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Sobreseen definitivamente a Ramón González Daher por denuncia falsa

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La Justicia resolvió el sobreseimiento definitivo del usurero luqueño Ramón González Daher en la causa por denuncia falsa, tras hacer lugar a la excepción de cosa juzgada planteada por su defensa, ejercida por los abogados Raquel Talavera y Erich Ratzlaff.

Los defensores argumentaron que su cliente ya fue juzgado y condenado por los mismos hechos en el juicio principal, en el que recibió una pena de 15 años de cárcel por usura y otros delitos, por lo que no correspondía la prosecución de un nuevo proceso penal.

La defensa técnica sostuvo además la incompetencia del Juzgado Penal de Garantías, señalando que el Tribunal de Sentencias se autoatribuyó competencia y jurisdicción sobre 155 causas en las que González Daher figuraba como denunciante, desplazando a jueces y fiscales naturales de sus respectivas jurisdicciones. Asimismo, alegó la existencia de un impedimento constitucional de cosa juzgada, dado que el imputado ya fue juzgado y condenado el 17 de diciembre de 2021, por el artículo 289 del Código Penal, configurándose la triple identidad de sujeto, objeto y causa, requisito esencial para la aplicación de dicho instituto.

En su resolución, el tribunal señala que, conforme a las constancias obrantes en autos, quedó acreditado que el procesado ya fue sometido a juicio y condenado mediante la Sentencia Definitiva N.º 515, de fecha 17 de diciembre de 2021, dictada por el Tribunal Colegiado de Sentencias Especializado, integrado por las magistradas Claudia Criscioni, como presidenta, y Yolanda Portillo y Yolanda Morel, como miembros titulares, por el mismo hecho punible investigado en la presente causa.

El fallo invoca el principio constitucional del “Non Bis In Idem”, consagrado en el artículo 17, inciso 4.º de la Constitución Nacional, que prohíbe juzgar a una persona más de una vez por el mismo hecho, en concordancia con el artículo 8 del Código Penal, que establece que nadie puede ser procesado ni condenado sino una sola vez por el mismo hecho.

Asimismo, se destaca que la agente fiscal Sandra Ledesma, responsable de la investigación, presentó un requerimiento de sobreseimiento definitivo a favor de Ramón Mario González Daher, al reconocer la existencia de una sentencia firme previa por los mismos hechos.

Finalmente, el juzgado concluye que, al no poder formularse acusación alguna contra el imputado debido a la existencia de una sentencia definitiva condenatoria previa, corresponde hacer lugar a la desvinculación definitiva de González Daher de esta causa.

Sala Penal registra más expedientes y destaca avances para reducir la mora judicial

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La ministra Carolina Llanes presentó ante el pleno de la Corte Suprema de Justicia un informe detallado sobre el movimiento de expedientes ingresados a la Sala Penal, en el que destacó un aumento tanto en el ingreso de causas como en la cantidad de resoluciones dictadas durante el año 2025, así como la implementación de herramientas que permiten agilizar los procesos.

Según explicó, en el año 2025 ingresaron 1.592 expedientes a la Sala Penal, lo que representa un incremento del 7 % en comparación con el año anterior. En cuanto a la producción jurisdiccional, indicó que desde el 1 de enero hasta el 17 de diciembre se dictaron 934 autos interlocutorios y 702 acuerdos y sentencias, totalizando 1.636 resoluciones. Esta cifra implica un aumento del 18 % en el dictamiento de resoluciones respecto al 2024.

Durante su exposición, la ministra resaltó especialmente la aplicación del denominado “trámite simplificado” en el tratamiento de los planteamientos casacionales. Explicó que esta herramienta se utiliza en aquellos casos en los que, por unanimidad, la Sala Penal decide rechazar los recursos por su notoria e indudable improcedencia, lo que permite otorgarles un procedimiento más breve.

Precisó que, entre los expedientes iniciados en 2024, se identificaron 295 planteamientos casacionales susceptibles de este trámite simplificado. En tanto, en 2025 ingresaron 755 expedientes individualizados para casación, de los cuales 535 ya fueron o serán resueltos casi en su totalidad mediante este mecanismo, restando alrededor de 200 expedientes para su conclusión.

