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Poder Judicial suspende presentaciones digitales

El Poder Judicial dispuso el apagado temporal de sus servidores como medida preventiva ante inconvenientes registrados en el sistema de climatización de su Data Center. La decisión busca proteger la infraestructura tecnológica y evitar afectaciones mayores en los servicios institucionales.

A raíz de esta situación, las presentaciones vinculadas a expedientes judiciales deberán realizarse en formato papel y de manera presencial, hasta que se normalice el funcionamiento de los servidores.

La medida alcanza a magistrados, funcionarios y usuarios de los sistemas de Justicia, quienes deberán ajustarse al plan de contingencia previsto en las normativas vigentes mientras permanezcan suspendidos los servicios electrónicos.

La Dirección General de Tecnología de la Información y las Comunicaciones de la Corte Suprema de Justicia (DGTIC-CSJ) trabaja en la recuperación de la infraestructura tecnológica y en el restablecimiento de los servicios afectados.

Desde la institución señalaron que comunicarán oportunamente cuándo volverán a estar habilitadas las plataformas digitales y la recepción de presentaciones por medios electrónicos.

Eduardo Velázquez: “Me considero un juez honesto”

El juez de Sentencia Eduardo Velázquez afirmó que ejercerá sus nuevas funciones en la magistratura con apego a la honestidad, la Constitución y las leyes, al tiempo de destacar la responsabilidad que implica administrar justicia y garantizar el desarrollo adecuado de los procesos judiciales.

“Me considero un juez honesto, un juez que, sin entrar en clasificaciones de garantismo, eficientismo, inquisitorio, vine acá a aplicar la ley, la Constitución”, expresó Velázquez durante una entrevista exclusiva concedida a Judiciales Net, en la que abordó los desafíos y responsabilidades que asume en sus nuevas funciones.

La definición del magistrado refleja una postura centrada en la independencia de criterio y en el cumplimiento de las normas que rigen la función jurisdiccional. Para Velázquez, su desempeño como juez debe estar guiado, antes que por etiquetas o corrientes doctrinarias, por la aplicación de la ley y el respeto irrestricto de la Constitución.

En ese sentido, también se refirió a las dificultades que supone la organización de los juicios orales y a los efectos que tienen las suspensiones de las audiencias sobre el sistema de justicia. “Las suspensiones de juicios orales, cuando se mueve el aparato judicial para la convocatoria, tienen los costos que son soportados por el Poder Judicial y lo que acarrea si una persona está privada de libertad”, señaló.

El magistrado puso especial énfasis en la necesidad de observar las reglas procesales en materia de presencialidad. “En el fuero ordinario la regla es la presencialidad y la excepción es la virtualidad”, sostuvo, al explicar que las audiencias requieren de una compleja coordinación entre los distintos actores del proceso.

Velázquez indicó que, ante las suspensiones, mantiene una postura rigurosa en la aplicación de las disposiciones legales, considerando los recursos y el esfuerzo institucional que demanda la realización de un juicio oral. “En los casos de suspensiones soy muy rígido en la aplicación del código por lo que cuesta organizar la audiencia oral, en la que no solo hay que congeniar la agenda de los juzgadores, sino del Ministerio Público y la defensa”, explicó.

La dimensión de esa responsabilidad se refleja, además, en la cantidad de procesos que actualmente tiene a su cargo. Según manifestó, el Tribunal de Sentencia que integra mantiene abiertos hasta cuatro juicios orales, en los cuales se desempeña como presidente del colegiado, así como sus demás colegas que integran con él el Tribunal.

Velázquez concibe la magistratura como una función que exige honestidad, responsabilidad, apego a la Constitución y a las leyes, además de rigurosidad en el cumplimiento de las reglas procesales. En su visión, administrar justicia también implica valorar el impacto que las decisiones y los retrasos pueden generar tanto en las instituciones como en las personas sometidas a un proceso judicial.

Con estas premisas, el juez encara sus nuevas funciones con el compromiso declarado de ejercer la magistratura desde principios éticos y jurídicos que, según sus propias palabras, tienen como eje fundamental la aplicación de la ley y la Constitución.

