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Dos años del fallo que censuró al medio RDN y Christian Chena

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Este 12 de enero se cumple el segundo aniversario de la decisión judicial que impuso una medida de censura al empresario Christian Chena y al medio digital RDN, en un fallo que generó una fuerte controversia por su impacto en la libertad de expresión y de prensa en Paraguay.

“Un día como hoy, 12 de enero de 2024, la jueza de paz de Trinidad Gloria Machuca había dictado su sentencia censurando a Christian Chena y al medio digital RDN por retuitear información de interés público relacionada a supuestos hechos de corrupción del actual embajador de Paraguay en Taiwán, Darío Filártiga, y su esposa Gisele Mousqués de Filártiga, mientras estaba al frente del IPS”, recordó la abogada especialista Alejandra Peralta Merlo, representante legal del empresario y del medio afectado.

La resolución, dictada al amparo de la Ley N° 5.777/16 de protección integral a la mujer, prohibió durante 365 días cualquier publicación o comentario que involucrara a Gisele Mousqués, quien había sido señalada en un video replicado por RDN como presunta recaudadora de porcentajes en licitaciones del Instituto de Previsión Social (IPS). La denunciante alegó que la difusión del material constituía “violencia contra la mujer”, pese a que el contenido abordaba presuntas irregularidades de evidente interés público.

En abril de 2024, el fallo fue revocado en segunda instancia por la jueza de Primera Instancia Rossana Frutos Olguín. “En el mes de abril de ese año logramos revertir el aberrante fallo de Machuca por medio de la resolución dictada por la jueza Rossana Frutos Olguín, quien entre otras cosas determinó que se habían cometido graves violaciones al debido proceso, además de censura previa”, subrayó Peralta Merlo.

En su resolución, Frutos Olguín sostuvo que la medida inicial configuraba una censura previa, incompatible con un sistema democrático, y remarcó que el material difundido por Chena y RDN se encontraba protegido por la libertad de expresión, especialmente al tratarse de denuncias vinculadas a posibles hechos de corrupción.

Pese a la revocatoria, Mousqués promovió una acción de inconstitucionalidad contra dicha decisión, la cual hasta la fecha no ha sido resuelta por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. El ministro César Diesel figura como preopinante en la causa.

Si bien la medida de censura perdió vigencia el 12 de enero del año pasado, la abogada advierte que la falta de un pronunciamiento definitivo mantiene vigente la preocupación por la libertad de prensa. En ese sentido, Alejandra Peralta Merlo señaló que ha presentado varios urgimientos ante la Corte Suprema en busca de una definición final del caso.

“Para nosotros, hoy es un día para recordar que la libertad de expresión se defiende y la corrupción se combate”, concluyó la abogada.

Un joven logra borrar judicialmente el apellido paterno tras años de abandono

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El Abogado Rodrigo Rafael Ayala González, defensor público en lo Civil, Laboral y de la Niñez y Adolescencia en Hernandarias, representó a un joven mayor de edad para presentar una demanda de supresión de apellido paterno, debido al abandono sufrido por parte de su padre desde que tenía un año de edad.

A partir de la resolución judicial, el joven portará únicamente el apellido de su madre en todos sus documentos personales.

El joven, nacido el 27 de febrero de 2007, fue registrado y reconocido por ambos progenitores en el Registro del Estado Civil de l las Personas. Sin embargo, desde el año de vida no tuvo contacto con su padre, lo que motivó su solicitud para usar únicamente el apellido materno.

Ayala González, fundamentó la acción en los artículos 45 y 235 del Código Civil y en la Ley N° 985/96, argumentando que el derecho al nombre es una expresión de la identidad personal y protege la imagen del individuo, conforme al artículo 25 de la Constitución Nacional. Además, explicó que el nombre acompaña la construcción de la identidad en la vida social y permite la identificación personal.

