debate oral. El episodio vuelve a poner en discusión la utilización de recursos del sistema penal para controversias de bienes de relativamente bajo valor.

Un televisor que ingresó a un servicio técnico para un diagnóstico terminó movilizando distintas instancias del sistema de justicia. La agente fiscal de Ñemby, Gladys González, presentó acusación contra un técnico en electrónica por el supuesto hecho punible de apropiación y solicitó que la causa sea elevada a juicio oral y público.

Según la acusación, el caso comenzó el 23 de febrero de 2025, cuando un hombre entregó al técnico un televisor JVC de 65 pulgadas que presentaba problemas de funcionamiento. La finalidad inicial habría sido determinar cuál era la avería del aparato.

Sin embargo, de acuerdo con la versión fiscal, el técnico habría procedido a reparar el televisor sin contar con la autorización previa del propietario y posteriormente estableció en G. 700.000 el costo del trabajo realizado.

El dueño del aparato se habría negado a abonar ese monto, alegando que nunca autorizó la reparación. Ante esa situación, solicitó la devolución de su televisor, pero la restitución no se habría producido de manera inmediata.

El episodio adquirió una dimensión penal cuando, según la acusación, finalmente el técnico entregó al propietario otro televisor: un KOLKE de 60 pulgadas, en lugar del JVC de 65 pulgadas que había recibido originalmente.

Un allanamiento detrás de un televisor

La investigación no quedó solamente en la denuncia y la posterior acusación. Para recuperar el aparato, el Ministerio Público recurrió a la Justicia y obtuvo una autorización judicial para allanar el domicilio del técnico.

Durante el procedimiento, el acusado manifestó que ya no tenía en su poder el televisor JVC que era objeto de la investigación. De esta manera, el operativo no logró inicialmente recuperar el bien denunciado.

Tras la etapa investigativa, la Fiscalía considera que reunió elementos suficientes para sostener la existencia del supuesto hecho punible y la participación del acusado, por lo que ahora pretende que un Tribunal de Sentencia analice el caso en un juicio oral y público.

La Justicia movilizada por una TV

El caso deja una particular postal sobre las prioridades y el despliegue de recursos del sistema penal: un conflicto originado por un televisor terminó con intervención fiscal, actuación judicial, una orden de allanamiento y ahora un pedido de juicio oral.

No se trata solamente del valor económico del aparato, sino de la conducta que la Fiscalía atribuye al acusado y de si esta reúne los elementos necesarios para configurar el delito de apropiación. Esa será, eventualmente, una cuestión que deberá resolver el tribunal competente.

Sin embargo, desde una mirada sobre el funcionamiento del sistema de justicia, el expediente también evidencia cómo el aparato estatal puede desplegar una importante estructura de investigación para resolver una controversia vinculada a un bien de uso doméstico.

La Fiscalía sostiene que su acusación está respaldada por los elementos reunidos durante la etapa preparatoria. Será ahora el órgano jurisdiccional el que determine si corresponde abrir el debate oral y, llegado el caso, si las pruebas permiten establecer responsabilidad penal.

Inicia juicio oral a Hernán Rivas

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El juicio oral contra el exsenador Hernán Rivas se puso en marcha este lunes en la causa en la que enfrenta acusación por la presunta producción mediata de documentos públicos de contenido falso, relacionada con las certificaciones utilizadas para acreditar su formación en la carrera de Derecho.

Al inicio del debate, el Ministerio Público planteó incidentes para solicitar la inclusión de nuevos elementos probatorios, pese a las dificultades que atravesó la investigación desde su apertura según afirmaron. La Fiscalía recordó que la imputación fue revocada en tres oportunidades, situación que incluso llevó al Ministerio Público a requerir en su momento un sobreseimiento provisional.

Ante el Tribunal de Sentencia, los fiscales sostuvieron que cuentan con elementos suficientes para demostrar la eventual responsabilidad penal de Rivas, pero consideraron necesario incorporar determinados testimonios así como otras evidencias para reforzar la hipótesis sostenida en la acusación.

Entre los testigos cuya incorporación fue solicitada figuran José Duarte, presidente de la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (ANEAES); Óscar Pacielo, además del abogado Federico López Moreira, según lo planteado durante el inicio del juicio.