Hernán Rivas se valió de un esquema para tener su título falso, afirman

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El juicio oral y público que enfrenta el exsenador Hernán Rivas se reanudó este jueves con la declaración de la exsenadora Kattya González y del diputado Raúl Benítez, quienes expusieron ante el Tribunal de Sentencia distintos elementos vinculados a las investigaciones sobre el título presuntamente falso de abogado atribuido al acusado.

Durante su testimonio, Benítez sostuvo que existen inconsistencias respecto al supuesto recorrido académico de Rivas y cuestionó que haya podido cursar la carrera de Derecho en las condiciones que fueron señaladas por el propio acusado.

El diputado afirmó que, de acuerdo con los datos aportados por Rivas, las distancias que debía recorrer para asistir a clases generan dudas sobre la posibilidad de que haya cursado regularmente la carrera.

Benítez también hizo referencia a una de las principales inconsistencias detectadas durante las investigaciones: la existencia de dos certificados de estudios relacionados con la formación universitaria de Rivas.

Según explicó, otra contradicción se encuentra en el tema de la tesis. De acuerdo con lo que habría manifestado Rivas y con documentos atribuidos al Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), el trabajo de grado tenía como tema la reelección presidencial. Sin embargo, durante la investigación apareció documentación en la que figuraba otro tema: robo agravado.

“Desde allí impulsamos las denuncias y a partir de allí empezamos a investigar las sedes de la Universidad Sudamericana”, declaró Benítez ante el Tribunal de Sentencia.

El legislador también cuestionó la versión sobre las sedes en las que Rivas habría cursado la carrera de Derecho. Afirmó que el acusado no habría podido estudiar dicha carrera en María Auxiliadora ni en Presidente Franco, debido a que, según su investigación, Derecho no estaba habilitada en esas filiales.

“Según Rivas, no pudo haber estudiado la carrera en las ciudades de María Auxiliadora ni en Presidente Franco, debido a que la carrera de Derecho en esas filiales no existe”, sostuvo Benítez.

El diputado fue más allá y afirmó que Rivas se habría valido de un esquema para obtener un título que, según la acusación y los elementos expuestos durante la investigación, sería irregular.

“David Rivas se valió de un esquema para adquirir su título falso”, señaló el legislador durante su declaración. Cabe precisar que en el material proporcionado figura el nombre “David Rivas”, aunque el proceso mencionado corresponde a Hernán Rivas.

El segundo día del juicio continúa con la producción de pruebas testimoniales ante el Tribunal de Sentencia, en un proceso que busca determinar la responsabilidad penal de Rivas respecto a las presuntas irregularidades relacionadas con su título universitario.

La declaración de Benítez se suma así a la de la exsenadora Kattya González, en una jornada marcada por los cuestionamientos a la documentación académica y a las circunstancias en las que Rivas habría obtenido su título de abogado.

La Fiscalía sostiene que Rivas no necesariamente habría elaborado personalmente los documentos cuestionados. La tesis acusatoria apunta a que, presuntamente, habría promovido o inducido su emisión mediante información que no se correspondería con su verdadera trayectoria académica, razón por la cual enfrenta cargos por producción mediata de documentos públicos de contenido falso.

El Tribunal de Sentencia encargado del juzgamiento está integrado por las juezas María Fernanda García de Zúñiga y Yolanda Portillo, y el juez Juan Carlos Zárate.

Primer amparo contra Salud con orden de provisión condicionada

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Un juez hizo lugar por primera vez a un amparo contra el MSPBS por insumos médicos, pero encuadró la orden en el sistema presupuestario vigente.

El juez Raúl Mendoza hizo lugar a una acción de amparo constitucional promovida por el defensor del Pueblo, Rafael Luis Ávila Macke, a favor de un ciudadana que requiere insumos médicos para un procedimiento de alta complejidad. La decisión constituye, según los antecedentes señalados en el caso, la primera resolución judicial que hace lugar a un amparo con estas características contra el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

El magistrado estableció condiciones concretas para el cumplimiento de la medida. La provisión de los insumos no fue dispuesta de manera inmediata e irrestricta, sino que quedó sujeta a la disponibilidad financiera y presupuestaria del Ministerio de Salud, además del cumplimiento de las reglas de contratación pública previstas para situaciones de excepción.

La resolución ordena la provisión de un stent de angioplastia intracraneal, un catéter balón de angioplastia y una microguía, elementos requeridos para la atención de la paciente.