La ministra Llanes subrayó que la aplicación del trámite simplificado genera un importante ahorro de tiempo y recursos, ya que procesos que anteriormente podían demorar entre cuatro y seis meses desde el ingreso hasta la resolución final, actualmente se resuelven en un plazo estimado de 15 a 20 días.

Finalmente, destacó que esta herramienta constituye un avance significativo en la competencia penal, al contribuir de manera concreta a combatir la mora judicial y a agilizar las resoluciones, fortaleciendo así la eficiencia del sistema de justicia.

Promulgan la Ley de Arbitraje y Peña analiza su implementación con la Corte Suprema

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley N.º 7561 de Arbitraje, una normativa que establece el marco legal para la aplicación del arbitraje privado, tanto a nivel nacional como internacional, con el objetivo de fortalecer los mecanismos alternativos de resolución de conflictos en el país.

La ley, sancionada por el Congreso Nacional, define el ámbito de aplicación del arbitraje y precisa que podrá utilizarse en controversias de contenido patrimonial y transigible, así como en aquellos casos autorizados por la ley o por tratados y acuerdos internacionales ratificados por la República del Paraguay. Asimismo, aclara que sus disposiciones se aplicarán cuando el lugar del arbitraje se encuentre en territorio nacional, sin perjuicio de ciertos artículos que también tendrán vigencia aun cuando el arbitraje se realice fuera del país.

La normativa excluye expresamente del arbitraje las controversias relacionadas con relaciones laborales individuales, aunque contempla la posibilidad de someter a este mecanismo las disputas vinculadas a deportistas profesionales, conforme a lo que establezca la Secretaría Nacional de Deportes y la Ley del Deporte.

Uno de los puntos destacados de la ley es la habilitación para que organismos y entidades del Estado, así como sociedades anónimas con participación estatal, municipalidades y entidades binacionales, puedan someter a arbitraje sus contratos y controversias con particulares, siempre que la cuestión no se rija exclusivamente por el derecho público. En estos casos, el arbitraje será de derecho y deberá respetar el principio de publicidad.

En el marco de la promulgación de esta normativa, el presidente de la República, Santiago Peña, mantuvo una reunión con los ministros de la Corte Suprema de Justicia, en la que abordaron los alcances e implicancias de la nueva Ley de Arbitraje, así como su impacto en el sistema judicial y en la seguridad jurídica del país.

Desde el Gobierno señalan que la nueva legislación busca agilizar la resolución de conflictos, reducir la sobrecarga del sistema judicial y posicionar a Paraguay como un destino más confiable para las inversiones, mediante reglas claras y modernas en materia de arbitraje.

Violencia familiar y delitos patrimoniales encabezan las causas penales en 2025

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En el informe de gestión 2025 del Poder Judicial, se detalla los 10 hechos punibles más frecuentes registrados entre enero y octubre del presente año. El reporte confirma que la violencia familiar continúa siendo el delito con mayor incidencia, seguido por ilícitos contra la propiedad y el incumplimiento de obligaciones legales.

De acuerdo con los datos consolidados, ingresaron 4.625 causas por violencia familiar, posicionándose como la principal carga operativa de los juzgados penales. Le siguen el hurto agravado, con 3.156 expedientes, y el incumplimiento del deber legal alimentario, que alcanzó 2.963 causas. En cuarto lugar se ubica la exposición al peligro en el tránsito terrestre, con 2.205 procesos iniciados.

El informe también registra 1.222 causas por tráfico de drogas, 1.084 por abuso sexual en niños y 973 por robo agravado, tipologías que concentran una parte significativa del trabajo judicial y demandan recursos especializados para su tramitación.

Según la Dirección de Estadísticas del Poder Judicial, los juzgados de Paz acumularon 25.692 expedientes vinculados a violencia doméstica y contra la mujer. En tanto, los juzgados de Garantías procesaron 4.625 causas por violencia familiar, además de 18 casos de feminicidio y 34 tentativas de feminicidio, cifras que reflejan la persistencia de la problemática y la necesidad de respuestas integrales.

En materia de delitos complejos, se tramitaron 16 causas por hechos de corrupción, 14 por lavado de activos y 3 por terrorismo, asociadas a estructuras de crimen organizado. Asimismo, los expedientes ingresados conforme a la Ley N.º 1881 sumaron 1.222 casos en los juzgados penales del país.