La causa gira en torno a las presuntas irregularidades detectadas en la documentación con la que Rivas habría acreditado haber cursado y culminado la carrera de Derecho entre los años 2010 y 2015. De acuerdo con la acusación fiscal, no existirían registros académicos suficientes que respalden que el entonces legislador haya cumplido efectivamente con dicho trayecto universitario.

La investigación cobró especial relevancia debido al uso que posteriormente se habría dado a los documentos cuestionados. Según la hipótesis del Ministerio Público, las certificaciones fueron utilizadas para realizar trámites de importancia institucional, entre ellos la obtención de la matrícula profesional ante la Corte Suprema de Justicia en junio de 2020.

Posteriormente, esa documentación también habría tenido incidencia en su designación como representante de la Cámara de Diputados ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).

La Fiscalía sostiene que Rivas no necesariamente habría elaborado personalmente los documentos cuestionados. La tesis acusatoria apunta a que, presuntamente, habría promovido o inducido su emisión mediante información que no se correspondería con su verdadera trayectoria académica, razón por la cual enfrenta cargos por producción mediata de documentos públicos de contenido falso.

El debate oral deberá determinar ahora, a partir de las pruebas admitidas y las que eventualmente sean incorporadas, si la acusación fiscal logra demostrar la responsabilidad penal que atribuye al acusado. Como en todo proceso penal, Rivas mantiene su presunción de inocencia hasta que exista una sentencia firme.

El Tribunal de Sentencia encargado del juzgamiento está integrado por las juezas María Fernanda García de Zúñiga y Yolanda Portillo, y el juez Juan Carlos Zárate.

El proceso llega a esta instancia después de una serie de incidencias que marcaron la etapa preparatoria y que incluyeron las sucesivas revocatorias de la imputación y el pedido de sobreseimiento provisional planteado por el propio Ministerio Público. Ahora, con el juicio oral en marcha, las partes deberán confrontar sus respectivas teorías del caso ante el tribunal, que tendrá la responsabilidad de valorar las pruebas y determinar si existe o no responsabilidad penal.

Corte implementa notificaciones electrónicas en sumarios

Desde este lunes 10 de agosto, la Corte Suprema de Justicia pone en marcha un sistema de notificación electrónica para los funcionarios del Poder Judicial involucrados en sumarios tramitados bajo el procedimiento abreviado por faltas leves.

La Corte Suprema de Justicia inicia este lunes una nueva etapa en la digitalización de sus procesos administrativos con la habilitación de la gestión electrónica de las notificaciones correspondientes a sumarios por procedimiento abreviado ante la Superintendencia General de Justicia.

La medida fue aprobada por el Consejo de Superintendencia mediante el Acta N.º 41/2026 y alcanza a los procedimientos iniciados en la Capital por faltas leves contempladas en los incisos b), c) y d) del artículo 21 de la Acordada N.º 1579/2021.

A partir de la implementación del sistema, las comunicaciones vinculadas a estos procedimientos dejarán de depender exclusivamente de mecanismos tradicionales y serán remitidas mediante una bandeja de notificaciones electrónicas habilitada para cada funcionario.

El nuevo mecanismo estará integrado al Portal de Legajos, donde aparecerá una leyenda informativa que advertirá al funcionario sobre la disponibilidad de su bandeja electrónica. Las notificaciones efectuadas a través de este sistema tendrán los correspondientes efectos legales y administrativos.

La implementación representa un avance en la digitalización de la administración de justicia y busca agilizar la comunicación entre la institución y sus funcionarios, además de optimizar los tiempos y recursos destinados a la tramitación de los sumarios administrativos.

Para hacer posible la puesta en funcionamiento de esta herramienta, intervino la Dirección General de Tecnología de la Información y las Comunicaciones (DGTIC), encargada del desarrollo y habilitación de la plataforma tecnológica.

Con esta incorporación, la máxima instancia judicial busca profundizar la modernización de sus procedimientos internos, trasladando al ámbito digital una etapa relevante de los procesos disciplinarios por faltas leves y estableciendo un canal electrónico formal para las comunicaciones dirigidas a los funcionarios.

El Ministerio Público registra 16 causas por feminicidio

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Los datos oficiales, actualizados al 10 de agosto de 2026, revelan además 25 víctimas de tentativa de feminicidio. Central concentra la mayor cantidad de casos, con nueve mujeres asesinadas, según el reporte.

