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Fiscalía investiga destrucción de inmueble estatal que está por recibir

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El Ministerio Público inició una investigación penal para esclarecer la presunta destrucción de un inmueble perteneciente al Estado, ubicado en las inmediaciones del Palacio de Justicia de Asunción, cuya entrega definitiva a la institución se encuentra en proceso tras haber sido adjudicado a su favor en el año 2003.

La causa fue asignada, mediante sorteo informático, a la Unidad Penal Barrial N.° 3, encabezada por la fiscal Raquel Andrea Vera Salerno, quien llevará adelante las diligencias destinadas a determinar cómo se produjeron los daños registrados en el predio, anteriormente utilizado como taller de la Policía Nacional.

La decisión de abrir la investigación surgió luego de que autoridades del Ministerio Público realizaran una inspección en el lugar y constataran el grave deterioro de las instalaciones. Durante el recorrido se verificó la desaparición de diversos elementos de la estructura, entre ellos techos de zinc, tinglados, puertas, marcos y otros materiales que formaban parte del edificio.

De acuerdo con los primeros antecedentes, la magnitud de los daños representa un importante perjuicio para el patrimonio público, razón por la cual la Fiscalía buscará establecer cuándo ocurrieron los hechos, quiénes tuvieron participación y si existieron responsabilidades por acción u omisión en la conservación del inmueble.

El caso adquirió especial relevancia debido a que el edificio será incorporado próximamente al patrimonio operativo del Ministerio Público. Sin embargo, al momento de la verificación, las autoridades encontraron gran parte de la infraestructura seriamente afectada, lo que obligó a impulsar una investigación para determinar las circunstancias que derivaron en su estado actual.

Como parte de las pesquisas también se analizará el hecho de que el inmueble continúa siendo ocupado por efectivos de la Policía Nacional, situación que será considerada dentro de la investigación para determinar eventuales responsabilidades relacionadas con el deterioro y la desaparición de bienes estatales.

Las primeras actuaciones estarán enfocadas en la inspección técnica del predio, la recolección de evidencias, la valoración de los daños ocasionados y la identificación de las personas que eventualmente habrían intervenido en la destrucción o sustracción de componentes de la infraestructura.

La Corte pide a magistrados mayor aplicación de las tobilleras

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La ministra de la Corte Suprema de Justicia, Carolina Llanes, exhortó a los magistrados de todo el país a recurrir con mayor frecuencia a las tobilleras electrónicas como medida de control judicial, al considerar que su utilización sigue siendo muy baja pese a que el Estado dispone de 1.000 dispositivos para su implementación.

Durante su intervención, la alta magistrada recordó que la Corte Suprema ya adoptó las acordadas necesarias para habilitar de manera gradual el uso de estos dispositivos y, posteriormente, autorizar su aplicación plena en todo el territorio nacional. La medida alcanza tanto al fuero penal como al de la niñez, siempre que la legislación permita su utilización.

«A partir de las acordadas respectivas, la Corte Suprema de Justicia ha establecido la implementación gradual de estos dispositivos y la posterior habilitación total para su utilización en todo el territorio de la República, así como en todos los ámbitos del proceso penal y del fuero de la niñez que lo requieran, esperábamos una mayor aplicación de esta herramienta», expresó Llanes.

Sin embargo, la ministra reveló que los datos remitidos por el Ministerio del Interior muestran un escenario muy distinto al esperado. Según el último informe oficial, únicamente 141 personas cuentan con tobilleras electrónicas, una cifra que calificó de insuficiente frente a la disponibilidad existente.

«Hasta el 30 de junio solamente se han utilizado 141 tobilleras; son 141 los beneficiarios. Consideramos que es insuficiente en relación con la cantidad de dispositivos con que se cuenta y que están a disposición de los diferentes juzgados», afirmó.

Llanes recordó que las tobilleras pueden ser ordenadas por jueces de garantías, tribunales de sentencia, jueces de ejecución penal, así como por juzgados de la niñez y de paz, dependiendo de las circunstancias de cada caso.