No obstante, antes de que la cartera sanitaria deba avanzar con la provisión, la paciente deberá completar una revaluación médica recomendada por la doctora Fátima Pedrozo, conforme al Dictamen Técnico N.º 32/2026.

El fallo también establece que deberán incorporarse al expediente una serie de documentos médicos: el informe de resonancia de encéfalo o tomografía de cráneo, el informe de angio-TC de troncos supraaórticos y vasos intracraneanos, además del resumen de alta de la internación en neurología o el informe de la neuróloga tratante.

Una vez cumplidas esas exigencias, el Ministerio de Salud deberá proceder conforme a los requisitos y procedimientos establecidos en la Resolución S.G. N.º 27, del 29 de enero de 2026, que regula los mecanismos correspondientes dentro de la institución.

Un amparo con límites administrativos

El aspecto central de la resolución radica en que el juez reconoce la procedencia del amparo y ordena al Estado atender el requerimiento médico, pero al mismo tiempo evita disponer una obligación desvinculada de las restricciones presupuestarias y de los procedimientos de contratación pública como ha venido ocurriendo en los últimos años.

En términos prácticos, el fallo reconoce la necesidad de garantizar los insumos requeridos por la paciente, pero establece que la adquisición deberá realizarse “según disponibilidad financiera” y de acuerdo con las reglas de la administración pública para contrataciones en casos de excepción.

La decisión plantea así un punto de equilibrio entre la tutela judicial del derecho a la salud y las limitaciones propias de la administración pública: el Ministerio no queda eximido de atender el requerimiento, pero deberá hacerlo dentro de los mecanismos presupuestarios y administrativos vigentes.

El pronunciamiento del juez Mendoza adquiere especial relevancia porque abre un precedente en materia de amparos contra el Ministerio de Salud relacionados con la provisión de insumos médicos. La resolución, no obstante, deja claro que una orden judicial favorable al paciente no supone automáticamente una adquisición inmediata al margen de los procedimientos administrativos, sino que debe ejecutarse bajo las condiciones fijadas por el propio fallo.

De esta manera, el caso pone nuevamente en el centro del debate judicial la tensión entre el derecho constitucional a la salud y la obligación estatal de garantizar prestaciones médicas, frente a las restricciones presupuestarias y los procedimientos que rigen el uso de recursos públicos.

Llanes invita a debatir los “Nuevos Desafíos del Sistema Penitenciario”

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La ministra de la Corte Suprema de Justicia Carolina Llanes invitó a magistrados, abogados y operadores del sistema de justicia a participar de la jornada “Nuevos Desafíos del Sistema Penitenciario”, que se realizará el próximo 20 de agosto en Asunción. El encuentro pondrá bajo la lupa el uso de la prisión preventiva, la crisis penitenciaria y el avance de las estructuras criminales dentro de las cárceles.

Durante la sesión plenaria de la Corte Suprema de Justicia, la ministra Carolina Llanes extendió la invitación a la magistratura nacional y al gremio de abogados para participar de la jornada académica organizada por el Centro de Estudios Judiciales (CEJ), con el apoyo y financiamiento de la Unión Europea.

La actividad se desarrollará el 20 de agosto, a las 18:00, en el Hotel Granados Park, ubicado sobre Estrella N.º 480 casi 15 de Agosto, en Asunción, y reunirá a autoridades judiciales, especialistas nacionales e internacionales, representantes de instituciones públicas, investigadores, académicos y miembros de la sociedad civil.

Uno de los principales ejes del debate será el uso de la prisión preventiva y la necesidad de fortalecer los mecanismos que permitan una aplicación más racional y fundamentada de esta medida cautelar.

Llanes recordó que desde hace varios años, tanto desde la Sala Penal de la Corte Suprema como desde la Oficina Técnica Penal, se vienen impulsando herramientas destinadas a mejorar la aplicación de las medidas cautelares, entre ellas la revisión periódica de la prisión preventiva.

“Es sabido que desde hace años desde la Sala Penal y la Oficina Técnica Penal, se han planteado mecanismos de operativización fundada de las medidas cautelares, entre ellas la revisión periódica de la prisión preventiva”, señaló la ministra.

Sin embargo, reconoció que estas herramientas todavía no alcanzaron el nivel de aplicación esperado y que existen diversos factores que explican esta situación.