Como evidencia del abandono paterno, se presentaron fotografías, comprobantes de pago de escolaridad a cargo exclusivo de la madre, y certificados de antecedentes penales y policiales del joven, quien actualmente cursa estudios universitarios.

El juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno de Hernandarias, Juan Adalberto Roa Irala, hizo lugar a la demanda. La resolución se basó en los argumentos de la Defensa Pública y en el dictamen favorable del Ministerio Público. Se ordenó la modificación del Acta de Nacimiento para suprimir el apellido paterno y se comunicó la decisión al Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional.

La Ley N° 1/92, modificada por la Ley N° 985/96, establece que los hijos, al alcanzar la mayoría de edad y hasta los 21 años, pueden solicitar judicialmente, por justa causa, el uso de un solo apellido o invertir el orden de los apellidos. Asimismo, el artículo 42 del Código Civil garantiza que cualquier cambio de nombre o apellido debe ser autorizado por un juez y estar justificado.

Esta resolución permite al joven reconstruir su identidad y reflejar en sus documentos solo el vínculo activo y significativo de su madre.

Integración del RUN interrumpirá servicios registrales este martes

La Dirección General de los Registros Públicos comunica a los usuarios que, como parte del proceso de puesta en marcha del Registro Unificado Nacional (RUN), se llevarán a cabo tareas técnicas programadas junto con la Dirección General del Servicio Nacional de Catastro (DGSNC). Estos trabajos se realizarán este martes 13 de enero de 2026 y estarán orientados a la actualización, integración de sistemas y fortalecimiento de la infraestructura tecnológica.

En el marco de estas labores, se informa que durante dicha jornada se dispondrá la suspensión temporal de la atención al público en las ventanillas de Mesa de Entrada y Salida de todas las oficinas registrales y catastrales, tanto en la Capital como en las dependencias del interior del país. Asimismo, se verá interrumpido de manera transitoria el acceso y funcionamiento de la plataforma SIGRE.

De igual forma, se elevará a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) la solicitud para que los plazos registrales con vencimiento el martes 13 de enero de 2026 sean prorrogados hasta el miércoles 14 de enero de 2026, a fin de no generar inconvenientes a los usuarios.

Se aclara que la Dirección del Registro del Automotor, la Dirección de Marcas y Señales, así como la fiscalización electrónica de tasas judiciales, operarán con normalidad, ya que no se encuentran alcanzadas por esta suspensión.

La Dirección General de los Registros Públicos destaca que estas acciones son indispensables para garantizar una implementación ordenada, segura y eficiente de las nuevas herramientas tecnológicas asociadas al RUN. Piden comprensión a los usuarios ante los eventuales inconvenientes que pudieran generarse durante este proceso.

El arte como camino a la reinserción

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En el marco del acuerdo de cooperación entre el Ministerio de Justicia y el Instituto Nacional del Audiovisual Paraguayo (INAP), se llevó adelante el proyecto “Historias que Liberan”, una iniciativa de alto valor social que permitió a personas privadas de libertad de la Penitenciaría Regional de Itapuá (CERESO) concretar el rodaje de dos cortometrajes dentro de su propio contexto de encierro.

La experiencia puso en primer plano la importancia de la expresión artística y del lenguaje audiovisual como herramientas reales de inclusión, desarrollo personal y preparación para la reinserción social.

El proyecto fue el resultado de un proceso integral de formación audiovisual desarrollado previamente en la institución penitenciaria, del cual participaron 27 personas privadas de libertad: 7 mujeres y 20 varones. A través de esta capacitación, las y los participantes no solo adquirieron conocimientos técnicos, sino que también encontraron un espacio para fortalecer su autoestima, creatividad y trabajo en equipo.

Durante el proceso, accedieron a instancias formativas en escritura creativa, actuación, producción, manejo de cámara, fotografía, música y postproducción, con una metodología que combinó contenidos teóricos y prácticos, especialmente adaptados a la realidad del contexto penitenciario.