El balance oficial subraya que estos indicadores permiten dimensionar la carga real del sistema penal y orientar la planificación de políticas judiciales, con énfasis en prevención, protección a víctimas y fortalecimiento institucional para una respuesta más eficiente.

Condenan a Joaquín Roa Burgos a ocho años de prisión por direccionar licitaciones en la SEN

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El Tribunal de Sentencia presidido por la magistrada Elsa García condenó por unanimidad a Joaquín Roa Burgos, exministro de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN), a ocho años de cárcel tras comprobarse en juicio oral y público que direccionó licitaciones para su beneficio personal y el de terceros.

Además de la pena privativa de libertad, el tribunal dispuso el comiso de un yate perteneciente al condenado y la prohibición de ejercer cargos públicos por cinco años. La ejecución de la condena quedará supeditada hasta que el fallo quede firme.

En la misma causa fue condenado Alberto Koube Ayala, amigo del exministro, a seis años de prisión. Los jueces dieron por acreditados los hechos expuestos por el Ministerio Público, que sostuvo la acusación durante un extenso debate.

Roa Burgos fue hallado culpable de lesión de confianza, administración en provecho propio, lavado de dinero, asociación criminal y cohecho pasivo agravado. En tanto, Koube Ayala fue condenado por asociación criminal, lesión de confianza en calidad de cómplice y lavado de dinero.
Según el fallo, ambos causaron un perjuicio patrimonial a la SEN cercano a G. 16.000 millones, principalmente a través de contratos de alquiler de camiones y provisión de chapas.

La acusación fiscal relata que, entre 2018 y 2021, Roa Burgos quien se desempeñaba como ministro desde 2013, adjudicó millonarias licitaciones y contrataciones a favor de Koube Ayala por un monto superior a G. 16.000 millones, con el objetivo de obtener beneficios económicos conjuntos a costa de fondos públicos, conformando una asociación criminal.

Las adjudicaciones se canalizaron a través de empresas vinculadas a Koube, como Grupo Tapyracuai S.A., y de un entramado de firmas y personas relacionadas, entre ellas JPA Logística, Noemacol, Sofimac, Joaquín Núñez y Katerine Ayala, entre otros. Para el tribunal, el propósito fue desviar recursos de la SEN para beneficios indebidos, incluyendo la adquisición de una embarcación AZ 42 valuada en USD 450.000 y la percepción de diversas sumas de dinero.

La fiscalía había solicitado 10 años de prisión para Roa Burgos; sin embargo, el tribunal consideró que la pena justa era de ocho años. El colegiado estuvo integrado por Adriana Planas y Sonia Sánchez, junto con la jueza presidenta Elsa García.

Diesel presentó informe de gestión y destacó avances en «transparencia»

El presidente de la Corte Suprema de Justicia, César Diesel, presentó su informe de gestión correspondiente al último período, en el que expuso los principales ejes que guiaron el funcionamiento del Poder Judicial, con énfasis en la modernización tecnológica, el fortalecimiento de los controles internos y la adopción de medidas para garantizar reglas claras y transparencia en el servicio de justicia.

Durante su intervención, Diesel subrayó que la administración judicial no puede responder a improvisaciones ni a coyunturas políticas, sino que debe sostenerse en procedimientos formales, control permanente y continuidad institucional. En ese sentido, afirmó que el informe presentado busca “mostrar el interior de una organización que funciona, que se evalúa y que verifica constantemente sus procesos, rectificándolos cuando corresponde, dentro del marco de la Constitución y las leyes”.

Uno de los puntos centrales del balance fue el proceso de digitalización del sistema judicial. Según detalló, este avance permitió la realización de alrededor de seis millones de actuaciones electrónicas, consolidando una transformación profunda en la gestión de expedientes y en el acceso a los servicios judiciales en todo el país. El presidente de la Corte remarcó que sostener el servicio de justicia implica garantizar su presencia efectiva en todas las circunscripciones, atendiendo realidades diversas y demandas permanentes.

El informe también abordó las acciones implementadas en el marco de los juicios ejecutivos, orientadas a evitar la continuidad de prácticas irregulares vinculadas a la denominada “mafia de los pagarés”. Estas medidas se complementaron con el fortalecimiento de los controles internos mediante auditorías, como parte de una política institucional orientada a la prevención y corrección de desvíos.