“El tema evidentemente no ha tenido demasiada aplicabilidad por diversas razones que vamos a desarrollar en este conversatorio”, agregó.

Prisión preventiva y crisis penitenciaria

El debate adquiere especial relevancia frente a la situación que atraviesa el sistema penitenciario paraguayo. Los organizadores plantean que la prisión preventiva no puede ser analizada únicamente como una cuestión procesal, debido al impacto que tiene sobre la cantidad y composición de la población privada de libertad.

El uso extendido de esta medida contribuye al crecimiento de la población penitenciaria, profundiza el hacinamiento y dificulta la adecuada clasificación de las personas recluidas. Estas condiciones, a su vez, generan mayores dificultades para la administración de los establecimientos y reducen la capacidad del Estado para ejercer un control efectivo.

La jornada también abordará otros fenómenos que complejizan el escenario penitenciario, entre ellos la corrupción dentro de las instituciones, el fortalecimiento de redes criminales y la utilización de las cárceles como espacios desde los cuales se coordinan o continúan actividades ilícitas.

Binder abordará una nueva agenda para la prisión preventiva

El primer panel contará con la participación del jurista argentino Alberto Binder, doctor en Derecho y especialista en Derecho Penal y Procesal Penal, quien analizará las bases para una nueva agenda sobre el litigio de la prisión preventiva desde la perspectiva de una justicia penal adversarial frente al crimen organizado.

La ministra Carolina Llanes también integrará este panel, en el que se buscará generar una discusión sobre los desafíos que enfrenta el sistema de justicia para compatibilizar la persecución efectiva del delito con las garantías y derechos de las personas sometidas a procesos penales.

La moderación estará a cargo de María Victoria Rivas, directora ejecutiva del Centro de Estudios Judiciales.

Cárceles y gobernanza criminal

El segundo panel estará centrado en una problemática que cobra creciente importancia: las cárceles como plataformas para la actividad delictiva.

El criminólogo Juan Martens presentará un análisis sobre la situación actual del sistema penitenciario paraguayo y los mecanismos de gobernanza criminal que se desarrollan dentro de los establecimientos de reclusión.

A su vez, el sociólogo brasileño Rafael Godoi expondrá sobre la experiencia de Brasil en materia de encarcelamiento masivo y la consolidación de organizaciones criminales surgidas y fortalecidas desde las prisiones.

La mesa será moderada por la abogada e investigadora Magda Azcona.

Un debate que busca propuestas

Más allá del diagnóstico de la crisis penitenciaria, la iniciativa pretende promover un intercambio de experiencias que permita identificar las principales debilidades institucionales y avanzar hacia propuestas concretas de política pública.

La discusión plantea así una mirada integral sobre el sistema penitenciario, vinculando la problemática carcelaria con la seguridad ciudadana, los derechos humanos, la administración de justicia y la capacidad del Estado para impedir que los establecimientos de reclusión se conviertan en centros de operación de estructuras criminales.

La jornada “Nuevos Desafíos del Sistema Penitenciario” se presenta, en ese contexto, como un espacio para revisar prácticas arraigadas y debatir alternativas frente a uno de los principales desafíos que enfrenta actualmente el sistema de justicia penal paraguayo: cómo utilizar la prisión preventiva de manera excepcional y fundamentada, sin que su aplicación termine agravando la crisis de las cárceles y debilitando la capacidad estatal para combatir al crimen organizado.

Juez homologa acuerdo y sobresee definitivamente a Sanabria Vierci

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El juez de Cordillera Augusto Acuña homologó un acuerdo entre las partes y dispuso el sobreseimiento definitivo de Eugenio Sanabria Vierci, quien enfrentaba un proceso por homicidio culposo por un accidente de tránsito ocurrido en noviembre de 2024 y que dejó cuatro personas fallecidas.

La decisión judicial desvincula definitivamente a Sanabria Vierci de la causa, luego de que los familiares de las víctimas y el procesado arribaran a un acuerdo. Los términos del convenio no fueron divulgados públicamente.

Sanabria Vierci había sido acusado por el Ministerio Público por su presunta responsabilidad en el fatal accidente registrado el 10 de noviembre de 2024, alrededor de las 12:25, sobre la denominada Eco-vía, que conecta las ciudades de San Bernardino y Luque.