La violencia contra las mujeres continúa dejando cifras alarmantes en Paraguay. De acuerdo con los registros del Programa de Datos Abiertos del Ministerio Público, hasta el 10 de agosto de 2026 fueron contabilizadas 17 víctimas de feminicidio, correspondientes a 16 causas penales abiertas. La diferencia se explica porque en uno de los hechos se investiga el asesinato de dos víctimas.

A esta crítica cifra se suman 25 víctimas de tentativa de feminicidio, además de otros hechos violentos que permanecen bajo investigación. El Ministerio Público también reporta tres causas inicialmente investigadas como tentativa de homicidio y otra como homicidio, en hechos donde hubo víctimas colaterales, entre ellas dos niños.

El registro fiscal contempla asimismo seis víctimas de graves agresiones presuntamente cometidas por exparejas. A esto se agrega el caso reciente de una adolescente, cuya muerte está siendo investigada bajo la figura de homicidio.

Enero concentró la mayor cantidad de víctimas

La distribución de los casos a lo largo del año muestra que enero fue el mes con mayor número de víctimas, con seis feminicidios registrados. En marzo se contabilizaron cuatro casos, mientras que abril sumó uno; mayo, dos; julio, tres, y agosto, uno hasta la fecha de corte.

Por departamentos, Central encabeza el registro con nueve víctimas, seguido por Concepción, con tres casos. Canindeyú acumula dos, mientras que Asunción, Alto Paraná y Caazapá registran un caso cada uno.

Las edades de las víctimas presentan un rango particularmente amplio: van desde los 12 hasta los 80 años. Entre ellas se encuentra una niña de apenas 12 años. En cuanto a los presuntos agresores, sus edades oscilan entre los 18 y los 80 años.

Hijos quedan entre las víctimas indirectas

El impacto de estos crímenes trasciende a las mujeres asesinadas. Los datos del Ministerio Público señalan que 33 hijos e hijas quedaron como víctimas indirectas de estos hechos, 24 de ellos menores de edad. De las mujeres asesinadas, 13 eran madres.

En cuanto a la nacionalidad, 16 de las víctimas eran paraguayas, una era brasileña y dos pertenecían a comunidades indígenas.

El vínculo entre las víctimas y los presuntos responsables también refleja el carácter íntimo de buena parte de estos hechos. Los registros identifican seis casos en los que el supuesto autor era la pareja de la víctima y siete en los que se trataba de una expareja. También figuran un padrastro, un hijo y dos personas conocidas.

Cinco de los presuntos autores se suicidaron posteriormente a los hechos.

La mayoría de los crímenes ocurrió dentro de viviendas

El lugar donde se produjeron los ataques constituye otro dato relevante. Trece de los 17 feminicidios ocurrieron dentro de viviendas, mientras que los cuatro restantes se registraron en la vía pública.

Respecto de los mecanismos utilizados para provocar la muerte, las armas blancas aparecen en diez casos. En otros tres se utilizaron armas de fuego; una víctima murió por asfixia, dos por traumatismos provocados por golpes y en un caso la causa aún se encuentra pendiente de determinación.

Los hechos se produjeron en distintos días de la semana: cuatro ocurrieron los lunes, tres los martes, uno el jueves, cuatro los viernes, tres los sábados y dos los domingos.

12 presuntos responsables fueron imputados

En el ámbito procesal, 12 presuntos responsables fueron imputados por el Ministerio Público, mientras que cinco murieron por suicidio. Uno de los sospechosos contaba con una orden de captura internacional y fue detenido posteriormente en Brasil, donde deberá afrontar el proceso correspondiente.

Algunos de los expedientes incluyen además otras líneas de investigación. En un caso, junto con el feminicidio se indaga un presunto hecho de maltrato infantil, mientras que en otro se investiga una tentativa de abuso sexual.

Las cifras forman parte de los registros de Datos Abiertos del Ministerio Público sobre violencia contra la mujer y fueron cerradas con información disponible hasta el 10 de agosto de 2026.

Los números reflejan que el feminicidio no constituye únicamente un crimen contra la vida de una mujer, sino que genera consecuencias profundas en su entorno familiar y social. Detrás de las 17 víctimas registradas aparecen también decenas de hijos e hijas afectados por la pérdida, mientras las investigaciones judiciales buscan determinar responsabilidades y esclarecer cada uno de los hechos.

Tres candidatos disputan el decanato de Derecho-UNA

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La Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Asunción (FDCS-UNA) se prepara para elegir a sus próximas autoridades para el período 2026-2031. Los comicios están previstos para el 20 de agosto, de acuerdo con la nómina oficial de candidaturas publicada por el Tribunal Electoral Independiente (TEI).

