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Ministro Jiménez Rolón destaca la importancia del diálogo con abogados de Concepción

El ministro de la Corte Suprema de Justicia y superintendente de la Circunscripción Judicial de Concepción, Eugenio Jiménez Rolón, encabezó una mesa de diálogo con representantes de los gremios de abogados de la zona, en el marco del Plan Estratégico Institucional.

Durante la reunión, el ministro subrayó la relevancia de estos encuentros: “Las reuniones con los gremios de abogados son fundamentales, ya que permiten acceder a información relevante para la toma de decisiones. Buscamos, fundamentalmente, facilitar el ejercicio de la profesión de abogado y, desde la Corte Suprema de Justicia, se mantiene un canal abierto de diálogo con los litigantes”, afirmó.

Jiménez Rolón destacó que estas instancias son clave para impulsar una justicia más accesible, eficiente y transparente, y reafirmó el compromiso institucional de continuar trabajando en esta dirección.

Por su parte, el vicepresidente del Círculo de Abogados de Concepción, Félix Acuña Quevedo, resaltó la predisposición del ministro para escuchar las inquietudes del sector y señaló que las reuniones periódicas permiten canalizar propuestas que contribuyan a optimizar el servicio de justicia. “Estas acciones buscan fortalecer la articulación entre el gremio y el Poder Judicial, en favor de una mejor gestión en la zona”, agregó.

El encuentro contó también con la participación de los integrantes del gremio Óscar Montanía, Luis Ramón Grance, Rubén Montanía y Genaro Domínguez Bogado, y forma parte de las iniciativas de la Corte Suprema de Justicia para mantener un diálogo constante con los distintos actores del sistema judicial, promoviendo la mejora continua en todo el país.

La Corte declara inconstitucional restricción y permite a Pucheta cobrar jubilación y salario

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia resolvió hacer lugar parcialmente a la acción de inconstitucionalidad promovida por la doctora Alicia Beatriz Pucheta, habilitándola a percibir simultáneamente sus honorarios como integrante del Consejo de la Magistratura y su jubilación.

El fallo declara la inaplicabilidad del artículo 251 de la Ley de Organización Administrativa y Financiera del Estado de 1909 modificado por la Ley N° 6834/2021 en relación a la accionante, al considerar que su aplicación vulnera el principio de igualdad constitucional.

En su análisis, los ministros sostienen que no puede equipararse la naturaleza del salario con la del haber jubilatorio, ya que ambos tienen orígenes distintos: uno deriva de la prestación actual de servicios y el otro de los aportes realizados durante la vida laboral. En ese sentido, remarcan que una persona puede reunir simultáneamente la condición de trabajadora y jubilada sin que ello implique una incompatibilidad automática.

Asimismo, la Sala advirtió que la normativa cuestionada introduce un trato desigual injustificado, al permitir excepciones —como en los casos de docencia e investigación— para ciertos jubilados, mientras impone restricciones a otros en condiciones equivalentes. Esta diferencia de trato, según el fallo, carece de razonabilidad y justifica la declaración de inconstitucionalidad en el caso concreto.

Con esta decisión, la Corte también ordenó el levantamiento de la medida cautelar que suspendía los efectos de la norma respecto a Pucheta, consolidando así su derecho a cobrar ambos ingresos de manera concurrente.

El pronunciamiento sienta un criterio relevante en torno a la compatibilidad entre jubilación y función pública, especialmente en cargos como el que ocupa la exministra de la Corte dentro del Consejo de la Magistratura.

Los ministros integrantes de Sala Constitucional César Diesel, Gustavo Santander y Víctor Ríos, firmaron el fallo favorable a Pucheta.

Coordinan acciones para reforzar la seguridad jurídica en el país

Altas autoridades del sistema judicial, junto con representantes del Ejecutivo y diversos organismos del Estado, mantuvieron una reunión de articulación interinstitucional con el objetivo de avanzar en medidas que contribuyan a fortalecer la seguridad y la seguridad jurídica en el país.

El encuentro estuvo encabezado por el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Alberto Martínez Simón, acompañado por ministros del máximo tribunal, y contó con la participación del ministro del Interior, Enrique Riera; el ministro de Justicia, Rodrigo Nicora; además de representantes del Ministerio Público, la Policía Nacional, el Instituto Paraguayo del Indígena (INDI), la Asociación Rural del Paraguay y magistrados.