Ante este panorama, realizó un llamado directo a los magistrados para que incorporen esta herramienta en las resoluciones judiciales cuando corresponda, aprovechando la capacidad instalada que ofrece el sistema.

«Instamos a los juzgados competentes a utilizar estos dispositivos», enfatizó.

Las tobilleras electrónicas constituyen un mecanismo de monitoreo que permite supervisar el cumplimiento de medidas judiciales fuera de los centros penitenciarios, especialmente en casos de arresto domiciliario, medidas alternativas a la prisión preventiva y otras disposiciones previstas por la legislación. Su implementación busca fortalecer el control judicial, reducir el hacinamiento en las cárceles y mejorar la protección de las víctimas mediante un seguimiento permanente de los procesados o condenados.

Fiscalía no logró reunir pruebas contra funcionaria del RUN

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El Ministerio Público concluyó que, en esta etapa de la investigación, no cuenta con elementos de convicción suficientes para presentar una acusación contra Alcira Celeste Rodríguez Flores funcionaria de los Registros Públicos, actualmente vinculada al Registro Unificado Nacional (RUN), dentro de la causa denominada “Copia Fiel”.

Por este motivo, los fiscales José Morínigo, Francisco Cabrera y Diana Gómez solicitaron el sobreseimiento provisional de la funcionaria, al considerar que aún existen diligencias pendientes cuyos resultados podrían ser determinantes para adoptar una decisión definitiva sobre su situación procesal.

La funcionaria de los Registros Públicos fue imputada por la presunta comisión de hechos punibles relacionados con alteración de datos, acceso indebido a sistemas informáticos y modificación de datos relevantes para la prueba. Sin embargo, la Fiscalía sostiene que los elementos obtenidos hasta el momento no permiten sostener una acusación que habilite la apertura de un juicio oral y público.

En la misma situación se encuentra una escribana pública, para quien también fue requerido el sobreseimiento provisional debido a la necesidad de completar actuaciones investigativas pendientes.

El Ministerio Público aclaró que esta figura procesal no representa un cierre definitivo de la causa ni una declaración de inocencia, sino una suspensión temporal del procedimiento mientras se aguardan informes y respuestas solicitadas a distintas instituciones que podrían aportar información clave para el esclarecimiento de los hechos.

Paralelamente, la Fiscalía presentó acusación contra Óscar Tuma, Alexandre Rodrigues Gómes y las escribanas Blanca Rossana Ozuna y María Luisa Verón, al considerar que existen elementos que permiten avanzar con el proceso respecto a estas personas.

Los fiscales señalaron que la continuidad de las diligencias será fundamental para determinar si surgen nuevos elementos que permitan definir de manera definitiva la responsabilidad o desvinculación de las personas alcanzadas por el pedido de sobreseimiento provisional.

Llanes advierte sobre los retos de la justicia frente a la desinformación y los poderes fácticos

La ministra de la Corte Suprema de Justicia, doctora Carolina Llanes, puso en debate los nuevos desafíos que enfrenta la magistratura en un contexto marcado por la expansión de las noticias falsas, la construcción de relatos alejados de la realidad y la influencia de poderes fácticos que pueden afectar el normal funcionamiento de las instituciones.

Durante la conferencia inaugural de la II Semana Jurídica, desarrollada en la Filial Curuguaty de la Universidad Nacional de Canindeyú (UNICAN), la ministra reflexionó ante estudiantes, docentes, magistrados y profesionales del derecho sobre el papel fundamental de la justicia en la defensa del Estado Constitucional de Derecho, las libertades individuales y las garantías ciudadanas.

Llanes señaló que el escenario actual exige fortalecer la independencia judicial, la objetividad en la resolución de los procesos y el compromiso ético de quienes integran el sistema de justicia. En ese sentido, destacó la necesidad de que jueces y abogados mantengan una sólida preparación técnica y una actuación basada en principios, especialmente frente a presiones externas y a la generación de percepciones públicas mediante informaciones falsas.

