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Aumentan las denuncias por abandono de adultos mayores: casi 2.000 casos en tres años

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Una investigación realizada por el Departamento de Estadísticas del Ministerio Público, mediante la técnica del muestreo, permitió delinear el perfil de las víctimas del hecho punible de Violación del Deber de Cuidado de Ancianos, exponiendo una realidad alarmante sobre la situación de las personas de la tercera edad en Paraguay.

En el contexto de las fiestas de Fin de Año, el informe cobra especial relevancia al revelar que, entre enero y noviembre de los años 2023, 2024 y 2025, se registraron 1.944 denuncias a nivel nacional por este delito. Las cifras interpelan directamente a la sociedad y plantean una pregunta inevitable: ¿en manos de quiénes se encuentran hoy los adultos mayores y cómo atraviesan estas fechas tradicionalmente asociadas al encuentro familiar?

De acuerdo con el análisis del Observatorio del Ministerio Público, en el año 2023 se ingresaron 558 denuncias, de las cuales 82 casos fueron analizados para identificar el perfil de las víctimas. En 2024, las denuncias aumentaron a 684, con 90 casos estudiados, mientras que en 2025, siempre hasta el mes de noviembre, se reportaron 702 denuncias, de las cuales también se tomaron 90 muestras. El reporte evidencia que los casos en perjuicio de este sector vulnerable van en aumento sostenido.

En los últimos tres años, más del 95 % de las denuncias involucra a una sola víctima, y en promedio, el 89 % de los casos tiene como afectados directos a adultos mayores.

En cuanto a la edad, durante el 2023, el 48 % de las víctimas tenía entre 70 y 79 años. En 2024, ese grupo etario representó el 34 %, mientras que en 2025 la mayor cantidad de víctimas se concentró en el rango de 80 a 89 años, lo que refleja un agravamiento del abandono en edades más avanzadas.

Respecto al sexo, en 2023 predominaron las víctimas varones; en 2024 se registró una paridad del 50 % entre hombres y mujeres; y en 2025, nuevamente los varones figuran como mayoría entre los afectados.

El informe revela que las víctimas, en su mayoría, padecen enfermedades graves o crónicas. No obstante, los porcentajes muestran una disminución progresiva: del 79 % en 2023, al 69 % en 2024, y al 55 % en 2025.

Aun así, la situación sigue siendo crítica: el 95 % de las víctimas presenta imposibilidad de valerse por sí mismas, mientras que el resto padece enfermedades neurológicas o mentales, lo que incrementa su dependencia y exposición al abandono.

Según el Observatorio, las mujeres figuran como las principales responsables del hecho punible en los últimos tres años, aunque en 2024 se registró una distribución equitativa, con 50 % de denuncias contra varones.

El promedio de edad de los presuntos responsables se sitúa entre 30 y 44 años, representando el 39 % del total.

En cuanto al parentesco, el informe señala que los hijos e hijas encabezan la lista de responsables, seguidos por hermanos y hermanas, padres y madres. También se registran casos que involucran a sobrinos y cónyuges.

El informe del Departamento de Estadísticas indica que los familiares cercanos encabezan la lista de denunciantes, seguidos por la Policía Nacional, la Defensoría Pública, así como amigos y vecinos, quienes alertan sobre situaciones de abandono y vulneración de derechos.

La investigación del Ministerio Público deja al descubierto una realidad dolorosa que se agudiza en fechas sensibles como las fiestas de fin de año, y plantea la urgente necesidad de fortalecer la protección, el cuidado y la responsabilidad familiar y social hacia los adultos mayores.

El Poder Judicial emitió 567 mil resoluciones en el 2025

Entre enero y octubre de 2025, los juzgados y tribunales de todo el país registraron una intensa actividad jurisdiccional, con un total de 567.842 resoluciones dictadas, según datos estadísticos oficiales. Las cifras reflejan el volumen de trabajo desarrollado por el sistema judicial durante el periodo analizado.