Durante la reunión se abordaron problemáticas vinculadas principalmente al ámbito rural, como invasiones de propiedades, abigeato y la situación de comunidades indígenas. Asimismo, se analizaron aspectos clave como la integración y depuración de bases de datos entre instituciones, el fortalecimiento del sistema de tobilleras electrónicas y la necesidad de mejorar la infraestructura del sistema de justicia.

Las autoridades coincidieron en que uno de los principales desafíos es consolidar un trabajo coordinado que permita respuestas más eficientes, basadas en el intercambio de información y el uso de herramientas tecnológicas. En ese sentido, se destacó que una mayor articulación institucional resulta fundamental para generar condiciones de mayor previsibilidad jurídica, un elemento clave tanto para la ciudadanía como para los sectores productivos.

El titular de la Corte Suprema señaló que el encuentro permitió identificar coincidencias y avanzar en una agenda común entre las instituciones vinculadas a la seguridad y la justicia. En esa línea, se resolvió la conformación de una mesa técnica interinstitucional que tendrá como misión diseñar e implementar un plan de acción sostenido en el tiempo.

Esta instancia buscará consolidar un esquema de trabajo permanente orientado no solo a mejorar la respuesta ante hechos delictivos, sino también a fortalecer la confianza en las instituciones y garantizar un marco jurídico más previsible.

Por su parte, desde el Ministerio del Interior se remarcó la importancia del cruce de información para optimizar el seguimiento de casos y detectar reincidencias, mientras que el Ministerio de Justicia subrayó el valor de la tecnología como soporte para decisiones más eficaces dentro del sistema.

Representantes del Ministerio Público y del sector productivo coincidieron en la necesidad de profundizar la coordinación, especialmente en el tratamiento de hechos que afectan al ámbito rural, destacando que estos espacios de diálogo permiten avanzar hacia soluciones concretas.

Las instituciones participantes valoraron la apertura y coincidencia de criterios, y acordaron dar continuidad a estas reuniones, con el objetivo de consolidar una política de trabajo conjunto que fortalezca la seguridad y la estabilidad jurídica en Paraguay.

Convocan a abogados para elegir a sus representantes ante el Consejo de la Magistratura

La Corte Suprema de Justicia anunció la apertura del proceso para la elección de representantes del gremio de abogados ante el Consejo de la Magistratura, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N.º 296/94. La convocatoria contempla la selección de dos miembros titulares y dos suplentes.

Durante una sesión plenaria, el presidente de la máxima instancia judicial, Alberto Martínez Simón, dio a conocer el cronograma oficial del proceso electoral, que tendrá como fecha central el sábado 28 de noviembre de 2026. En esa jornada, los profesionales habilitados podrán emitir su voto entre las 07:00 y las 17:00 en locales que serán habilitados en las distintas circunscripciones judiciales del país.

Se recordó que la Corte Suprema tendrá a su cargo la organización previa del proceso, mientras que la realización de los comicios y la validación de los resultados estarán bajo responsabilidad del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).

Como parte del calendario, se dispuso la actualización del padrón de abogados matriculados, incorporando a quienes hayan obtenido su inscripción profesional hasta el 31 de marzo, y excluyendo a quienes se desempeñen como funcionarios públicos, conforme a la normativa vigente.

El listado provisorio estará disponible para su verificación durante cinco días, del 13 al 17 de abril, en dependencias de la Secretaría General de la Corte y en tribunales de todo el país, período en el que se podrán presentar objeciones o reclamos.

Posteriormente, el padrón definitivo será remitido al TSJE el 19 de mayo. En tanto, la fecha límite para la inscripción de candidaturas fue fijada para el 9 de octubre.

La Corte también informó que cada abogado habilitado podrá votar una sola vez, sin importar la circunscripción en la que se encuentre. La convocatoria será difundida en medios de prensa y plataformas digitales institucionales para garantizar la mayor participación posible.

Fallo declara recalcular jubilación con régimen de discapacidad y sienta precedente

En un fallo que marca un precedente poco frecuente en materia previsional, un Tribunal de Cuentas ordenó recalcular la jubilación de una funcionaria pública bajo el régimen especial para personas con discapacidad, al considerar que el Estado aplicó un criterio excesivamente restrictivo al momento de determinar el haber.

La resolución se dio en el marco de una acción contencioso-administrativa promovida contra la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, que había liquidado el beneficio conforme al régimen general previsto en la Ley N.º 2345/03, dejando de lado la normativa específica vigente para personas con discapacidad.