La actividad tuvo lugar en un momento de especial sensibilidad para la comunidad de Canindeyú, luego del reciente ataque registrado contra una dependencia policial de la zona. En ese contexto, la presencia institucional del Poder Judicial cobró relevancia como señal de respaldo al fortalecimiento de las instituciones y al mantenimiento de la convivencia democrática.

Durante su exposición, la ministra también abordó el impacto del crimen organizado y de determinados grupos de poder que, según expresó, pueden intentar debilitar el orden institucional mediante acciones destinadas a provocar incertidumbre, desestabilización o escenarios de caos.

Asimismo, se refirió a la problemática de los llamados “juicios paralelos” y remarcó la importancia de proteger el debido proceso, evitando que los casos judiciales sean condicionados por campañas de presión pública o por interpretaciones anticipadas que puedan afectar la imparcialidad de los órganos jurisdiccionales.

Al finalizar la conferencia, Llanes participó de un conversatorio con los asistentes, respondiendo consultas de la comunidad académica y representantes del ámbito jurídico sobre los desafíos actuales del ejercicio judicial y profesional.

La visita de la ministra a Curuguaty incluyó además la habilitación de mejoras edilicias en la sede de los Juzgados de Primera Instancia y reuniones de trabajo con autoridades judiciales, magistrados y representantes de gremios de abogados de la circunscripción.

Mafia de pagarés: Autorizan la transmisión en vivo del primer juicio oral

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El Tribunal de Sentencia que tendrá a su cargo el primer juicio oral de la causa conocida como la «mafia de pagarés» autorizó la cobertura y transmisión televisiva de las audiencias, en atención al interés público que reviste el proceso y al impacto que el caso ha tenido en las víctimas del esquema.

La decisión fue adoptada mediante el Auto Interlocutorio N.° 09, del 24 de julio de 2026, firmado por el presidente del Tribunal, Gregorio Paciello Cantero, quien hizo lugar al pedido formulado por la abogada querellante Noelia Núñez, representante de la víctima Ángela Mabel Zárate Ortigoza.

En la resolución, el colegiado dispone «hacer lugar al pedido de autorización para la cobertura y transmisión televisiva del juicio oral y público en la presente causa», además de notificar a las partes procesales y comunicar la decisión a los canales correspondientes.

La solicitud de la querella se sustentó en la trascendencia del proceso, considerado el primero que llega a juicio oral dentro de las investigaciones vinculadas al esquema de cobros judiciales mediante pagarés cuestionados. La abogada de la víctima argumentó que la difusión de las audiencias permitirá garantizar la transparencia del proceso y visibilizar una causa que afecta no solo a Ángela Zárate, sino también a numerosas personas que denunciaron haber sido perjudicadas por maniobras similares.

Juicio fue reprogramado para agosto

El Tribunal de Sentencia fijó para los días 14, 17 y 18 de agosto, desde las 08:30, la realización del juicio oral y público contra la abogada Zully Ortiz, así como contra Mirtha Elizabeth Metel y Julio Paiva Krause, propietarios de la firma Vanessa y Asociados.

La primera convocatoria debió ser suspendida debido a inconvenientes en el traslado de dos de los acusados, lo que obligó a reprogramar el inicio del juzgamiento.

El colegiado encargado de resolver la causa está integrado por Gregorio Paciello Cantero, en carácter de presidente, junto con los jueces Antonia Corina Sanabria y José Eugenio Jacquet como miembros titulares. Como magistrado suplente fue designado Christian González.

El caso

La investigación se centra en presuntas maniobras destinadas a promover ejecuciones judiciales utilizando pagarés cuya validez es cuestionada o que, según la Fiscalía, correspondían a obligaciones ya canceladas.