Según los antecedentes de la investigación, el vehículo conducido por el procesado habría ingresado al carril contrario al tomar una curva y terminó impactando frontalmente contra un Kia Picanto rojo, en el que viajaba una familia.

Como consecuencia del violento choque fallecieron tres ocupantes del Kia: Osvaldo Darío Jaquet Valdez, de 39 años; su esposa, Kristin María Blumenröther, de nacionalidad alemana; y el hijo pequeño de ambos. La hija de la pareja, que también viajaba en el vehículo, sobrevivió, aunque sufrió lesiones.

En el mismo percance estuvo involucrado un Hyundai HB20 gris, cuyos tres ocupantes también resultaron afectados. Una de las personas murió, mientras que las demás fueron trasladadas a centros asistenciales. La víctima fatal fue identificada como Nancy Angeluz Chena Vallejos, de 57 años.

Alcotest positivo

Uno de los elementos incorporados a la investigación fue la prueba de alcoholemia practicada a los conductores.

El alcotest realizado al conductor del Hyundai HB20 arrojó un resultado de 0,000 mg/l. En el caso de Sanabria Vierci, el resultado fue de 0,622 mg/l de alcohol.

Con la homologación judicial del acuerdo, el juez Acuña dispuso el sobreseimiento definitivo de Sanabria Vierci, poniendo fin al proceso penal que se había iniciado a raíz del accidente que dejó cuatro víctimas fatales.

Corte endurece controles para examen de escribanos

La Corte Suprema de Justicia resolvió reforzar las medidas de seguridad para el próximo concurso de méritos y oposición para el acceso a registros de escribanos públicos. Entre las disposiciones planteadas se encuentra la prohibición de ingresar al recinto con carteras, mochilas y otros objetos similares, con el objetivo de evitar el uso de dispositivos electrónicos que puedan comprometer la transparencia de la evaluación.

El presidente de la máxima instancia judicial, Alberto Martínez Simón, explicó que las nuevas medidas fueron analizadas con el comité organizador del 17º concurso de méritos y oposición para notarios y escribanos públicos, en el marco de una ampliación del reglamento vigente.

“Consideramos con el comité organizador la ampliación del reglamento y, en ese sentido, se proponen ciertas medidas de seguridad, como la prohibición de ingreso de carteras, mochilas o similares a los participantes”, señaló Martínez Simón.

El titular de la Corte indicó que los concursantes podrán llevar sus pertenencias personales únicamente bajo condiciones específicas. Para ello, se permitirá el ingreso de una bolsa completamente transparente, sin coloración, de manera que su contenido pueda ser visualizado con facilidad.

La medida responde, según explicó el presidente de la Corte, a la necesidad de prevenir eventuales mecanismos de transmisión electrónica que pudieran ser utilizados durante el examen.

“Esto es por motivos de seguridad, en razón de que hay mecanismos electrónicos de transmisión que podrían eventualmente ser usados. Queremos evitar el mal momento al respecto”, manifestó.

Recomiendan acudir con lo indispensable

Ante las nuevas restricciones, Martínez Simón recomendó a los postulantes concurrir al lugar de evaluación con la menor cantidad posible de objetos personales, a fin de facilitar los controles y evitar inconvenientes antes del ingreso.

“De hecho, la recomendación es que lleven la menor cantidad de objetos personales posibles y que nos remitamos a la reglamentación correspondiente para mejor control de todos”, expresó.

La disposición busca establecer condiciones de igualdad para todos los participantes y fortalecer los controles durante una prueba que definirá el acceso a la función notarial.

El examen está fijado para el 1 de septiembre de 2026, a partir de las 16:00, y tendrá como sede las instalaciones de la Secretaría Nacional de Deportes (SND).

Las autoridades judiciales instan a los concursantes a revisar las disposiciones establecidas en el reglamento y acudir únicamente con los elementos autorizados, con el propósito de agilizar los controles de seguridad y evitar situaciones que puedan impedir o retrasar su ingreso al recinto.

Metrobús: acusan a Wiens por un perjuicio de casi G. 15.000 millones

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El Ministerio Público presentó acusación contra el exministro de Obras Públicas y Comunicaciones Arnoldo Wiens y pidió que enfrente juicio oral y público por hechos vinculados al fallido proyecto Metrobús. La Fiscalía sostiene que, durante su gestión al frente del MOPC, se produjeron decisiones y omisiones que habrían ocasionado un perjuicio patrimonial al Estado de G. 14.955.317.035.