Detrás del caso estuvo la abogada Alejandra Peralta Merlo, quien representó a la beneficiaria y logró revertir una interpretación administrativa que, según el Tribunal, no se ajustaba al espíritu de la ley.

«No puede soslayarse que, al momento del ingreso de la accionante a la función pública (año 2002), la Ley N° 6648/20 aún no se encontraba vigente. Resulta, por tanto, jurídicamente ilógico exigir que su nombramiento haya sido efectuado “en virtud” de una normativa que no existía. El legislador, al dictar la Ley N° 6648/20 en el año 2020, no estableció como requisito que el ingreso hubiera ocurrido bajo la vigencia de dicha ley, sino que la persona contara con discapacidad al momento de su incorporación. Interpretar lo contrario implicaría introducir una exigencia no prevista en la norma, restringiendo indebidamente su alcance.

Desde esta perspectiva, la circunstancia de que la accionante no haya ingresado bajo el régimen de cupo de la Ley N° 2479/04 no resulta jurídicamente relevante para determinar su derecho al beneficio previsto en la Ley N° 6648/20. Lo decisivo es que su discapacidad es anterior a su ingreso y se encuentra debidamente acreditada por la autoridad competente, cumpliéndose así los extremos exigidos por el art. 9.

En consecuencia, corresponde concluir que la administración efectuó una interpretación restrictiva del régimen legal aplicable», refiere parte del preopinante magistrado Edward Vittone Rojas, integrante del Tribunal de Cuentas, Segunda Sala, al que se adhieren sus colegas César Diesel (h) y Celeste Jara.

El conflicto giró en torno a una cuestión clave: qué normativa correspondía aplicar para el cálculo jubilatorio. Mientras la administración se apoyó en el régimen general, la parte actora sostuvo que debía regir la Ley N.º 6648/20, que contempla condiciones diferenciadas para trabajadores con discapacidad.

Al analizar el caso, el Tribunal concluyó que la funcionaria cumplía con los requisitos para acceder al régimen especial. En particular, destacó que la discapacidad estaba debidamente certificada y era previa a su ingreso a la función pública.

Uno de los puntos más relevantes del fallo radica en la interpretación de la norma: los magistrados señalaron que la ley no exige que el ingreso laboral se haya producido a través de programas de inclusión, como había sugerido la administración, sino únicamente que la condición de discapacidad exista al momento de la incorporación y esté acreditada.

En ese sentido, cuestionaron el enfoque estatal por considerarlo restrictivo y ajeno al texto legal.

Como resultado, el Tribunal resolvió hacer lugar a la demanda, revocar parcialmente la resolución administrativa y ordenar que el haber jubilatorio sea recalculado conforme al régimen previsto en la Ley N.º 6648/20.

Un precedente con impacto

Más allá del caso puntual, la decisión introduce un criterio de peso: el acceso al régimen previsional para personas con discapacidad no depende del modo de ingreso a la función pública, sino de la condición objetiva y acreditada del trabajador.

Se trata de un fallo que podría proyectarse sobre otros expedientes similares y reabrir el debate sobre cómo se aplican las normas de protección en el sistema jubilatorio del sector público.

Analia Cibils, enfrentará juicio por la “mafia de los pagarés”

El juez penal especializado Rodrigo Estigarribia elevó a juicio oral y público el proceso penal contra la jueza Analia Cibils, por su presunta participación en un esquema criminal relacionado con ejecuciones de pagarés. En el mismo fallo, el juzgado condenó a Martina Rivela, actuaria, a dos años de prisión con suspensión de la ejecución de la condena.

Cibils, actualmente suspendida en sus funciones, negó haber tenido conocimiento de irregularidades en los juicios ejecutivos tramitados en su despacho y afirmó que la responsabilidad por la falta de notificación recae en los ujieres y oficiales de justicia.

Durante su intervención, la jueza sostuvo que estos funcionarios son los encargados formales de dar fe a las diligencias, por lo que cualquier incumplimiento en los procesos de notificación debería atribuirse a ellos. Aseguró que desconocía que algunos expedientes no habían sido debidamente comunicados a las partes involucradas.

La causa en su contra es por presunto prevaricato, en calidad de autora, y como cómplice en la producción de documentos no auténticos. Según la acusación del Ministerio Público, Cibils habría tenido un rol activo dentro de un esquema que operaba principalmente desde juzgados de Paz de Asunción, donde se concentraban expedientes de ejecuciones basadas en pagarés presuntamente falsificados o manipulados.

El expediente ahora será remitido a un Tribunal de Sentencia, que se encargará de juzgar los hechos imputados a la jueza.