Del total de resoluciones emitidas, 234.366 correspondieron a causas concluidas, mientras que 323.098 fueron resoluciones no conclusivas, vinculadas a expedientes aún en trámite. A ello se suman 10.378 resoluciones administrativas, lo que da cuenta no solo del movimiento procesal, sino también de la gestión interna de los magistrados.

En cuanto a los juicios ingresados, se registraron 261.839 nuevos procesos en el periodo comprendido, consolidando un alto flujo de causas en las distintas instancias del Poder Judicial.

Por su parte, la Corte Suprema de Justicia, a través de sus tres Salas y cuatro Secretarías, informó el inicio de 3.280 juicios, además de la emisión de 4.135 autos interlocutorios y 1.698 acuerdos y sentencias.

Asimismo, en el Tribunal Contencioso Administrativo–Tribunal de Cuentas se iniciaron 829 juicios, dictándose 1.473 autos interlocutorios y 564 acuerdos y sentencias.

Los datos estadísticos consolidan el nivel de producción judicial alcanzado durante los primeros diez meses del año y permiten dimensionar tanto la cantidad de causas ingresadas y la cantidad de resoluciones emitidas en todo el país.

La justicia aún debe reparar a las víctimas de la mafia de pagarés

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La abogada Noelia Núñez, representante legal de un grupo de afectados por el esquema conocido como la mafia de pagarés, instó a la Corte Suprema de Justicia incorporar una mirada humana en el abordaje del caso. En ese sentido, sostuvo que, además del avance penal, es urgente que el sistema judicial impulse acciones concretas para atender el grave daño psicológico sufrido por quienes fueron despojados de sus haberes durante años.

Núñez planteó la necesidad de conformar mesas de trabajo interdisciplinarias, con participación de profesionales de la salud mental, que permitan acompañar y contener a las víctimas tras haber atravesado situaciones críticas marcadas por embargos salariales y jubilatorios abusivos. “La justicia no puede limitarse solo a sancionar; también debe hacerse cargo de las secuelas humanas que dejó este esquema criminal”, remarcó.

La abogada reconoció como positivo el avance registrado hasta ahora en los procesos penales abiertos, pero advirtió que ese progreso resulta incompleto si no se contempla la asistencia integral a los afectados. “Más allá de las responsabilidades penales y las sanciones que puedan recaer sobre quienes actuaron dolosamente, no se puede dejar de lado a las personas que aún hoy siguen lidiando con las consecuencias emocionales y psicológicas de este atropello”, subrayó.

Asimismo, Núñez afirmó que el caso ha tenido un impacto profundo en la credibilidad del sistema judicial. “Estamos ante una causa de una envergadura tal que dañó seriamente la imagen de la justicia y de sus operadores. Si bien desde el Poder Judicial se han impulsado iniciativas para depurar expedientes y promover propuestas legislativas, sigue pendiente la asistencia profesional a las víctimas de uno de los esquemas criminales más vergonzosos de los últimos tiempos”, enfatizó.

En un mensaje contundente, la abogada sostuvo que el abordaje del daño humano es clave para comenzar a reconstruir la confianza ciudadana. “Este caso quedará en la historia. Las víctimas necesitan un gesto de sensibilidad por parte de sus autoridades. Eso es lo que realmente puede generar un impacto positivo y contribuir a limpiar la imagen de la justicia. Es un trabajo arduo, pero ineludible”, afirmó.

Finalmente, Núñez calificó el esquema como un “genocidio silencioso”, al señalar que dejó sueños truncados y vidas devastadas. “Hay personas con la salud mental gravemente afectada. Más allá de los avances procesales, debemos trabajar en cómo recomponer a esos ciudadanos, atender a las víctimas y generar espacios de diálogo y contención que les brinden herramientas para seguir adelante”, concluyó.