La contienda por el decanato tendrá tres candidatos: el actual decano, Carlos Gustavo González Morel; el exministro de la Corte Bonifacio Ríos Ávalos y Marco Aurelio González Maldonado, miembro del BCP.

González Morel buscará permanecer otros cinco años al frente de la facultad, por lo que nuevamente deberá conquistar el respaldo de los miembros titulares del Consejo Directivo, quienes tendrán a su cargo la elección de las autoridades para el nuevo periodo.

En tanto, la disputa por el vicedecanato contará con cinco postulantes: el ministro Manuel de Jesús Ramírez Candia, Fausto Portillo Ortellado, Carlos Aníbal Fernández Villalba, María del Mar Pereira Jiménez y Karen Leticia González Orrego, esposa de Jorge Bogarín Alfonso.

La oficialización de las candidaturas se realizó conforme al Acta N.º 12/2026 del Tribunal Electoral Independiente, dando inicio formal a la etapa electoral para la renovación de las autoridades de la FDCS-UNA.

La elección del próximo 20 de agosto definirá quién estará al frente de una de las unidades académicas más tradicionales de la Universidad Nacional de Asunción durante el periodo comprendido entre 2026 y 2031. En el caso del decanato, la atención estará puesta especialmente en la puja por los votos del Consejo Directivo y en la posibilidad de que el actual titular de la facultad logre extender su gestión por un nuevo periodo.

Jueces especializados culminan capacitación sobre lavado de activos

Seis magistrados especializados participaron de un seminario intensivo desarrollado en la Embajada de los Estados Unidos en Paraguay, donde profundizaron conocimientos sobre investigación financiera, rastreo de fondos y detección de operaciones vinculadas al lavado de activos.

Jueces especializados en materia de delitos económicos y financieros concluyeron un curso intensivo sobre técnicas de investigación en lavado de activos, desarrollado durante esta semana en la sede de la Embajada de los Estados Unidos en Paraguay.

La capacitación reunió a los magistrados Matías Garcete, María Lidia Wyder, Sandra Kirchhoffer, Elsa García, María Luz Martínez y Claudia Criscioni, quienes participaron de jornadas orientadas a fortalecer sus herramientas para el análisis y juzgamiento de causas relacionadas con el lavado de dinero y otros delitos financieros.

El seminario fue organizado por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ) y estuvo a cargo de agentes especiales del Servicio de Impuestos Internos de los Estados Unidos (IRS), como parte de los programas de cooperación destinados a fortalecer las capacidades de los operadores del sistema de justicia.

Formación especializada para seguir el rastro del dinero

Durante las jornadas, los magistrados profundizaron en diferentes técnicas de investigación financiera, con especial atención al seguimiento de los movimientos de dinero y a la identificación de mecanismos utilizados para ocultar o disimular el origen de activos.

Entre los contenidos abordados estuvieron el análisis de estructuras destinadas al ocultamiento patrimonial, detección de operaciones sospechosas, rastreo del flujo financiero y mecanismos para la obtención y valoración de evidencia en investigaciones vinculadas con delitos económicos.

La formación también permitió conocer metodologías y experiencias implementadas en otros sistemas de justicia, incorporando herramientas que pueden contribuir al tratamiento de procesos complejos relacionados con el lavado de activos.

Cooperación internacional contra los delitos financieros

La culminación del curso pone nuevamente de relieve el papel de la cooperación internacional y el intercambio de conocimientos en la lucha contra el crimen organizado y los delitos económicos por las características complejas de esta ilicitud.

El acceso a técnicas especializadas de investigación financiera resulta particularmente relevante frente a estructuras delictivas que recurren a mecanismos cada vez más sofisticados para movilizar, ocultar o incorporar al circuito económico recursos de origen ilícito.

En ese contexto, la capacitación de los magistrados constituye un componente importante para fortalecer la respuesta judicial y mejorar el abordaje de investigaciones que requieren conocimientos específicos sobre operaciones financieras y patrimoniales.

La iniciativa desarrollada con el apoyo de instituciones estadounidenses representa, además, un espacio de intercambio de experiencias y buenas prácticas que contribuye a la actualización permanente de los jueces especializados y al fortalecimiento de las capacidades del sistema de justicia paraguayo frente al lavado de activos y la delincuencia organizada.