El equipo fiscal, integrado por Belinda Bobadilla, Leonardi Guerrero y Jorge Arce, sostiene que la estructura funcionaba con la participación de funcionarios judiciales mediante resoluciones y notificaciones irregulares que permitían ejecutar embargos indebidos y obtener beneficios económicos.

Con este avance, Analia Cibils se convierte en la segunda jueza en enfrentar un juicio oral en el marco de la investigación sobre presuntas redes de corrupción en el sistema judicial vinculadas a ejecuciones fraudulentas.

Aplican nueva ley contra la mafia de pagarés y anulan juicio en San Lorenzo

El juzgado de Paz de San Lorenzo aplicó por primera vez la Ley N.º 7614/2025, conocida como normativa “antimafia de pagarés”, para anular un proceso judicial viciado de irregularidades y levantar un embargo que afectaba a un agricultor.

La decisión fue adoptada por el juez Hugo Agüero mediante el Auto Interlocutorio N.º 585, del 13 de marzo de 2026, tras constatarse graves fallas en un juicio ejecutivo promovido contra Eleuterio Ojeda Ojeda. El caso salió a la luz a partir de la intervención de la defensora pública Marta Ayala Franco, quien impulsó un incidente de nulidad.

Uno de los aspectos más llamativos del proceso fue la inexistencia del expediente. Informes oficiales del propio juzgado señalaron que, pese a una búsqueda exhaustiva, no se logró ubicar el documento en ninguna dependencia, ni tampoco figuraba en los registros de ingreso ni en las bases de datos judiciales.

A esta situación se sumó otro elemento clave: no existían constancias de que el demandado haya sido notificado del inicio del juicio, lo que vulneró su derecho a la defensa.

Ante este escenario, el magistrado resolvió declarar la nulidad de oficio de todas las actuaciones, retrotraer el proceso a su etapa inicial e intimar a la parte demandante a presentar nuevamente su escrito. Asimismo, dispuso el levantamiento del embargo que pesaba sobre un vehículo del afectado.

Si bien también se ordenó la devolución de sumas retenidas, esta medida no pudo ejecutarse debido a la falta de documentación del caso, lo que evidencia la magnitud de las irregularidades detectadas.

La resolución se sustenta en la Ley N.º 7614/2025, que establece mecanismos de saneamiento para juicios ejecutivos y fue creada con el objetivo de combatir esquemas fraudulentos vinculados al uso indebido de pagarés. En particular, la normativa faculta a los jueces a declarar la nulidad de oficio cuando se verifiquen violaciones al debido proceso, así como a levantar medidas cautelares en casos donde los expedientes no puedan ser localizados.

La intervención de la Defensora Pública Marta Ayala Franco, fue clave para activar este mecanismo legal, permitiendo no solo restituir derechos al afectado, sino también marcar un precedente en la aplicación de la nueva ley.

Con esta decisión, el juzgado de Paz de San Lorenzo inaugura la implementación práctica de la normativa “antimafia de pagarés”, en un contexto donde este tipo de maniobras ha generado preocupación en el sistema judicial y en la ciudadanía.

Simuló pago con un comprobante falso en CDE y fue imputado

El Ministerio Público imputó a un hombre por la presunta comisión de los hechos punibles de estafa y producción de documentos no auténticos, tras una denuncia presentada por una firma comercial de Ciudad del Este.

La causa es llevada adelante por el agente fiscal Osvaldo Zaracho Romero, de la Unidad Penal n.° 10 de la Fiscalía Regional, en el marco de una investigación iniciada a partir de una supuesta compra fraudulenta en el microcentro de la ciudad.

De acuerdo con los antecedentes, el hecho se remonta al 8 de octubre de 2025, cuando el ahora imputado habría adquirido mercaderías por un valor de 5.638.000 guaraníes en un local comercial. Para concretar la operación, el cliente presentó como forma de pago una supuesta transferencia bancaria a nombre de un tercero.

Sin embargo, la transacción nunca se realizó. Según la pesquisa fiscal, el sospechoso exhibió un comprobante de transferencia que resultó ser falso, presuntamente emitido a nombre de la Cooperativa Universitaria.

Tras la entrega de los productos, el comercio afectado verificó días después que el dinero no había sido acreditado en su cuenta. Posteriormente, un informe oficial de la cooperativa confirmó que el comprobante no correspondía a ningún socio, además de constatarse que el imputado tampoco forma parte de dicha entidad.