Los guiones de ambos cortometrajes fueron creados por las propias personas privadas de libertad, reafirmando su rol protagónico en el proyecto. Además, dos participantes estuvieron a cargo de la composición de la música original del cortometraje titulado “Una moneda”, fortaleciendo aún más el sentido de autoría y pertenencia de la obra.

Es importante resaltar que los dos cortometrajes participarán en festivales audiovisuales tanto nacionales como internacionales, representando al Paraguay, gracias a las alianzas estratégicas que mantiene el INAP con instituciones del sector audiovisual.

A lo largo de todo el proceso, los participantes contaron con la orientación técnica del equipo del INAP y el acompañamiento permanente de funcionarios del Área de Bienestar y Reinserción Social del CERESO, garantizando un entorno de contención, aprendizaje y compromiso institucional.

La actividad contó con la presencia de la Directora de Reinserción Social, Rosalía González; el Director del Penal, Pedro Rodas; el Coordinador de Reinserción del CERESO, Hugo Riveros; y la Coordinadora Ana Morales, quienes destacaron el impacto positivo de este tipo de iniciativas en los procesos de rehabilitación.

Paraguay registra un total de 1.281 agresores sexuales

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Según el informe del Registro Nacional de Agresores Sexuales (RAS), en Paraguay existe un total de 1.281 personas con condenas firmes por abuso sexual contra niños. Este reporte corresponde al cierre de diciembre del año pasado.

De los 1.281 registrados, 26 son mujeres y 1.255 varones. En el período comprendido entre enero y diciembre se emitieron 127.230 informes.

El Registro Nacional de Agresores Sexuales de niños, niñas y adolescentes (RAS) es un registro permanente de personas que cuentan con condenas firmes y ejecutoriadas por abuso sexual contra niños o por tentativa de este hecho punible.

El objetivo principal del Registro de Agresores Sexuales es prevenir el contacto directo o indirecto de niños, niñas y adolescentes con personas condenadas por hechos punibles de índole sexual.

Las entidades que pueden requerir el certificado en línea del RAS son: instituciones educativas, colegios, escuelas, instituciones religiosas, escuelas de arte, escuelas deportivas, asociaciones, fundaciones cuyas tareas estén vinculadas a niños y adolescentes, centros de salud, hospitales, entidades de abrigo, familias acogedoras, familias sustitutas o postulantes a la adopción. Igualmente, pueden solicitarlo agentes penitenciarios y docentes de centros educativos.

Asimismo, podrán requerir el certificado funcionarios públicos y municipales que trabajen con niños, defensores públicos de la niñez, funcionarios de juzgados de la niñez del Ministerio Público, así como todas aquellas personas que desempeñen funciones en el fuero especializado de la niñez y la adolescencia.

La Corte Suprema de Justicia desarrolló una plataforma digital para facilitar la solicitud en línea del Registro de Agresores Sexuales (RAS), con el objetivo de mejorar los servicios de información judicial y en cumplimiento de la Ley N.º 6572/2020 y la Acordada N.º 1570/2021. Esta herramienta permite obtener el documento de manera gratuita, rápida y sin necesidad de contar con usuario ni contraseña, simplificando significativamente el proceso para la ciudadanía.

El procedimiento es sencillo: el solicitante solo debe ingresar su número de cédula de identidad y el código IC (ubicado al dorso del documento). Una vez procesada la solicitud, el certificado estará disponible para su descarga gratuita en formato PDF. Cabe resaltar que este documento se emite únicamente para personas no inscritas en el Registro de Agresores Sexuales de Niños, Niñas y Adolescentes, garantizando así su utilidad y seguridad.

Servicio de Mediación permanece activo durante la Feria Judicial

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La Dirección de Mediación de la Corte Suprema de Justicia comunica a la ciudadanía que el servicio de mediación continúa funcionando sin interrupciones durante la Feria Judicial 2026, tanto en la Capital como en las distintas circunscripciones judiciales del interior del país, reafirmando así su compromiso con el acceso oportuno a la justicia.