La causa conocida como la mafia de pagarés involucra a cerca de 70 imputados, algunos ya con procesos elevados a juicio oral y público, mientras otros aguardan la audiencia preliminar. Se trata de un esquema de despojo instalado en juzgados de Paz de la capital, donde jueces están acusados de actuar en connivencia con casas de cobranza para ejecutar embargos salariales y jubilatorios, incluso sin notificación previa a los afectados y con montos inflados por deudas mínimas, como la compra de un electrodoméstico.

Bernardo Elizaur imputado por presunto pedido de coima, renunció a su cargo

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La Corte Suprema de Justicia aceptó la renuncia del hoy exagente fiscal Bernardo Javier Elizaur y declaró vacante su cargo. El hombre está sospechado de haber solicitado una fuerte suma de dinero para beneficiar con una salida alternativa al juicio oral a un procesado en su unidad fiscal.

Bernardo Javier Elizaur, de la Unidad Penal de Emboscada, fue imputado por cohecho pasivo agravado, tras ser denunciado por supuestamente solicitar inicialmente 10 millones de guaraníes, cantidad que luego habría ido aumentando con el tiempo, para favorecer a un imputado por lesión grave. La causa está a cargo de la fiscal especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción, Yeimi Adle.

De acuerdo con la investigación, el presunto pedido de dinero se habría realizado a través de mensajes de texto enviados por su asistente, Lilian Andrea Florenciano, a la abogada defensora del imputado. Según la denuncia, la propuesta consistía en no presentar la acusación formal y facilitar una salida procesal favorable a cambio del pago del soborno.

Al no concretarse el desembolso, el fiscal habría presentado la acusación, pero posteriormente formuló un nuevo pedido de dinero, por un monto menor, con la promesa de allanarse a una suspensión condicional del procedimiento. Este segundo intento motivó la intervención de la Unidad Anticorrupción del Ministerio Público.

Ante la denuncia, la fiscal Yeimi Adle dispuso la realización de una entrega vigilada de dinero en la sede fiscal de Emboscada. Los billetes fueron fotocopiados y monitoreados por el Ministerio Público como parte del operativo.

Tras la transacción, se llevó a cabo un allanamiento en la oficina del fiscal, donde fueron incautados teléfonos celulares, equipos informáticos y dinero en efectivo. La sede fue posteriormente clausurada como parte de las diligencias de investigación.

Con base en los elementos recabados, la fiscal Adle formuló imputación contra ambos funcionarios: Bernardo Javier Elizaur fue imputado como autor del hecho punible de cohecho pasivo agravado, y Lilian Florenciano fue imputada como cómplice del mismo delito.

Justicia cumple con la tutela judicial ordenada en favor de reclusas del COMPLE

El juez penal de Ejecución, Juan Bautista Silva Ucedo, defendió la tutela jurisdiccional general que dictó en favor de todas las mujeres privadas de libertad del Centro Penitenciario de Mujeres COMPLE, tras la intervención realizada el 17 de octubre último, mediante la cual emplazó al Ministerio de Justicia a corregir las insuficiencias estructurales y de servicios básicos detectadas en el establecimiento.

Consultado sobre el plazo de 22 días hábiles otorgado al Ministerio de Justicia, cuyo vencimiento se produjo en noviembre y la ausencia de procesamientos o denuncias contra responsables, el magistrado explicó que el Ministerio se abocó a realizar adecuaciones conforme a los estándares internacionales, dentro de las limitaciones presupuestarias existentes.

Silva Ucedo señaló que la tutela jurisdiccional general abarcó solo una parte de la problemática que afecta a las internas, pero que durante el control penitenciario realizado el 22 de diciembre se corroboró el cumplimiento efectivo de las exigencias establecidas en la resolución judicial. En ese sentido, consideró razonable la necesidad de un mayor plazo para la adecuación integral del penal, teniendo en cuenta que se trata de un establecimiento recientemente habilitado.

En un mensaje con fuerte contenido humanitario, el juez recordó que estas fechas cercanas a la Navidad evocan el pasaje bíblico que señala: “Estuve en la cárcel y me visitaste”, remarcando que precisamente esas situaciones fueron observadas y atendidas mediante la tutela dispuesta.