Diesel insistió en que la conducción del Poder Judicial va más allá de la administración de recursos, ya que supone tomar decisiones responsables, preservar la autonomía funcional y garantizar derechos. En ese marco, destacó el trabajo cotidiano de magistrados y funcionarios judiciales, tanto en la capital como en el interior del país, cuyo esfuerzo colectivo señaló permite que las reglas se apliquen y que el servicio de justicia llegue efectivamente a la ciudadanía.

En materia de rendición de cuentas, reconoció que ninguna institución está exenta de desafíos y que el perfeccionamiento del sistema judicial requiere un examen constante, correcciones prudentes y decisiones orientadas a mejorar su desempeño. Como parte de esa proyección, anunció la elaboración del Plan Estratégico Institucional 2026–2030, concebido como una hoja de ruta para ordenar prioridades, consolidar aprendizajes y orientar las decisiones del próximo período.

Finalmente, el presidente de la Corte sostuvo que la continuidad institucional no implica rigidez, sino una evolución sostenida que respete los principios de una administración de justicia independiente, eficiente y transparente, siempre apegada a la Constitución. En ese contexto, agradeció a los ministros de la Corte, al Consejo de Superintendencia, al pleno del máximo tribunal y a las instituciones nacionales e internacionales que acompañan y articulan el trabajo del Poder Judicial.

Masiva concurrencia marcó el cierre de la muestra “Memorias del Buen Pastor”

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Con una masiva concurrencia de público, el Ministerio de Justicia dio por finalizada la exposición “Memorias del Buen Pastor: 106 años de historia”, que durante varios días se convirtió en un espacio de encuentro ciudadano, reflexión y valoración de la memoria colectiva.

El cierre contó con la participación del ministro de Justicia, Rodrigo Nicora, quien subrayó que la apertura del antiguo Buen Pastor a la comunidad representa un acto de reconocimiento histórico y de dignificación hacia quienes vivieron tras sus muros, al tiempo de resignificar el lugar como patrimonio cultural y social.

Entre el 15 y el 21 de diciembre, numerosas personas visitaron la Casa del Buen Pastor, recorriendo sus patios, galerías y salas, hoy transformadas en ámbitos dedicados a la memoria, el arte y el diálogo ciudadano, lejos de su pasado como centro penitenciario de mujeres.

Uno de los ejes centrales fue la muestra fotográfica “Hábitat”, compuesta por documentos, correspondencias y registros visuales que reflejaron la vida cotidiana en reclusión y los lazos humanos forjados en ese contexto. La propuesta ofreció una lectura artística y crítica del pasado del lugar, invitando a una reflexión profunda sobre la memoria y la experiencia del encierro.

La agenda cultural incluyó además la actividad “Enigma tras las rejas”, una experiencia de visitas guiadas con recursos teatrales y narrativos que permitieron a los asistentes conocer la historia del ex penal desde una mirada sensible y escénica. A esto se sumaron las presentaciones del coro “Rosa Virginia”, que aportaron una atmósfera emotiva al recorrido.

Durante dos jornadas de conversatorios, se promovió el intercambio de ideas en torno a la memoria institucional, las vivencias de las mujeres privadas de libertad y la reflexión sobre justicia, género y derechos humanos, generando un espacio abierto de participación ciudadana.

También formó parte de la programación una feria de productos penitenciarios, donde se expusieron y comercializaron artículos elaborados por mujeres privadas de libertad de distintos centros del país, visibilizando los talleres de reinserción y las iniciativas orientadas a la inclusión social y a las segundas oportunidades.

El acompañamiento constante del público confirmó el interés social por este tipo de propuestas que recuperan la historia y la vinculan con los desafíos actuales en materia de derechos humanos y reintegración social. Del acto participaron, además, el viceministro de Política Criminal, Rubén Maciel, y otras autoridades.

La exposición fue organizada por el Ministerio de Justicia junto al Proyecto Social Corazón Libre del Movimiento Peregrino, con financiamiento de la Unión Europea y el respaldo del Centro de Estudios Judiciales, la Secretaría Nacional de Cultura y la Municipalidad de Asunción, a través de su Dirección de Cultura y Turismo, además del apoyo de Asunshow.

Con su clausura, “Memorias del Buen Pastor” dejó en claro que la memoria no se agota en una exposición: permanece viva cada vez que la sociedad decide revisar su pasado, aprender de él y transformarlo en una herramienta para construir un futuro más justo e inclusivo.