De acuerdo con la acusación, Ángela Mabel Zárate obtuvo en octubre de 2013 dos préstamos de la firma Vanessa y Asociados, por G. 3.360.000 y G. 3.840.000, respectivamente. El Ministerio Público sostiene que ambas obligaciones fueron canceladas mediante descuentos automáticos.

Sin embargo, pese a la extinción de la deuda, los representantes de la empresa habrían entregado posteriormente los pagarés a la abogada Zully Ortiz, quien, según la acusación fiscal, promovió en 2020 una acción preparatoria de juicio ejecutivo y posteriormente un juicio por cobro de guaraníes ante el Juzgado de Paz de Nueva Italia.

El proceso que comenzará en agosto marcará un hito dentro de las investigaciones sobre la denominada «mafia de pagarés», al convertirse en el primer expediente en llegar a la etapa de juicio oral y público, en una causa que ha adquirido alta repercusión por la cantidad de denuncias relacionadas con presuntas ejecuciones judiciales basadas en documentos supuestamente cancelados o de autenticidad cuestionada.

Caso Alexandre Rodrigues Gómes: realizan copia espejo de evidencias digitales

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El Juzgado Penal de Garantías de la Circunscripción Judicial de Amambay inició este martes la audiencia de extracción de copia espejo de evidencias digitales en el proceso penal abierto a Alexandre Rodrigues Gomes, acusado por el Ministerio Público por los supuestos hechos punibles de homicidio doloso agravado en grado de tentativa, producción de riesgos comunes y resistencia.

La diligencia se extenderá por tres días y fue dispuesta a pedido de la defensa, ejercida por la abogada Noelia Núñez, quien considera este procedimiento un paso trascendental para el ejercicio de la defensa.

«La defensa solicitó esta diligencia a fin de tomar conocimiento del contenido de la información digital ofrecida por el Ministerio Público como elemento que sustenta la acusación. Nosotros queremos hacer el análisis pertinente para poder desarrollar la audiencia preliminar y preparar la defensa de Alexandre Rodrigues. Son elementos muy importantes porque contienen las imágenes del circuito cerrado de los allanamientos que se realizaron y son determinantes para establecer la responsabilidad y la reprochabilidad del acusado», sostuvo la profesional.

La diligencia fue ordenada por el juez Edgar Gustavo Ramírez Rodas, quien dispuso la realización de la copia forense del DVR, el CD de la indagatoria y un disco externo Toshiba de 2 TB, elementos considerados relevantes dentro de la investigación.

De acuerdo con la resolución, el acusado participó vía telemática de la audiencia, mientras que su defensa técnica, ejercida por la abogada Noelia Núñez Martínez, y el agente fiscal interviniente comparecieron personalmente ante el juzgado para el desarrollo de la diligencia.

Una diligencia fundamental para preservar la prueba digital

La extracción de copia espejo constituye una de las diligencias más relevantes en las investigaciones que involucran evidencia electrónica, ya que permite generar una réplica íntegra y exacta de los dispositivos de almacenamiento, preservando la información original sin alteraciones.

Este procedimiento garantiza la cadena de custodia, asegura la integridad de la prueba digital y posibilita que tanto el Ministerio Público como la defensa tengan acceso al mismo material probatorio para su análisis, fortaleciendo los principios de contradicción, igualdad de armas y debido proceso.

El caso

Según la acusación fiscal, Alexandre Rodrigues Gomes protagonizó un violento episodio durante un allanamiento realizado por agentes tácticos en Pedro Juan Caballero.

La Fiscalía sostiene que el procesado se ocultó en el techo de una vivienda y, desde ese lugar, efectuó 14 disparos con un rifle de asalto contra los intervinientes, poniendo en grave riesgo la vida de los uniformados. Posteriormente, siempre según la acusación, hurtó una camioneta perteneciente a un vecino para facilitar su fuga.

Por estos hechos, el Ministerio Público lo acusó por los supuestos delitos de homicidio doloso agravado en grado de tentativa, producción de riesgos comunes y resistencia, en una causa en la que la obtención y preservación de las evidencias digitales adquieren especial relevancia para el eventual juzgamiento.