La acusación fue formulada por los fiscales Nathalia Silva, Yeimy Adle y Giovanni Grisetti, quienes atribuyen al exministro, en calidad de autor, la presunta comisión de los hechos punibles de lesión de confianza y daño a obras construidas o medios técnicos de trabajo.
La tesis fiscal apunta a decisiones adoptadas tras asumir Wiens

Según el requerimiento conclusivo, la investigación permitió reconstruir la cadena de decisiones adoptadas desde agosto de 2018, cuando Wiens asumió la conducción del Ministerio de Obras Públicas.

Para los investigadores, su condición de máxima autoridad de la institución lo colocaba como responsable de la administración y resguardo de los recursos públicos afectados al Programa de Reconversión del Centro, Modernización del Sistema de Transporte Público Metropolitano y Oficinas de Gobierno, conocido como RU/BTR-Metrobús.

La Fiscalía sitúa el inicio de la secuencia cuestionada en la suspensión de los trabajos y en la firma del Acta de Entendimiento del 23 de octubre de 2018. A partir de allí, atribuye a la administración de Wiens la falta de ejecución de alternativas que, según la investigación, podían permitir la continuidad del proyecto.

Posteriormente se produjo la terminación del Contrato S.G. Ministro n.° 100/2016 y, de acuerdo con la acusación, la situación desembocó en la demolición de varias estaciones y en la utilización de bienes adquiridos para el Metrobús en actividades distintas a las previstas originalmente.

El perjuicio supera los G. 14.900 millones

El Ministerio Público cuantificó el daño patrimonial atribuido en G. 14.955.317.035.

La mayor parte corresponde a G. 8.030.693.029, suma que el Estado pagó por trabajos ejecutados en el marco del Acta de Entendimiento. Según la hipótesis fiscal, esas obras terminaron afectando y haciendo perder funcionalidad a infraestructura soterrada que había sido construida para el sistema de transporte.

El segundo componente asciende a G. 6.924.624.006, correspondiente al costo de construcción de las estaciones 19, 20, 21, 22, 23 y 24, que posteriormente fueron demolidas.

No obstante, la Fiscalía precisó que la cifra no incluye un eventual perjuicio derivado del uso de otros bienes comprados específicamente para el Metrobús y que luego fueron destinados a otros fines. Ese concepto no pudo ser determinado económicamente durante la investigación, debido a la falta de elementos suficientes para establecer su cuantía.

Documentos, auditorías y pericias que sustentan la acusación

Durante la etapa preparatoria, los fiscales recopilaron documentos públicos y privados, contratos, resoluciones administrativas, informes de auditoría y técnicos, dictámenes especializados, actas notariales, antecedentes de organismos nacionales e internacionales y documentación relacionada con el proceso arbitral, entre otros elementos.

Con ese material, el Ministerio Público analizó la situación técnica, contractual, financiera y administrativa del proyecto cuando Wiens tomó el cargo de ministro. También identificó las obras, infraestructuras y bienes que ya habían sido ejecutados o adquiridos y que formaban parte del patrimonio estatal, financiado tanto con recursos públicos como con fondos provenientes de créditos internacionales.

La investigación, además, estableció que los desembolsos realizados por el MOPC a favor de la empresa contratista estaban respaldados por certificados correspondientes a trabajos efectivamente ejecutados. Para la Fiscalía, esto demuestra que los recursos desembolsados por el Estado se tradujeron en infraestructura que debía cumplir una función dentro del sistema Metrobús.

Con base en el conjunto de elementos reunidos, los agentes fiscales consideran que existen fundamentos suficientes para llevar el caso a debate oral, instancia en la que deberán ser producidas y sometidas a valoración las pruebas ofrecidas por las partes.

En consecuencia, el Ministerio Público solicitó al Juzgado Penal Especializado en Delitos Económicos que eleve la causa a juicio oral y público contra Arnoldo Wiens, donde se determinará si las actuaciones que se le atribuyen configuran los hechos punibles señalados en la acusación.

El impacto de la prisión preventiva llega al debate académico

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El encuentro, organizado por el Centro de Estudios Judiciales con apoyo de la Unión Europea, propone debatir cómo el uso de la prisión preventiva impacta en la crisis penitenciaria y en la capacidad del Estado para controlar las cárceles.