Medidas cautelares y los errores irreparables, según Jordi Ferrer

El especialista en razonamiento probatorio de la Universidad de Girona destacó que no todas las medidas cautelares tienen el mismo impacto sobre los derechos de las personas. Señaló que la prisión preventiva exige un análisis especialmente riguroso por las consecuencias que puede generar una decisión equivocada.

En la jornada de cierre del I Seminario Internacional de Formación Continua sobre Razonamiento Probatorio, el especialista español Jordi Ferrer, de la Universidad de Girona, puso el foco en uno de los aspectos más sensibles de la actividad jurisdiccional: la aplicación de las medidas cautelares y los estándares de prueba necesarios para justificarlas.

Durante su exposición, Ferrer planteó que la magistratura no puede analizar las distintas medidas cautelares como si todas produjeran las mismas consecuencias. A su criterio, el nivel de exigencia debe guardar relación directa con la importancia del bien jurídico que puede resultar afectado en caso de una decisión equivocada.

“¿Por qué va a ser lo mismo la retirada del pasaporte que una prisión preventiva?”, cuestionó el académico, al remarcar que el análisis debe considerar qué está en juego en cada caso.

En esa línea, sostuvo que “la gravedad de lo que está en juego si nos equivocamos” constituye un elemento fundamental para determinar cómo debe abordarse una medida cautelar.

El costo de una decisión equivocada

Ferrer explicó que los errores judiciales no tienen siempre las mismas consecuencias. Una decisión que limite temporalmente determinados derechos puede generar un perjuicio, pero ese impacto puede ser sustancialmente diferente cuando la medida implica privar a una persona de su libertad.

“Es muy distinto equivocarse retirándole el pasaporte a alguien que equivocarse metiéndolo en la cárcel”, afirmó.

El especialista insistió en que una prisión preventiva puede ocasionar un daño considerablemente mayor que otras medidas cautelares, por lo que la evaluación judicial debe ser proporcional a la afectación que puede producir.

También puso como ejemplo una orden de alejamiento. Si bien reconoció que este tipo de decisión limita la movilidad de una persona y puede incluso obligarla a abandonar su vivienda, sostuvo que tampoco resulta comparable con una privación de libertad.

“No es lo mismo que meterlo en la cárcel”, enfatizó.

Para Ferrer, esta diferencia obliga a que los jueces tengan presente que “la importancia del bien jurídico afectado es muy variable en función del tipo de medida cautelar”, al igual que el grado de afectación de esos derechos.

No todas las cautelares requieren el mismo análisis

El académico extendió su reflexión más allá del ámbito penal y recordó que las medidas cautelares también tienen características diferentes en los procesos civiles y laborales.

Como ejemplo, mencionó las medidas de carácter económico, como la anotación preventiva de embargo en un proceso civil. En estos casos, explicó, el objetivo es evitar que una persona disponga de determinados bienes mientras se garantiza una eventual responsabilidad patrimonial.

“No le estamos sacando el bien, no lo estamos sacando de su casa donde vive, solo estamos impidiendo que disponga de ella”, explicó, haciendo referencia a la diferencia entre impedir la venta o donación de un bien y privar a una persona de su libertad.

Ferrer señaló además que en este tipo de medidas pueden existir mecanismos destinados a compensar eventuales perjuicios, como las contracautelas, cauciones o fianzas, que permiten asegurar los posibles daños derivados de una decisión cautelar.

La proporcionalidad como eje de la decisión judicial

La exposición de Ferrer dejó como uno de sus principales mensajes la necesidad de que la magistratura analice las medidas cautelares desde una perspectiva proporcional, atendiendo a las consecuencias concretas que puede generar cada decisión.

Desde esta perspectiva, el razonamiento probatorio no debe limitarse a determinar si existen elementos que permitan justificar una medida, sino que también debe considerar qué derechos están en juego, cuál sería el impacto de una equivocación y qué tan grave sería el perjuicio ocasionado.

La reflexión adquiere especial relevancia en materia de prisión preventiva, donde una decisión errónea puede afectar directamente uno de los derechos fundamentales de mayor importancia: la libertad personal.

El planteamiento de Ferrer durante el seminario apunta así en el que el análisis de la prueba y la valoración de sus consecuencias estén estrechamente vinculados, de modo que a mayor gravedad del daño potencial, mayor debe ser el rigor en la justificación de la decisión judicial.

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