El magistrado dejó en claro que su rol como juez Penal de Ejecución no es perseguir penalmente, sino garantizar la rehabilitación y la posterior reinserción social de las personas condenadas, para lo cual resulta imprescindible el respeto irrestricto de la dignidad humana, tal como lo establecen la Constitución Nacional, los tratados internacionales ratificados por el Paraguay y la legislación vigente.

Finalmente, Silva Ucedo advirtió que tanto en el COMPLE como en cualquier otro establecimiento penitenciario del país, de constatarse situaciones que vulneren las normativas legales y convencionales, las denuncias correspondientes serán realizadas ante las instituciones nacionales y los organismos internacionales competentes, reafirmando así su compromiso con la protección de los derechos de las personas privadas de libertad.

Sobreseen definitivamente a Ramón González Daher por denuncia falsa

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La Justicia resolvió el sobreseimiento definitivo del usurero luqueño Ramón González Daher en la causa por denuncia falsa, tras hacer lugar a la excepción de cosa juzgada planteada por su defensa, ejercida por los abogados Raquel Talavera y Erich Ratzlaff.

Los defensores argumentaron que su cliente ya fue juzgado y condenado por los mismos hechos en el juicio principal, en el que recibió una pena de 15 años de cárcel por usura y otros delitos, por lo que no correspondía la prosecución de un nuevo proceso penal.

La defensa técnica sostuvo además la incompetencia del Juzgado Penal de Garantías, señalando que el Tribunal de Sentencias se autoatribuyó competencia y jurisdicción sobre 155 causas en las que González Daher figuraba como denunciante, desplazando a jueces y fiscales naturales de sus respectivas jurisdicciones. Asimismo, alegó la existencia de un impedimento constitucional de cosa juzgada, dado que el imputado ya fue juzgado y condenado el 17 de diciembre de 2021, por el artículo 289 del Código Penal, configurándose la triple identidad de sujeto, objeto y causa, requisito esencial para la aplicación de dicho instituto.

En su resolución, el tribunal señala que, conforme a las constancias obrantes en autos, quedó acreditado que el procesado ya fue sometido a juicio y condenado mediante la Sentencia Definitiva N.º 515, de fecha 17 de diciembre de 2021, dictada por el Tribunal Colegiado de Sentencias Especializado, integrado por las magistradas Claudia Criscioni, como presidenta, y Yolanda Portillo y Yolanda Morel, como miembros titulares, por el mismo hecho punible investigado en la presente causa.

El fallo invoca el principio constitucional del “Non Bis In Idem”, consagrado en el artículo 17, inciso 4.º de la Constitución Nacional, que prohíbe juzgar a una persona más de una vez por el mismo hecho, en concordancia con el artículo 8 del Código Penal, que establece que nadie puede ser procesado ni condenado sino una sola vez por el mismo hecho.

Asimismo, se destaca que la agente fiscal Sandra Ledesma, responsable de la investigación, presentó un requerimiento de sobreseimiento definitivo a favor de Ramón Mario González Daher, al reconocer la existencia de una sentencia firme previa por los mismos hechos.

Finalmente, el juzgado concluye que, al no poder formularse acusación alguna contra el imputado debido a la existencia de una sentencia definitiva condenatoria previa, corresponde hacer lugar a la desvinculación definitiva de González Daher de esta causa.

Sala Penal registra más expedientes y destaca avances para reducir la mora judicial

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La ministra Carolina Llanes presentó ante el pleno de la Corte Suprema de Justicia un informe detallado sobre el movimiento de expedientes ingresados a la Sala Penal, en el que destacó un aumento tanto en el ingreso de causas como en la cantidad de resoluciones dictadas durante el año 2025, así como la implementación de herramientas que permiten agilizar los procesos.

Según explicó, en el año 2025 ingresaron 1.592 expedientes a la Sala Penal, lo que representa un incremento del 7 % en comparación con el año anterior. En cuanto a la producción jurisdiccional, indicó que desde el 1 de enero hasta el 17 de diciembre se dictaron 934 autos interlocutorios y 702 acuerdos y sentencias, totalizando 1.636 resoluciones. Esta cifra implica un aumento del 18 % en el dictamiento de resoluciones respecto al 2024.