Óscar Tuma: «Me acusan sin probar el origen ilícito de los bienes»

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El abogado Óscar Tuma rechazó la acusación presentada en su contra por el Ministerio Público y sostuvo que los inmuebles que recibió de Alexandre Rodrigues Gómes fueron entregados en concepto de honorarios profesionales, por lo que consideró que la acusación carece de sustento mientras no se determine en la causa principal el origen ilícito de esos bienes.

Según Tuma, el elemento central de la acusación se refiere exclusivamente a las propiedades que recibió como pago por sus servicios profesionales, pero afirmó que la Fiscalía no puede atribuirle el delito de lavado de activos sin que previamente exista una determinación judicial sobre la procedencia ilícita de dichos inmuebles.

«En definitiva, la imputación que se me atribuye se limita a los inmuebles que recibí en concepto de honorarios profesionales. Allí existe un problema central de tipicidad y concretamente un error sobre las circunstancias del tipo: para que exista lavado de activos, debe demostrarse que los inmuebles provienen de un hecho punible y que yo conocía esa procedencia al momento de recibirlos», expresó.

El abogado añadió que esa circunstancia aún no ha sido definida en el proceso penal abierto en la causa principal de Lalo Gómes.

«Actualmente, el supuesto origen ilícito de esos inmuebles todavía no fue determinado. Esa cuestión deberá discutirse en la causa principal de Lalo Gómes. ¿Cómo pueden acusarme de haber recibido bienes provenientes de un hecho punible cuando ese presupuesto todavía no fue acreditado?», cuestionó.

El abogado, contestó la publicación de nuestro medio para hacer referencia a lo que considera una acusación sin sustento legal, debido a que los bienes en disputa aún no fueron declarados de origen ilegal.

La acusación fiscal

El Ministerio Público presentó acusación contra Óscar Tuma, Alexandre Rodrigues Gómes y las escribanas Blanca Rossana Ozuna y María Luisa Verón, dentro de una investigación por presuntas maniobras destinadas a transferir bienes que se encontraban alcanzados por una medida cautelar de inhibición para enajenar y gravar.

La acusación fue formulada por los fiscales José Martín Morínigo, Francisco Cabrera y Diana Gómez, quienes sostienen que Rodrigues Gómes impulsó la transferencia de cuatro inmuebles y ocho vehículos de su propiedad pese a tener conocimiento de que estaba judicialmente impedido de disponer de esos bienes.

De acuerdo con la tesis del Ministerio Público, las operaciones habrían sido ejecutadas en presunta contravención de la medida cautelar vigente, motivo por el cual los fiscales solicitaron la elevación de la causa a juicio respecto de los acusados.

Por su parte, Tuma insiste en que los inmuebles que recibió corresponden exclusivamente al pago de honorarios profesionales y sostiene que la Fiscalía adelantó una acusación sin que aún exista una decisión judicial que establezca que dichos bienes provienen de un hecho punible, cuestión que afirma deberá resolverse previamente en el proceso principal seguido contra Alexandre Rodrigues Gómes.

Querella solicita a la Corte destrabar causa contra Gubetich

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La querella adhesiva en la causa que investiga al expresidente del Instituto de Previsión Social (IPS), Andrés Gubetich Mojoli, y a su esposa María Rosa Araujo Gubetich, por presunta estafa y lavado de dinero, instó a la Corte Suprema de Justicia a destrabar el expediente resolviendo cuestiones incidentales que permanecen pendientes desde febrero de 2025.

Para el abogado querellante, José Fernández Zacur, resulta “incompatible con la imagen de una justicia eficiente” que la máxima instancia judicial mantenga paralizada una causa de alto impacto económico, impidiendo que el proceso avance hacia la audiencia preliminar.