Agenda presidencial y Corte Suprema: un problema de transparencia

Durante un pódcast oficial y en un intercambio directo con periodistas, el presidente Santiago Peña confirmó haber mantenido encuentros con ministros de la Corte Suprema de Justicia al margen de una agenda pública formal, declaraciones que reactivaron un debate de alto impacto institucional sobre los límites constitucionales del diálogo entre poderes, el deber de transparencia en la gestión pública y la preservación de la independencia judicial.

El eje del cuestionamiento no reside en la existencia de reuniones interinstitucionales que forman parte del funcionamiento normal del Estado sino en la negativa expresa del Poder Ejecutivo a informar sobre su realización, contenido y criterios de publicidad, bajo el argumento genérico de razones de seguridad y privacidad.

La Constitución Nacional estructura el sistema republicano sobre la división y equilibrio de los poderes del Estado (artículo 3). Desde esa lógica, la coordinación entre órganos no es solo legítima, sino necesaria. Sin embargo, la opacidad deliberada en los contactos entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial introduce una zona de riesgo institucional, al debilitar los mecanismos de control ciudadano y la confianza pública.

En este punto, el derecho de acceso a la información pública adquiere un rol central. La Ley N.º 5282/14 consagra el principio de máxima divulgación, estableciendo que toda información en poder del Estado se presume pública, y que las excepciones deben ser restrictivas, específicas y debidamente motivadas. La sola invocación de “seguridad” o “privacidad” sin fundamentación concreta no satisface los estándares legales ni constitucionales para excluir información vinculada a actos de gestión pública.

Las agendas oficiales, reuniones institucionales y contactos entre poderes del Estado constituyen información de interés público, especialmente cuando involucran a autoridades con funciones constitucionalmente sensibles.

Más allá del plano informativo, el aspecto más delicado del caso se proyecta sobre la independencia judicial, garantizada por la Constitución (artículo 248) y desarrollada por los estándares éticos del propio Poder Judicial.

El Código de Ética Judicial no se limita a exigir independencia real, sino que incorpora un criterio más exigente: la apariencia de imparcialidad. En términos institucionales, no basta con que los jueces actúen sin presiones; también deben evitar conductas que razonablemente puedan generar dudas sobre su autonomía.

Las reuniones reservadas con el Poder Ejecutivo, sin registro público ni explicación institucional, no requieren prueba de interferencia concreta para resultar problemáticas. El solo hecho de que se desarrollen en un marco de opacidad es suficiente para erosionar la confianza en la separación funcional de los poderes.

En sistemas republicanos, cuanto mayor es la jerarquía del cargo, mayor es el deber de rendición de cuentas. El Presidente de la República no actúa como un ciudadano privado cuando recibe a otros poderes del Estado: actúa como jefe del Ejecutivo, y sus decisiones comunicacionales tienen impacto constitucional.

La discusión, por tanto, no es política ni mediática, sino jurídica:
¿hasta dónde puede llegar la reserva informativa en actos de gobierno?,
¿qué nivel de transparencia exige el principio republicano?,
¿y cómo se preserva la independencia judicial no solo frente a presiones reales, sino también frente a su percepción pública?

Lejos de tratarse de una polémica circunstancial, el episodio reabre un debate estructural sobre la cultura de transparencia del Estado paraguayo y los estándares con los que se evalúa la relación entre los poderes públicos.

El intercambio concluyó con una desestimación directa del cuestionamiento. Consultado sobre la relevancia institucional de la reunión con ministros de la Corte fuera de agenda, el Presidente sostuvo: “Estamos hablando de una pelotudez”. La frase sintetiza la distancia entre la concepción presidencial del tema y los estándares de control y transparencia exigidos en un sistema republicano.

Vía judicial obligan a Salud a proveer enfermera a domicilio

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno de Ciudad del Este, a cargo de la jueza Victoriana Cáceres Duarte, admitió una acción de amparo constitucional y, como medida cautelar de urgencia, ordenó al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social proveer personal de enfermería a domicilio por un lapso diario de doce horas, mientras se sustancia el proceso principal.