El creciente uso de la prisión preventiva y su impacto en la sobrepoblación y el funcionamiento de las cárceles serán algunos de los principales temas de debate durante la Jornada 2 “Nuevos Desafíos del Sistema Penitenciario”, que reunirá a especialistas, representantes institucionales, académicos y miembros de la sociedad civil.

La actividad busca poner sobre la mesa una discusión que trasciende el ámbito estrictamente procesal: ¿qué consecuencias tiene el abuso de la prisión preventiva sobre el sistema penitenciario paraguayo? La jornada plantea analizar la medida cautelar no solamente desde la perspectiva judicial, sino también como uno de los factores que inciden directamente en la composición de la población privada de libertad.

El encuentro parte de una realidad compleja. A los problemas históricos de las penitenciarías se suman actualmente desafíos relacionados con el crimen organizado, la corrupción dentro de los establecimientos y la utilización de las cárceles como espacios desde los cuales pueden continuar o coordinarse actividades delictivas.

En ese contexto, los organizadores consideran necesario revisar el impacto que tienen las decisiones judiciales sobre la población penitenciaria y discutir si el uso excesivo de la prisión preventiva termina profundizando problemas como el hacinamiento, las dificultades de clasificación de internos y la limitada capacidad estatal para ejercer un control efectivo de los establecimientos.

La prisión preventiva, en el centro del debate

La jornada propone abordar la prisión preventiva desde una mirada integral, considerando que una medida cautelar que debería responder a determinadas necesidades procesales también puede generar consecuencias directas sobre la política penitenciaria.

El debate buscará poner en discusión la necesidad de encontrar un equilibrio entre la seguridad pública, las necesidades de los procesos penales y el respeto de las garantías de las personas sometidas a prisión preventiva, especialmente frente a una realidad penitenciaria marcada por la sobrepoblación y las dificultades de gestión.

Otro de los ejes estará relacionado con el funcionamiento de las redes criminales dentro de las cárceles. La jornada pretende analizar qué condiciones institucionales pueden favorecer su expansión y qué herramientas necesita el Estado para recuperar y mantener el control legítimo de los establecimientos penitenciarios.

La discusión también apunta a evitar que las respuestas frente a la crisis se reduzcan exclusivamente al endurecimiento de las medidas punitivas. Los organizadores plantean la necesidad de combinar seguridad, control institucional, transparencia, adecuada clasificación de las personas privadas de libertad, reducción del hacinamiento, supervisión efectiva y respeto a la dignidad humana.

Un espacio para buscar soluciones

La actividad pretende instalar estos temas en la agenda pública y generar un intercambio que permita identificar las principales debilidades del sistema penitenciario paraguayo y avanzar hacia propuestas concretas.

La participación de especialistas, instituciones públicas, representantes de la sociedad civil y la academia permitirá contrastar experiencias y perspectivas sobre una problemática que involucra tanto al sistema de justicia como a las políticas de seguridad y administración penitenciaria.

La Jornada 2 “Nuevos Desafíos del Sistema Penitenciario” es impulsada por el Centro de Estudios Judiciales, con financiamiento de la Unión Europea, y busca promover un espacio académico de análisis sobre los desafíos actuales de las cárceles y las respuestas que requiere el Estado.

El encuentro se realizará el 20 de agosto, a partir de las 18:00, en el Hotel Granados Park, ubicado sobre Estrella N.º 480 casi 15 de Agosto, Asunción.

Tribunal absuelve por unanimidad a la exjueza Tania Irún

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El Tribunal de Sentencia concluyó que el Ministerio Público no logró demostrar los hechos que sustentaban la acusación contra la exmagistrada. Las juezas Rossana Maldonado y Lourdes Garcete, junto con el juez Juan Francisco Ortiz, cuestionaron la tesis fiscal y señalaron que la investigación estuvo marcada por un “sesgo de confirmación”.

La exjueza Tania Irún fue absuelta por unanimidad de la acusación por el supuesto hecho punible de prevaricato, luego de que el Tribunal de Sentencia concluyera que el Ministerio Público no logró probar los extremos de su acusación durante el juicio oral.