Durante su exposición, la ministra resaltó especialmente la aplicación del denominado “trámite simplificado” en el tratamiento de los planteamientos casacionales. Explicó que esta herramienta se utiliza en aquellos casos en los que, por unanimidad, la Sala Penal decide rechazar los recursos por su notoria e indudable improcedencia, lo que permite otorgarles un procedimiento más breve.

Precisó que, entre los expedientes iniciados en 2024, se identificaron 295 planteamientos casacionales susceptibles de este trámite simplificado. En tanto, en 2025 ingresaron 755 expedientes individualizados para casación, de los cuales 535 ya fueron o serán resueltos casi en su totalidad mediante este mecanismo, restando alrededor de 200 expedientes para su conclusión.

La ministra Llanes subrayó que la aplicación del trámite simplificado genera un importante ahorro de tiempo y recursos, ya que procesos que anteriormente podían demorar entre cuatro y seis meses desde el ingreso hasta la resolución final, actualmente se resuelven en un plazo estimado de 15 a 20 días.

Finalmente, destacó que esta herramienta constituye un avance significativo en la competencia penal, al contribuir de manera concreta a combatir la mora judicial y a agilizar las resoluciones, fortaleciendo así la eficiencia del sistema de justicia.

Promulgan la Ley de Arbitraje y Peña analiza su implementación con la Corte Suprema

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley N.º 7561 de Arbitraje, una normativa que establece el marco legal para la aplicación del arbitraje privado, tanto a nivel nacional como internacional, con el objetivo de fortalecer los mecanismos alternativos de resolución de conflictos en el país.

La ley, sancionada por el Congreso Nacional, define el ámbito de aplicación del arbitraje y precisa que podrá utilizarse en controversias de contenido patrimonial y transigible, así como en aquellos casos autorizados por la ley o por tratados y acuerdos internacionales ratificados por la República del Paraguay. Asimismo, aclara que sus disposiciones se aplicarán cuando el lugar del arbitraje se encuentre en territorio nacional, sin perjuicio de ciertos artículos que también tendrán vigencia aun cuando el arbitraje se realice fuera del país.

La normativa excluye expresamente del arbitraje las controversias relacionadas con relaciones laborales individuales, aunque contempla la posibilidad de someter a este mecanismo las disputas vinculadas a deportistas profesionales, conforme a lo que establezca la Secretaría Nacional de Deportes y la Ley del Deporte.

Uno de los puntos destacados de la ley es la habilitación para que organismos y entidades del Estado, así como sociedades anónimas con participación estatal, municipalidades y entidades binacionales, puedan someter a arbitraje sus contratos y controversias con particulares, siempre que la cuestión no se rija exclusivamente por el derecho público. En estos casos, el arbitraje será de derecho y deberá respetar el principio de publicidad.

En el marco de la promulgación de esta normativa, el presidente de la República, Santiago Peña, mantuvo una reunión con los ministros de la Corte Suprema de Justicia, en la que abordaron los alcances e implicancias de la nueva Ley de Arbitraje, así como su impacto en el sistema judicial y en la seguridad jurídica del país.

Desde el Gobierno señalan que la nueva legislación busca agilizar la resolución de conflictos, reducir la sobrecarga del sistema judicial y posicionar a Paraguay como un destino más confiable para las inversiones, mediante reglas claras y modernas en materia de arbitraje.

Violencia familiar y delitos patrimoniales encabezan las causas penales en 2025

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En el informe de gestión 2025 del Poder Judicial, se detalla los 10 hechos punibles más frecuentes registrados entre enero y octubre del presente año. El reporte confirma que la violencia familiar continúa siendo el delito con mayor incidencia, seguido por ilícitos contra la propiedad y el incumplimiento de obligaciones legales.