«La Corte sigue sin resolver una recusación que es prácticamente de cajón y una apelación contra la convocatoria a preliminar meramente dilatoria. No es sano para el sistema de justicia que un expediente permanezca paralizado durante tantos meses por cuestiones de esta naturaleza y el cargo que ocupara el acusado durante el gobierno anterior alimenta la suspicacia”, afirmó el profesional.

Fernández Zacur sostuvo que la demora resulta aún más llamativa si se considera que el Ministerio Público ya formuló acusación en junio de 2024, por lo que, a su criterio, el caso debió haber avanzado hace tiempo hacia la etapa en la que se definirá si los acusados enfrentan o no un juicio oral y público.

La causa, caratulada «Andrés Manuel Gubetich Mojoli y María Rosa Araujo Gubetich s/ Estafa y Lavado de Dinero», se encuentra a cargo del Juzgado Penal de Garantías Especializado en Delitos Económicos, a cargo del juez Humberto René Otazú. La investigación es impulsada por el fiscal Marcial Machado.

De acuerdo con la acusación fiscal, el perjuicio patrimonial asciende a USD 2.358.000 y habría sido ocasionado al cirujano plástico Eustacio Rojas Alegretti, quien interviene en el proceso como víctima y querellante adhesivo, representado por Fernández Zacur.

Tras la convocatoria a audiencia preliminar, la defensa del exdirector del IPS promovió un recurso de reposición con apelación en subsidio. La reposición fue rechazada el 6 de enero de 2025 y el expediente fue remitido al Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado.

No obstante, antes de que la Cámara pudiera estudiar la apelación, fueron planteadas recusaciones contra las camaristas Claudia Criscioni y Silvana Raquel Luraghi. Posteriormente, ya en la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, también fue recusado el ministro Manuel Ramírez Candia, lo que derivó en la suspensión del tratamiento del incidente.

Según la querella, desde febrero de este año el expediente permanece inmovilizado, impidiendo la realización de la audiencia preliminar.

Fernández Zacur sostuvo que esta situación vulnera el derecho de la víctima a obtener una respuesta judicial dentro de un plazo razonable y prolonga innecesariamente un proceso penal que ya cuenta con una acusación presentada por el Ministerio Público.

En paralelo, Gubetich también promovió una acción de inconstitucionalidad contra la resolución de la Fiscalía General del Estado que designó al fiscal Marcial Machado para presentar el requerimiento conclusivo. Esa acción permanece igualmente pendiente de resolución ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.

Mientras tanto, la causa continúa sin avances sustanciales y la audiencia preliminar sigue sin fecha, a la espera de que la Corte Suprema resuelva el incidente que mantiene paralizado el expediente desde hace más de un año.

Para la querella, el tiempo transcurrido para resolver una cuestión procesal de esta naturaleza resulta excesivo y no encuentra justificación, más aún tratándose de una investigación por una presunta estafa millonaria que ya se encuentra en condiciones de avanzar hacia la siguiente etapa del proceso penal.

Acusan y piden juicio oral para Óscar Tuma, Rodrígues Gómes y escribanas

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El Ministerio Público presentó acusación y solicitó la apertura de juicio oral y público contra el abogado Óscar Tuma, Alexandre Rodrígues Gómes y las escribanas Blanca Rossana Ozuna y María Luisa Verón, en el marco de una investigación por presuntas maniobras destinadas a transferir bienes pese a una medida cautelar de inhibición para enajenar y gravar que pesaba sobre Rodrígues Gómes.

La acusación fue presentada por los fiscales José Martín Morínigo, Francisco Cabrera y Diana Gómez, quienes sostienen que Alexandre Rodrigues Gómes impulsó la transferencia de cuatro inmuebles y ocho vehículos de su propiedad, a pesar de tener pleno conocimiento de que se encontraba inhibido judicialmente para disponer de esos bienes.

Según el requerimiento conclusivo, al momento de los hechos Rodrigues Gómes se encontraba privado de su libertad, circunstancia que, lejos de impedir las operaciones, habría motivado la planificación de un mecanismo para concretar las transferencias con la participación de terceros.