El colegiado, integrado por las magistradas Rossana Maldonado y Lourdes Garcete, además del juez Juan Francisco Ortiz, explicó uno a uno los motivos que llevaron a la desvinculación definitiva de la exmagistrada. Para los jueces, la Fiscalía llevó a juicio una hipótesis que no pudo ser respaldada con pruebas suficientes y que estuvo condicionada por lo que calificaron como un “sesgo de confirmación”.

Según la explicación del tribunal, este sesgo llevó a los investigadores a orientar su análisis hacia una conclusión previamente asumida, dejando de lado otras posibles interpretaciones de los hechos. Como consecuencia, consideraron que la acusación terminó construyéndose sobre una versión que no fue corroborada durante el debate oral.

Las tierras no eran del Estado

Otro de los aspectos analizados por el Tribunal fue la naturaleza de los inmuebles involucrados en el litigio.

Los magistrados aclararon que las tierras objeto de la controversia no pertenecían al Estado paraguayo, sino que habían pasado de un particular a otro particular.

Esta consideración fue relevante para el análisis de la acusación, debido a que la Fiscalía había vinculado la resolución de Irún con las restricciones establecidas para los inmuebles ubicados en la zona de seguridad fronteriza.

Para el colegiado, este elemento debía ser analizado dentro del contexto completo del litigio y no podía ser utilizado, por sí solo, para sostener la existencia del prevaricato.

También analizaron su permiso de maternidad

Durante el juicio también fue objeto de análisis una circunstancia particular relacionada con la actuación de Irún: la magistrada había interrumpido su permiso de maternidad antes de firmar la resolución cuestionada.

El Tribunal consideró que este hecho tampoco podía ser interpretado de la manera planteada por la acusación, debido a que la misma recurrió a los canales legales para retomar sus actividades y a esto se suma que el magistrado Hugo Becker, quien se encontraba de interino en el juzgado de Irún, ya había dictado Autos para Sentencia el 24 de octubre de 2018.

Para el colegiado, esta fecha tenía especial relevancia porque desde ese momento comenzó a correr el plazo para el dictado de la resolución. Por ello, la posterior intervención de Irún no podía ser analizada de manera aislada para sostener la existencia de una conducta deliberadamente irregular.

“No probaron los términos de la acusación”

Uno de los principales fundamentos de la absolución fue que el Ministerio Público no consiguió demostrar los hechos tal como fueron formulados en su acusación.

Los integrantes del Tribunal remarcaron que no correspondía construir una condena a partir de sospechas, interpretaciones o conclusiones que no hubieran sido respaldadas por la prueba producida durante el juicio.

En ese sentido, consideraron que la hipótesis fiscal quedó debilitada al ser confrontada con los elementos incorporados al debate y que ninguno de los puntos centrales planteados por la acusación logró ser acreditado con el grado de certeza requerido para una condena penal.

El colegiado sostuvo que la investigación terminó enfocándose en una única explicación de los hechos, sin corroborar suficientemente otras circunstancias que podían resultar relevantes para determinar la actuación de la magistrada.

Absolución definitiva

Con estos argumentos, el Tribunal de Sentencia resolvió absolver de culpa y pena a Tania Irún, poniendo fin al proceso penal que enfrentaba por prevaricato.

La decisión fue adoptada por unanimidad y se sustentó, principalmente, en la falta de acreditación de los extremos de la acusación fiscal.

El fallo representa así un revés para la tesis sostenida por el Ministerio Público, que había llevado a la exjueza a juicio bajo la hipótesis de que su resolución había sido dictada en contravención de la normativa que regula la adquisición de tierras en la franja fronteriza.

Para el Tribunal, sin embargo, la existencia de una resolución judicial cuestionable o susceptible de distintas interpretaciones no resulta suficiente, por sí misma, para demostrar el delito de prevaricato. En este caso, concluyeron los jueces, la Fiscalía no consiguió probar que Irún haya incurrido en la conducta penal que le fue atribuida.

La causa se originó en una resolución dictada por Irún cuando ejercía funciones como magistrada, dentro de un litigio relacionado con inmuebles ubicados en la franja de seguridad fronteriza.

La Fiscalía sostenía que la entonces jueza había resuelto la demanda en contradicción con la Ley N.º 2532, que establece restricciones para la adquisición de inmuebles situados dentro de los 50 kilómetros de la línea fronteriza por parte de ciudadanos de países vecinos.

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