El doctor César Ruffinelli se incorporará oficialmente en la sesión del Consejo el día de mañana.
Crimen organizado: Condenan a colaboradores del PCC
Condenan a integrantes de estructura criminal al servicio del PCC a penas de entre 12 y 18 años.
Un piloto brasilero y otros paraguayos, además de integrantes de un grupo criminal, fueron condenados a penas de entre 12 a 18 años de cárcel luego de comprobarse que cada uno cumplía una funciona específica del esquema de tráfico intencional de cocaína.
Se trata del piloto aviador de nacionalidad brasileña Paulo Vicente Freitas Tavares, quien fue condenado a la pena privativa de libertad de 18 años de cárcel. El piloto fue identificado como el responsable de traer desde Bolivia la carga de droga y aterrizar en Paraguay donde se procesaba para luego enviarla al Brasil. Fue sentenciado por tenencia sin autorización de sustancias estupefacientes, tráfico de drogas y asociación criminal.
Los demás condenados son Carlos Antonio Mendieta Ortiz también uno de los pilotos encargados de traficar la droga del vecino país. Según quedo demostrado era el encargado de la planificación, logística y supervisar las avionetas que operaban para el grupo criminal Primer Comando Capital.
Mientras que Rafael Sanabria Martínez, recibía la carga de droga desde Bolivia y la transportaba vía terrestre por territorio nacional. Su función era la operatividad y ajustes logísticos.
Javier Alexis Frutos Pérez era responsable de coordinar los vuelos, las pistas a ser utilizadas específicamente en los departamentos de Amambay, Alto Paraguay y Concepción. Estos 3 últimos fueron sentenciados a penas de 12 años de cárcel también por tenencia sin Autorización de sustancias estupefacientes, tráfico de drogas y asociación criminal.
El 29 de mayo de 2017 estas personas fueron detenidas con 513 kg de cocaína encontradas dentro de una avioneta que acababa de aterrizar en una pista clandestina de Bella Vista Norte, departamento de Amambay.
El fiscal Marcelo Pecci sostuvo que los condenados estaban al servicio del Primer Comando Capital (PCC) de Brasil. Recaudaba cerca de 3.500.000 de dólares al mes y se calcula que realizaban como mínimo 20 vuelos mensuales.
El Tribunal de Sentencia estuvo integrado por las juezas Gloria Hermosa, Mesalina Fernández y Dina Marchuk.
Fundan asociación de estudios en bioética, bioderecho y DD. HH.
Lo conforma un equipo de abogados egresados del Diplomado en Bioética – Bioderecho y Derechos Humanos (Capital) de la Escuela Judicial.
La creación de dicha nucleación tiene como fin promocionar el estudio de la bioética, el bioderecho y los derechos humanos en el ámbito jurídico, académico, social y político a nivel nacional e internacional.
Anunciaron que pronto darán a conocer en detalles las actividades académicas tales como seminarios, charlas, al igual que otras actividades sumergidas en el ambicioso proyecto.
Así también se dará a conocer la marca APEBIODH por sus siglas, al igual que su sitio web para estar a disposición de los interesados una vez suscripto el estatuto.
El doctor Esteban Kriskovich y la doctora Carmen Escurra son los rostros visibles de dicha Asociación.
Invasión de Inmueble: Aplicar prisión dependerá de cada juez
Aplicación de la prisión queda a criterio de cada magistrado, dice juez coordinador.
En comunicación con Judiciales NET el doctor Rolando Duarte, juez coordinador de los juzgados de Garantía de Capital, fue tajante al señalar que cada juez obrará según cada caso que se plantee en su juzgado para aplicar o no la prisión a los imputados por el hecho punible de invasión de inmueble cuya expectativa de pena fue elevada a diez años.
“Hoy en día los jueces tienen muy en cuenta lo que dicta la ley 6.350/19 que modificó la prohibición de aplicación de medidas en casos considerados crímenes, no es determinante que el hecho punible sea considerado crimen, dependerá de cada juez, de cada circunstancia”.
“Se tiene muy en cuenta la alta expectativa de pena lo que produce es un peligro de fuga, en tal sentido siguiendo la Constitución Nacional, la ley modificatoria y la reciente acordada de la Corte Suprema de Justicia para decidir sobre la correcta aplicación de medidas cautelares, reitero dependerá de cada magistrado” concluyó Duarte.
Abogado “Leopardo”, cuenta con nuevo defensor
El abogado Alfredo Delgado asumió la defensa de Valentín Domínguez, alias Leopardo.
Al asumir Delgado requirió varias diligencias a favor de su representado ante el Ministerio Público y ante el juzgado que lleva el caso para que se pida informe a la DIMABEL.
El profesional sostiene que demostrará que su cliente no realizó ningún disparo y que las armas incautadas no forman parte de la perpetración de ningún hecho punible y tampoco pertenecen al Estado.
Domínguez, está imputado por violación de ley de armas, producción de riesgos comunes y resistencia.
“Vemos que es una causa que no tiene sustento, estimamos que esto es una persecución por las numerosas denuncias que realizó el señor Valentín Domínguez por hechos de corrupción contra la policía” sostuvo el nuevo defensor Alfredo Delgado.
Por último, dijo que cuando tengan el informe de la DIMABEL, pedirá la libertad de su representado.
Elevar la penal no sirvió para disminuir hechos punibles
El abogado penalista Ricardo Preda sostuvo en Judiciales TV, que elevar las penas no genera solución.
“La idea de modificación del marco penal busca un efecto persuasivo, la experiencia enseña que elevar las penas no han surtido efecto en cuanto a disminuir la comisión de este tipo hechos punibles” Mencionó Preda.