Durante todo el mes de enero, la atención al público se realiza en el horario especial de 07:00 a 13:00 horas, garantizando la continuidad de este mecanismo alternativo de solución de conflictos aun en el periodo de receso judicial.

La dependencia recuerda que la mediación es un servicio completamente gratuito, orientado a la resolución rápida y eficaz de controversias, lo que permite no solo brindar respuestas oportunas a los usuarios, sino también descongestionar el sistema judicial, generando un ahorro considerable de tiempo y costos para las partes involucradas.

Las personas interesadas en acceder al servicio o recibir mayor información pueden comunicarse al (021) 480 860, interno 3486, o acudir directamente a las oficinas de Mediación habilitadas en las sedes judiciales de todo el país.

En términos de gestión, la Dirección de Mediación registró entre enero y octubre de 2025 un total de 16.167 casos judiciales y extrajudiciales en todo el país. De esa cifra, 6.969 procesos concluyeron con acuerdos satisfactorios entre las partes, confirmando el impacto positivo de la mediación como una alternativa real para descomprimir los tribunales y ofrecer soluciones más rápidas y consensuadas a la ciudadanía.

La aplicación de la prisión preventiva exige resoluciones debidamente fundadas, afirman

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El juez penal de garantías José Agustín Delmás fue categórico al referirse al uso de la prisión preventiva en el sistema penal, al remarcar que se trata de una medida excepcional que no puede aplicarse de manera automática ni como respuesta a la presión social, sino que debe estar estrictamente fundada conforme a la ley.

“El juez es responsable de su resolución judicial”, afirmó Delmás, subrayando que cada decisión judicial conlleva una carga institucional y jurídica que no admite improvisaciones. En ese sentido, sostuvo que decretar una prisión preventiva exige una motivación clara y concreta, que explique por qué se priva de libertad a una persona que aún no ha sido condenada.

“Yo creo que hay que fundamentar adecuadamente esa resolución para decir por qué se está decretando la prisión preventiva de una persona”, insistió el magistrado, marcando distancia de prácticas que, en la realidad cotidiana, terminan convirtiendo la prisión preventiva en una regla y no en una excepción.

Delmás reconoció que existen casos en los que la prisión preventiva resulta prácticamente inevitable, como en hechos vinculados al crimen organizado o al narcotráfico. “Es difícil que una persona que se le encuentre en su casa con diez kilos de cocaína, se le dé una medida alternativa”, explicó, señalando que allí el peligro de fuga aparece claramente configurado debido al elevado marco penal.

No obstante, fue enfático al aclarar que esa lógica no puede trasladarse automáticamente a todos los procesos penales. “En los otros procesos, ¿cómo yo sé si va a obstruir la investigación?”, planteó, recordando que la ley exige la concurrencia conjunta de tres presupuestos fundamentales para decretar la prisión preventiva.

“Si vamos a ver lo que dice la ley, dice claramente que hay que reunir los tres requisitos, los tres presupuestos, a los efectos de decretar la prisión preventiva, el peligro de fuga, obstrucción a la justicia y peligrosidad del hecho punible en forma conjunta, y si falta alguno de esos, ya no debería decretarse”, afirmó con claridad.

El juez explicó que, en la práctica, muchas veces la gravedad del hecho punible y el marco penal elevado terminan siendo utilizados como justificación suficiente.

Delmás también se refirió a una realidad poco reconocida dentro del sistema judicial: el temor de los magistrados a otorgar medidas alternativas en determinados casos. “A veces te da un poco de miedo de dar medidas alternativas en casos especialmente de tipos penales que aparentemente pueden ser graves”, admitió, mencionando delitos como lesión grave, tentativa de homicidio doloso o violencia familiar.

