Tapabocas de Oro: Tribunal de apelaciones sobresee a Edgar Melgarejo

Un Tribunal de Apelación Penal anuló la acusación fiscal presentada contra Edgar Melgarejo Ginard y otros procesados. Por falta de indagatoria previa a los procesados y por acusar hechos no mencionados en la imputación inicial la cámara anula la acusación y desvincula definitivamente del caso a todos los procesados.

Con los votos de los camaristas Cristóbal Sánchez y Gustavo Auadre Canela, la Cámara de Apelación Penal anuló la acusación fiscal y ordenó el sobreseimiento definitivo de Edgar Melgarejo Ginard, Juan Carlos Turitich Báez, Marcelo Rubén Ovelar, Fernando José Gallardo, y Luz María Chamorro Báez, todos acusados en su momento por la presunta compra irregular de insumos en pandemia.

Según el voto en mayoría la acusación del Ministerio Público se apartó de la imputación inicial lo que hace que esta deficiente acusación sea insanable ya que tampoco pueda retrotraerse el proceso y enviar el expediente a la fiscalía general para acusar.

“Clara y contundente surge la conclusión de que la acusación se apartó de los términos de la imputación, en cuanto a fecha, monto del perjuicio, e incluso los detalles del hecho que representa y atribuye conductas a varias personas. La acusación presentada por la fiscalía adjunta en fecha 28/IV/2023, al casi cumplirse tres años de la inicial imputación, surge que los hechos consignados en dicha requisitoria difieren, o, no son los mismos al observar la imputación del 30/IV/2020 se extrae determinada y concisa atribución de conductas para los cinco funcionarios de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC)” señala el voto en mayoría.

La acusación del Ministerio Público versa sobre el sobrecosto en la adquisición de tapabocas durante la pandemia, lo que ha causado un perjuicio patrimonial al Estado de más de G 119 millones.

Esta es una de tantas causas abiertas por hechos de corrupción cometidos durante la pandemia con la compra de insumos que debían destinarse para paliar la enfermedad.

El camarista José Waldir Servín votó en disidencia alegando que auto de apertura a juicio oral es inapelable.

Con la decisión de alzada, el caso queda sin castigo ya que se violó garantías de los procesados al cambiar los hechos iniciales en la acusación fiscal.

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