Entre los elementos reunidos por la Fiscalía se encuentran la denuncia policial, documentos bancarios, constancias de transferencia, declaraciones testificales, el informe de la institución financiera y las facturas emitidas por el comercio.

Con base en estos indicios, el representante del Ministerio Público resolvió formular imputación y solicitó al juzgado un plazo de seis meses para el desarrollo de la investigación, atendiendo a la complejidad del caso.

Asimismo, requirió la aplicación de medidas cautelares con el objetivo de garantizar la sujeción del procesado al procedimiento penal en curso.

Presentarán “Infancia Revelada”, una obra que cuestiona el sistema penal juvenil en Paraguay

El lanzamiento del libro Infancia Revelada, de la doctora en Derecho Penal y exmagistrada Andrea Vera Aldana, se realizará este lunes 6 de abril a las 18:30 en Espacio E, ubicado en Estrella 977 y 981, entre Colón y Montevideo.

La obra propone una reflexión crítica sobre el tratamiento de la infancia dentro del sistema penal juvenil paraguayo, tomando como punto de partida el emblemático caso del Instituto de Reeducación del Menor “Panchito López”, que en su momento expuso graves vulneraciones de derechos humanos, como hacinamiento y violencia.

En este contexto, la autora plantea una interrogante central: qué sucede cuando las instituciones encargadas de proteger a niños y adolescentes terminan reproduciendo lógicas punitivas. “Hablar de infancia es hablar de una historia de silencios y conquistas. El reconocimiento de derechos no ha significado necesariamente su cumplimiento efectivo”, sostiene Vera Aldana.

A lo largo del libro, la autora desarrolla un recorrido histórico, jurídico y social que evidencia cómo la infancia ha sido concebida durante años más como objeto de control que como sujeto pleno de derechos. Según expone, esta lógica aún persiste, especialmente en sectores en situación de vulnerabilidad.

Uno de los ejes principales del análisis es el sistema penal juvenil, donde —según advierte— el discurso de protección muchas veces encubre prácticas de encierro. “La protección muchas veces funciona como justificación del encierro. Bajo un discurso tutelar, el sistema reproduce lógicas punitivas que criminalizan la pobreza y limitan derechos”, afirma.

Asimismo, el texto aborda decisiones recientes en materia de justicia adolescente, como el aumento del marco de privación de libertad, que, a criterio de la autora, refuerzan un enfoque sancionador en detrimento de políticas preventivas.

Con Infancia Revelada, Vera Aldana invita a repensar el rol del Estado y el diseño de políticas públicas orientadas a la niñez, poniendo énfasis en la necesidad de garantizar efectivamente los derechos reconocidos por la ley. “De la manera en que tratamos a la infancia depende el tipo de sociedad que elegimos ser”, concluye.

Andrea Vera Aldana es doctora en Derecho Penal, excamarista penal y especialista en justicia penal. Ha participado en procesos de fortalecimiento del sistema judicial en Paraguay y centra su trabajo en la relación entre derecho, políticas públicas y realidad social, con especial atención en la infancia y la justicia juvenil.

La presentación está abierta al público y, según adelantó la autora, será un espacio de intercambio y reflexión sobre una temática que sigue interpelando a la sociedad paraguaya.

Violencia de género: 750 llamadas en tres meses encienden alerta en Paraguay

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La violencia de género sigue afectando a mujeres de todas las edades, según reflejan los datos difundidos por el Ministerio de la Mujer. Durante el primer trimestre de 2026, la Línea 137 SOS Mujer registró un total de 750 llamadas relacionadas con situaciones de violencia.

El desglose por franja etaria evidencia que la problemática no distingue edades. La mayor cantidad de reportes provino de mujeres de entre 30 y 64 años, con 573 casos, seguida por el grupo de 18 a 29 años, que alcanzó 157 llamadas. En tanto, también se registraron situaciones en adolescentes de 15 a 17 años, con 4 reportes, y en mujeres mayores de 65 años, con 16 casos.

Estas cifras confirman que la violencia contra la mujer está presente a lo largo de toda la vida, afectando tanto a jóvenes como a adultas y adultas mayores. Desde el Ministerio de la Mujer insisten en la importancia de visibilizar estos datos y fortalecer los canales de atención y protección, con el objetivo de brindar asistencia oportuna a las víctimas.

La Línea 137 SOS Mujer continúa siendo un servicio clave para la contención, orientación y respuesta inmediata ante casos de violencia, reafirmando el compromiso institucional en la lucha contra este flagelo.

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