En ese contexto, valoró herramientas legales como la aplicación de dispositivos electrónicos, que permiten evitar el encarcelamiento preventivo cuando se dan ciertos presupuestos. “Esta es una opción, una herramienta legal para el magistrado a los efectos de buscar con esa herramienta no decretar una prisión preventiva”, destacó, recordando que hoy esta medida es aplicable no solo en casos de violencia familiar, sino también en estafas, hurtos agravados e incluso robos.

El magistrado no eludió el impacto social de las decisiones judiciales. Reconoció que cada resolución tiene consecuencias sociales, políticas e incluso económicas, y que el Poder Judicial carga con ese desgaste. “Quiera o no, nosotros somos la imagen del Poder Judicial”, expresó, aludiendo a las críticas frecuentes cuando un juez concede la libertad a una persona con antecedentes penales.

Sin embargo, Delmás fue tajante al reivindicar el modelo penal vigente. “Nosotros seguimos el derecho penal por el acto, no el derecho penal del autor”, explicó. Esto implica que las medidas cautelares deben basarse en el hecho concreto investigado, y no en la vida pasada del imputado», concluyó.

Con sus declaraciones, el juez José Agustín Delmás dejó una postura firme y técnica: la prisión preventiva no puede ser una respuesta automática ni un mensaje simbólico a la sociedad, sino una medida excepcional, debidamente fundada y respetuosa de los principios que rigen el Estado de Derecho.

Juicio oral al senador Erico Galeano sigue en etapa documental

En plena Feria Judicial, el senador colorado Erico Galeano compareció en tribunales para participar de su juicio oral, en el que se lo acusa por presuntos vínculos con el crimen organizado.

El juicio oral y público al senador Galeano continuó este viernes en la etapa documental, con la lectura de informes por parte del Ministerio Público, que busca una condena al legislador por presuntamente brindar logística al crimen organizado.

La audiencia se reanudó con la intervención del agente fiscal Deni Yoon Pak, quien destacó varios puntos contenidos en los informes que forman parte del expediente judicial y que ya fueron admitidos como prueba.

Esta etapa del juicio se extiende desde los últimos meses del año pasado, considerando el volumen de documentos que deben ser leídos y analizados por las partes, quienes resaltan aquellos aspectos que consideran relevantes ante el Tribunal de Sentencia encargado del caso.

El senador colorado Erico Galeano enfrenta cargos por los hechos punibles de asociación criminal y lavado de dinero, por su presunta colaboración con la estructura liderada por Miguel Ángel Insfrán, alias “Tío Rico”, y el narcotraficante uruguayo Sebastián Marset.

Según la Fiscalía, Galeano habría facilitado su avión a los mencionados líderes criminales para trasladarse dentro del territorio nacional, además de haber recibido pagos por dicha colaboración. Asimismo, se lo acusa de haber simulado la venta de su casa en el complejo Aqua Village por USD 1 millón, a favor de “Tío Rico”.

“Erico Galeano Segovia no solamente estuvo vinculado con la referida organización criminal por el acto de compraventa del inmueble en Aqua Village, sino que también brindó a los principales líderes, además de Miguel Ángel Insfrán, a Sebastián Enrique Marset Cabrera, entre otros, el medio de transporte de su propiedad para que los citados pudieran trasladarse dentro del territorio nacional”, señala parte del escrito de acusación que se debate en la audiencia.

Según la acusación fiscal, la participación de Galeano no fue aislada ni accidental, sino que formaba parte de una colaboración sostenida con la red criminal dedicada al tráfico internacional de cocaína.

Esta causa penal forma parte de un desprendimiento del operativo A Ultranza PY, considerado el mayor golpe al crimen organizado en la historia de Paraguay, con colaboración de agencias internacionales como la DEA, Europol, la Policía Uruguaya y la SENAD.

El operativo permitió desmantelar una red de narcotráfico y lavado de activos con ramificaciones internacionales, y derivó en la incautación de bienes por más de USD 150 millones, actualmente bajo administración de la Senabico.