Agregó que la invasión de inmueble fuese debidamente castigada con la legislación anterior, no haría falta que hoy se llegue a esta situación de ampliar la pena a diez años de cárcel.
Mencionó que la impunidad es lo que debe de evitarse para generar un efecto persuasivo en las personas que cometen este tipo hechos.
Manifestó que ya se han ampliado las penas, por secuestro, violencia familiar y otros hechos punibles que no han evitado o disminuido la comisión de los estos tipos penales.
El sistema penal no está en condiciones de acoger a nuevos reos, afirman
Así lo dijo el doctor Rubén Maciel viceministro de política criminal del Ministerio de Justicia a Judiciales TV.
Mencionó que la característica principal de nuestras penitenciarias es el hacinamiento, por ende, no están en condiciones de seguir recibiendo a nuevos reos.
“No estamos en las mejores condiciones de recibir a cualquier persona imputada por cualquier tipo hecho punible, siempre eso hace que sea más dificultoso la gestión y el cumplimiento de los fines de la aplicación de la prisión preventiva o la condena” mencionó Maciel.
Esto al referirse sobre el aumento de la pena por invasión de inmueble ajeno que podría llegar hasta los diez años de cárcel, es decir, es un tipo penal considerado un crimen, por ende es más difícil que el magistrado otorgue medidas alternativas a la prisión a los imputados por este hecho punible.
Por otra parte, el viceministro recomendó hacer basarse en estudios para tomar decisiones como lo es aumento de la punibilidad, “Lo que tiene más impacto, antes de la crueldad de la pena es la efectividad de su aplicación, independientemente de la gravedad o no de la condena, eso resulta mucho más disuasivo y ya lo eso lo tenemos constatado” concluyó.
Promulgada la polémica ley de invasión
El presidente Mario Abdo Benítez promulgó la ley que aumenta la pena hasta 10 años por invasión de inmueble.
Esta misma mañana el Ejecutivo promulgó la ley que sancionada ayer en la Cámara Baja, en menos de 24 horas Abdo aprobó los cambios en la normativa.
En conferencia de prensa, el jefe de Gabinete Federico Hutteman y la ministra de Justicia explicaron los alcances de la ley hoy modificada.
“La modificación que tenemos con esta promulgación es del marco penal que va de seis meses a 6 años en el tipo base, con el agravante que aumenta la condena hasta diez años de cárcel, eso no implica la aplicación automática de la prisión preventiva, debe ser el juez el que debe analizar los presupuestos para decretar o no la prisión preventiva” refirió la ministra de Justicia Cecilia Pérez quien brindó los detalles de la promulgación de la ley.
Esta modificación generó un amplio debate en todos los sectores de la sociedad ya que se criminaliza la invasión de inmueble ajeno.
Este tipo penal ya está penado en nuestra ley y hoy tiene un aumento de la pena carcelaria por este tipo penal.
Corte ratifica vigencia del artículo 150 del CPC
En la planaria el ministro Alberto Martínez Simón habló sobre un fallo que incumplió dicho artículo.
“Recibimos a través de distintos medios una información preocupante sobre un fallo que deja de aplicar el art 150 del Código Procesal Civil, que es un artículo esencial al trabajo de los abogados como todos los artículos que hacen referencia a los plazos”.
“Los abogados toman muy en cuenta el tiempo dentro del proceso y los actos de notificación, porque de eso depende incluso la pérdida de algún derecho”.
“Este artículo 150 del CPC, establece un periodo de gracia de hasta el día hábil siguiente a las 9 de la mañana, por demás es clara la norma”.
“Ninguna cuestión referente al plazo fue modificado para el tratamiento electrónico de los procesos, queremos dejar en claro sobre la postura irrestricta de la Corte, queremos que llegue el mensaje a los magistrados y camaristas, de este criterio unánime sobre este punto” manifestó Martínez Simón.
Por último, manifestó el ministro que se trata de un solo fallo que ha dicho lo contrario y que quieren dejar en claro el criterio de la Corte con la vigencia irrestricta del artículo 150 del CPC.
Violencia Familiar: Solo el 35% llega al sistema penal
En declaraciones a Judiciales TV el doctor Ricardo Merlo brindó detalles de esta preocupante situación.
Manifestó que los números que se ve reflejado en nuestro sistema judicial respecto a este flagelo, solo es el 35% de los casos que suceden en nuestro país.
Las cifras de reincidencia también son muy alarmantes refirió, ya que nunca disminuyó la repetición de estos hechos por parte de los autores.
Señaló que existe un porcentaje muy importante de mujeres que no volvía a denunciar un total de 34%, por estar amenazada y un 42 % por insatisfacción de la respuesta del sistema penal.
“Llegamos a 60% de reincidencia no denunciado, hay que trabajar en la respuesta en cuanto al tratamiento del victimario, se tiene que proteger no solo a la víctima, también se debe trabajar con el autor”.
“El 75% de las denunciantes mencionaron como factor acelerante del proceso de violencia, la ingesta de bebidas alcohólicas, la otra es la ira, el autor, no sabe cómo dialogar y cualquier cuestionamiento ya es una detonante para reaccionar”.
“La clave es poner una mirada importante hacia el agresor, sin dejar de lado a la víctima para que asuma su responsabilidad sobre los hechos para someterse a un tratamiento psiquiátrico, psicológico y de adicción” señaló ep entrevistado a nuestro medio.
Por último, Merlo refirió que se tiene una lista negra en este tipo de hechos punibles por la forma herrada en que se encara al victimario para supere sus problemas de adicción y de ira.