La providencia fue dictada al inicio del trámite, sin requerir previamente informe pormenorizado a la autoridad sanitaria demandada ni constatar la existencia de una negativa administrativa expresa. Tampoco se consignan en la resolución los datos clínicos específicos de la paciente ni la patología concreta que justificaría la necesidad de atención domiciliaria bajo la modalidad ordenada.

El juzgado fundó la medida en el artículo 5 de la Ley N.º 7340 de Cuidados Paliativos, que prevé la atención domiciliaria según los recursos disponibles del Estado. Sin embargo, en el caso no se verificó la disponibilidad real de personal de enfermería ni se ponderó el impacto que la reasignación de un recurso humano específico podría generar sobre la cobertura regular en hospitales y unidades de salud pública.

En su informe, el Ministerio de Salud cuestionó la medida cautelar por adelantar el análisis del fondo del amparo. Sostuvo que la cartera sanitaria no cuenta con un servicio permanente de enfermería domiciliaria, que el personal de enfermería integra la dotación hospitalaria y que no se acreditó el agotamiento de la instancia administrativa previa.

La defensa estatal solicitó la conformación de una junta médica, y alegó además que no se configura un acto de omisión manifiestamente ilegítimo en los términos del artículo 134 de la Constitución Nacional, y advirtió que la imposición judicial de asignar personal a domicilios particulares podría generar un efecto sistémico, al detraer recursos humanos esenciales de hospitales y servicios públicos de atención directa.

Justicia fija horarios especiales de visitas a personas privadas de libertad por Navidad y Año Nuevo

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Con el objetivo de facilitar el reencuentro familiar durante fechas de alta carga emocional, el Ministerio de Justicia dio a conocer el esquema de visitas habilitado en los establecimientos penitenciarios del país con motivo de las celebraciones de Navidad y fin de año.

Las franjas horarias fueron determinadas por las administraciones de cada penal, bajo estrictos protocolos de seguridad que garantizan el ingreso ordenado de los familiares. Desde la cartera estatal se informó que 19.660 personas privadas de libertad permanecerán en el sistema penitenciario durante estas fiestas, un periodo especialmente sensible desde el punto de vista humano y social.

Para este operativo, se dispuso un refuerzo de seguridad con apoyo de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, priorizando la prevención de incidentes y la protección tanto de los internos como del personal penitenciario y los visitantes. Asimismo, se resalta la participación de organizaciones civiles, religiosas y solidarias, cuyo acompañamiento contribuye a brindar contención y asistencia en estas fechas, promoviendo la convivencia y el respeto dentro de los centros de reclusión.

Penal de Minga Guazú (máxima seguridad):
24 de diciembre: Módulo 1, de 09:00 a 12:00, Módulo 2, de 13:00 a 16:00.
25 de diciembre: Módulo 3, de 09:00 a 12:00, Módulo 4, de 13:00 a 16:00.
26 de diciembre: Módulo 5, de 09:00 a 12:00, Módulo 6, de 13:00 a 16:00.
27 de diciembre: Módulo 7, de 09:00 a 12:00.

Complejo Penitenciario (COMPLE):
24 de diciembre: Módulo 1, de 08:00 a 10:30, Módulo 3, de 11:00 a 13:30, Módulo 5, de 14:00 a 16:30, Módulo 7, de 17:00 a 18:00.
25 de diciembre: Módulo 2, de 08:00 a 10:30, Módulo 4, de 11:30 a 14:00, Módulo 6, de 14:00 a 17:30.

Centro de Rehabilitación Social Martín Mendoza:
24 de diciembre: Módulo 4, de 10:00 a 12:00, conyugal de 13:00 a 15:00, Módulo 5, de 10:00 a 12:00, conyugal de 13:00 a 15:00.
25 de diciembre: Módulo 7, de 10:00 a 12:00, conyugal de 10:00 a 15:00.
31 de diciembre: Módulo 4, de 10:00 a 12:00, conyugal de 13:00 a 15:00, Módulo 5, de 10:00 a 12:00, conyugal de 13:00 a 15:00.
1 de enero: Módulo 7, de 10:00 a 12:00, conyugal de 10:00 a 12:00, Módulo 5, de 10:00 a 12:00, conyugal de 13:00 a 15:00, Módulo 4, de 11:30 a 14:00, Módulo 6, de 14:00 a 17:30.

Los horarios correspondientes a todos los demás penales del país pueden consultarse de manera detallada en la página web oficial del Ministerio de Justicia.

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