El juicio está a cargo del Tribunal de Sentencia, conformado por el magistrado Pablino Barreto como presidente, y los jueces Inés Galarza y Juan Dávalos como miembros, quienes han convocado a las partes para el próximo 19 de enero a las 9:00 de la mañana para continuar con la audiencia.

Un viernes inusual de Feria Judicial con 12 juicios orales agendados

Este viernes se desarrollan 12 audiencias orales, un hecho poco común en plena Feria Judicial. Entre los casos más destacados se encuentra el juicio oral del senador Erico Galeano, acusado por supuestos vínculos con el crimen organizado, así como el juicio para los acusados en la causa A Ultranza.

El Tribunal de Sentencia integrado por los jueces María Luz Martínez, Dina Marchuk y Federico Rojas es el colegiado con mayor carga de trabajo, con ocho audiencias programadas para este viernes, todas con continuidad en la fecha. La saturación de los tribunales se evidencia incluso durante el receso judicial, ya que se mantienen las diligencias para evitar que la suspensión de más de diez días afecte el desarrollo de las audiencias iniciadas el año pasado.

Cabe recordar que este Tribunal de Sentencia se encarga exclusivamente de audiencias relacionadas con crimen organizado, lo que hace aún más preocupante las condiciones en que los magistrados deben cumplir sus funciones frente a este nivel de sobrecarga laboral.

Por su parte, otro tribunal, integrado por los jueces Pablo Barreto, Inés Galarza y Juan Dávalos, tiene previsto realizar cuatro juicios orales durante la misma jornada.

La saturación en esta etapa del proceso sigue siendo una gran preocupación para los administradores de justicia, no solo por el impacto en el desempeño de los jueces, sino también por la calidad del servicio de justicia, que se ve afectada por el volumen de casos que deben ser juzgados.

A esto se suma que los abogados, tanto públicos como particulares, también deben ajustar sus agendas para cumplir con estos juicios, que se desarrollan incluso en plena Feria Judicial.

Supuesto hombre de confianza de “Tío Rico” cumple prisión en la cárcel de Misiones

La jueza especializada Rosarito Montanía decretó la prisión preventiva de Mariano Daniel Genes Benítez, quien compareció ante su juzgado para la imposición de medidas. Tras la audiencia, se dispuso la reclusión del supuesto integrante del esquema de Miguel Insfrán, alias “Tío Rico”, recientemente detenido.

Según fuentes policiales, el hombre se desempeñaba como mecánico aviador y cumplía funciones logísticas y administrativas dentro de la organización criminal. Al momento de su aprehensión, el sospechoso portaba una cédula de identidad correspondiente a otra persona e intentó destruir su teléfono celular, con el aparente objetivo de eliminar evidencias.

Pese a ello, los intervinientes lograron incautar varios dispositivos móviles que serán sometidos a peritajes técnicos, ya que podrían contener información relevante sobre el funcionamiento y las operaciones del grupo criminal.

De acuerdo con los investigadores, Genes Benítez actuaba como un operador logístico clave dentro del esquema de Insfrán, con responsabilidades directas en la coordinación y supervisión del tráfico internacional de drogas. Entre sus funciones se encontraban la administración de pistas clandestinas en los departamentos de Presidente Hayes y San Pedro, la organización del transporte terrestre mediante vehículos con doble fondo y el control de depósitos ubicados en el Departamento Central, donde se almacenaban los cargamentos antes de su envío al exterior.

Asimismo, registros de interceptaciones telefónicas lo vinculan con otros miembros investigados en la causa. Dentro del entramado criminal, Genes Benítez cumplía el rol de director del tráfico interno, asegurando que la droga ingresada por vía aérea fuera redistribuida sin inconvenientes a través de rutas terrestres y centros de acopio, hasta su posterior salida hacia otros continentes.

La detención representa un nuevo avance en las investigaciones del caso “A Ultranza Py” y constituye un golpe directo a la estructura logística del narcotráfico organizado en el país, señalaron los intervinientes.

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