De acuerdo con los datos consolidados, ingresaron 4.625 causas por violencia familiar, posicionándose como la principal carga operativa de los juzgados penales. Le siguen el hurto agravado, con 3.156 expedientes, y el incumplimiento del deber legal alimentario, que alcanzó 2.963 causas. En cuarto lugar se ubica la exposición al peligro en el tránsito terrestre, con 2.205 procesos iniciados.

El informe también registra 1.222 causas por tráfico de drogas, 1.084 por abuso sexual en niños y 973 por robo agravado, tipologías que concentran una parte significativa del trabajo judicial y demandan recursos especializados para su tramitación.

Según la Dirección de Estadísticas del Poder Judicial, los juzgados de Paz acumularon 25.692 expedientes vinculados a violencia doméstica y contra la mujer. En tanto, los juzgados de Garantías procesaron 4.625 causas por violencia familiar, además de 18 casos de feminicidio y 34 tentativas de feminicidio, cifras que reflejan la persistencia de la problemática y la necesidad de respuestas integrales.

En materia de delitos complejos, se tramitaron 16 causas por hechos de corrupción, 14 por lavado de activos y 3 por terrorismo, asociadas a estructuras de crimen organizado. Asimismo, los expedientes ingresados conforme a la Ley N.º 1881 sumaron 1.222 casos en los juzgados penales del país.

El balance oficial subraya que estos indicadores permiten dimensionar la carga real del sistema penal y orientar la planificación de políticas judiciales, con énfasis en prevención, protección a víctimas y fortalecimiento institucional para una respuesta más eficiente.

Condenan a Joaquín Roa Burgos a ocho años de prisión por direccionar licitaciones en la SEN

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El Tribunal de Sentencia presidido por la magistrada Elsa García condenó por unanimidad a Joaquín Roa Burgos, exministro de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN), a ocho años de cárcel tras comprobarse en juicio oral y público que direccionó licitaciones para su beneficio personal y el de terceros.

Además de la pena privativa de libertad, el tribunal dispuso el comiso de un yate perteneciente al condenado y la prohibición de ejercer cargos públicos por cinco años. La ejecución de la condena quedará supeditada hasta que el fallo quede firme.

En la misma causa fue condenado Alberto Koube Ayala, amigo del exministro, a seis años de prisión. Los jueces dieron por acreditados los hechos expuestos por el Ministerio Público, que sostuvo la acusación durante un extenso debate.

Roa Burgos fue hallado culpable de lesión de confianza, administración en provecho propio, lavado de dinero, asociación criminal y cohecho pasivo agravado. En tanto, Koube Ayala fue condenado por asociación criminal, lesión de confianza en calidad de cómplice y lavado de dinero.
Según el fallo, ambos causaron un perjuicio patrimonial a la SEN cercano a G. 16.000 millones, principalmente a través de contratos de alquiler de camiones y provisión de chapas.

La acusación fiscal relata que, entre 2018 y 2021, Roa Burgos quien se desempeñaba como ministro desde 2013, adjudicó millonarias licitaciones y contrataciones a favor de Koube Ayala por un monto superior a G. 16.000 millones, con el objetivo de obtener beneficios económicos conjuntos a costa de fondos públicos, conformando una asociación criminal.

Las adjudicaciones se canalizaron a través de empresas vinculadas a Koube, como Grupo Tapyracuai S.A., y de un entramado de firmas y personas relacionadas, entre ellas JPA Logística, Noemacol, Sofimac, Joaquín Núñez y Katerine Ayala, entre otros. Para el tribunal, el propósito fue desviar recursos de la SEN para beneficios indebidos, incluyendo la adquisición de una embarcación AZ 42 valuada en USD 450.000 y la percepción de diversas sumas de dinero.

La fiscalía había solicitado 10 años de prisión para Roa Burgos; sin embargo, el tribunal consideró que la pena justa era de ocho años. El colegiado estuvo integrado por Adriana Planas y Sonia Sánchez, junto con la jueza presidenta Elsa García.

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