«Considerando que Alexandre Rodrigues Gómes se encontraba privado de su libertad y sin poder acudir a la escribanía para formalizar las escrituras, planificó las irregularidades cometidas contando para el efecto con la participación de Roberto Cubilla y las escribanas intervinientes, valiéndose de ellas para la finalización de las transferencias de todos los bienes mencionados», sostienen los fiscales en la acusación.

El Ministerio Público afirma además que la maniobra se ejecutó mediante la alteración de datos en el sistema informático de la Dirección General de los Registros Públicos.

De acuerdo con la acusación, la modificación fue realizada utilizando el usuario correspondiente a la funcionaria Alicia Celeste Rodríguez Flores, lo que habría permitido eliminar del sistema la inscripción de la medida cautelar de inhibición que pesaba sobre los inmuebles, posibilitando así la formalización de las transferencias.

Para los representantes del Ministerio Público, la supresión de esa restricción registral fue un elemento determinante para concretar la disposición de los bienes, pese a la prohibición judicial vigente.

Con la presentación de la acusación, la Fiscalía considera reunidos los elementos suficientes para que Alexandre Rodrígues Gómes, el abogado Óscar Tuma y las escribanas Blanca Rossana Ozuna y María Luisa Verón sean sometidos a juicio oral y público, instancia en la que se debatirá la responsabilidad penal de los procesados por las presuntas irregularidades detectadas en la transferencia de los inmuebles y vehículos.

Mafia de pagarés: Fiscalía ratifica pedido de suspensión condicional para dos exujieres

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La representación del Ministerio Público confirmó su requerimiento a favor de Audrey Jazmín Galeano Mora y Alfredo René Benítez Cabrera. Ahora, el juez de garantías Rodrigo Estigarribia deberá resolver la salida procesal requerida por la fiscal inferior hoy ratificada.

La Fiscalía Adjunta de la Unidad Especializada de Delitos Económicos y Anticorrupción ratificó el pedido de suspensión condicional del procedimiento a favor de Audrey Jazmín Galeano Mora y Alfredo René Benítez Cabrera, ambos procesados en la causa abierta por presunto prevaricato, producción inmediata de documentos públicos de contenido falso y otros hechos punibles que involucran a la exjueza de Paz de La Encarnación, Carmen Analía Cibils Miñarro, y otros.

La ratificación fue presentada por la fiscal adjunta interina Gilda Villalba Tottil ante el juez penal especializado en Delitos Económicos, Rodrigo Estigarribia, luego de que el expediente fuera remitido a la Fiscalía General del Estado, conforme al artículo 358 del Código Procesal Penal.

En el documento, la representante del Ministerio Público sostiene que, tras el análisis de las constancias obrantes en la causa, corresponde mantener el requerimiento conclusivo consistente en la aplicación de la suspensión condicional del procedimiento para ambos imputados.

De acuerdo con los antecedentes expuestos por la Fiscalía, la investigación se centra en presuntas irregularidades ocurridas en el Juzgado de Paz de La Encarnación, donde Audrey Jazmín Galeano Mora y Alfredo René Benítez Cabrera se desempeñaban como ujieres notificadores en las secretarías 1 y 2, respectivamente.

Asimismo, el escrito recuerda que la magistrada Carmen Analía Cibils Miñarro fue designada jueza de Paz en septiembre de 2019 y detalla la conformación administrativa del juzgado durante los años 2022, 2023 y 2024, mencionando a los funcionarios que cumplían funciones de actuarios y notificadores.

Queda en manos del juez

Con la ratificación del requerimiento fiscal, la decisión queda ahora en manos del juez de garantías Rodrigo Estigarribia, quien deberá analizar los presupuestos legales y resolver hacer lugar a la suspensión condicional del procedimiento solicitada por el Ministerio Público para los dos procesados.

La eventual concesión de esta salida procesal implicaría la suspensión del proceso penal bajo determinadas condiciones impuestas por la Justicia.

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