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El 16 de octubre vence plazo para apelar condena de Hernán Rivas

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La defensa de Hernán Rivas, encabezada por la abogada Alba Zaracho, tiene hasta el 16 de octubre para presentar el recurso de apelación contra la condena de ocho años de prisión impuesta al exsenador por la producción mediata y el uso de documentos públicos de contenido falso. El plazo comenzó a correr luego de que el Tribunal de Sentencia entregara la sentencia definitiva íntegra.

Zaracho ya accedió al fallo completo y analiza los fundamentos utilizados por el colegiado para establecer la responsabilidad penal de Rivas y la pena aplicada.

El Tribunal de Sentencia, integrado por María Fernanda García de Zúñiga, Yolanda Portillo y Juan Carlos Zárate, concluyó que durante el juicio oral no pudo acreditarse la trayectoria académica que Rivas sostuvo para presentarse como abogado. Según los fundamentos de la sentencia, las pruebas documentales y testimoniales demostraron que no existen elementos que respalden que haya cursado efectivamente la carrera de Derecho.

Los magistrados sentenciaron que Rivas es responsable de los hechos punibles de producción mediata de documentos públicos de contenido falso y uso de documentos públicos de contenido falso, en su modalidad agravada. García de Zúñiga y Portillo votaron por la pena de ocho años, mientras que Zárate sostuvo en disidencia que correspondía una condena de 14 años.

Uno de los puntos centrales del razonamiento del fallo fue precisamente la inexistencia de una trayectoria académica verificable. El colegiado sostuvo que las evidencias analizadas durante el debate oral permitieron concluir que Rivas no cursó ni aprobó la carrera de Derecho en los términos que constaban en los documentos utilizados para acreditar su condición profesional.

El fallo también cuestionó diversas inconsistencias relacionadas con las horas de clase, las sedes universitarias, los exámenes supuestamente rendidos y la ausencia de documentación académica que respaldara el recorrido universitario atribuido al condenado. Estos elementos fueron considerados por el Tribunal para sostener que la condición de abogado que Rivas acreditó mediante esos documentos no tenía sustento académico.

Ahora será la defensa la que deberá formular sus agravios ante el Tribunal de Apelación dentro del plazo legal. El recurso marcará el siguiente capítulo de un proceso que llegó a juicio oral después de que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia anulara en mayo de este año resoluciones que habían declarado la prescripción y dispuesto el sobreseimiento definitivo de Rivas, ordenando la continuidad del proceso.

Con el vencimiento fijado para el 16 de octubre, la defensa enfrenta ahora una instancia decisiva: deberá cuestionar los argumentos empleados por el Tribunal de Sentencia para sostener que Rivas utilizó documentación falsa para acreditar una condición profesional que, según la sentencia, nunca estuvo respaldada por una verdadera trayectoria universitaria.

En Capital realizaron el 57% de las preliminares previstas

La Dirección General de Auditoría de Gestión Jurisdiccional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dio a conocer el resultado del monitoreo de las audiencias preliminares realizadas entre el 29 de septiembre y el 2 de octubre de 2026 en los juzgados de la Capital.

El relevamiento abarcó a los Juzgados Penales de Garantías, de Delitos Económicos, de la Niñez y la Adolescencia y los especializados en Crimen Organizado.

Durante ese periodo estaban previstas 86 audiencias preliminares. De ese total, 49 fueron efectivamente realizadas, equivalente al 57%, mientras que 37 no pudieron concretarse, lo que representa el 43%.

El informe identifica como principal motivo de suspensión los pedidos de suspensión, que derivaron en 22 casos. A estos se suman 12 audiencias suspendidas por incomparecencia de alguna de las partes y otras tres por la interposición de recursos.

El seguimiento forma parte de las tareas de auditoría de la gestión jurisdiccional de la CSJ y permite conocer el nivel de cumplimiento de las audiencias fijadas por los juzgados, además de identificar las principales causas que impiden su realización.

Siete embargos menos para docente indígena

La defensora pública Laticia Casaccia consiguió nuevamente medidas favorables para María Estela Ozuna, una docente indígena que enfrenta diez juicios ejecutivos promovidos por Víctor Rotela y Carlos Barúa. La defensa ya había logrado la nulidad de uno de los procesos por irregularidades y ahora obtuvo el levantamiento de siete embargos que afectaban directamente el salario de la docente.

La ofensiva judicial emprendida por la defensora pública Laticia Casaccia permitió avanzar nuevamente en la protección de los derechos de María Estela Ozuna, docente indígena de General Bruguez que enfrenta múltiples procesos ejecutivos vinculados al esquema de pagarés que ha generado numerosas denuncias en los tribunales.

Ozuna tiene actualmente diez juicios ejecutivos promovidos por Víctor Rotela y Carlos Barúa, procesos en los que se habían dispuesto medidas cautelares que impactaban directamente sobre su salario.

A pedido de la defensa pública, fueron levantados siete de los diez embargos que pesaban sobre la remuneración de la docente, mientras continúan en trámite los demás procesos judiciales.

La nueva actuación de Casaccia se suma a una serie de resultados favorables obtenidos en representación de Ozuna. Previamente, la defensora logró que uno de los juicios fuera declarado nulo, luego de que durante la tramitación se detectaran irregularidades que comprometían la validez del proceso seguido contra la docente.

El salario, en el centro de la disputa

El levantamiento de los siete embargos representa un alivio para la afectada, debido a que las medidas recaían sobre su principal fuente de ingresos. Las decisiones adoptadas para frenar los embargos ya fueron notificados debidamente al MEC para que proceda a cumplirlas.

La defensa planteó ante los juzgados correspondientes la necesidad de dejar sin efecto las medidas cautelares mientras continúan los procesos ejecutivos y se analiza la situación jurídica de cada uno de los expedientes.

De esta manera, siete de los diez embargos fueron levantados, aunque los litigios aún no concluyeron en su totalidad.

El caso de Ozuna se inscribe en el escenario de numerosas causas judiciales relacionadas con pagarés y presuntas irregularidades en procesos ejecutivos, fenómeno que ha puesto bajo atención la utilización de documentos de deuda para promover acciones judiciales contra personas que, en varios casos, cuestionan haber contraído las obligaciones reclamadas o denuncian irregularidades en la documentación y en los procedimientos.

Una defensa que ya consiguió la nulidad de un juicio

Para Casaccia, el avance más significativo dentro del caso de Ozuna ya se había producido con la declaración de nulidad de uno de los procesos ejecutivos.

La decisión se sustentó en irregularidades detectadas durante la tramitación del juicio, según los planteamientos formulados por la defensa.

Mientras los restantes expedientes siguen su curso, la defensora continúa impulsando las acciones destinadas a resguardar los derechos de la docente y evitar que las medidas cautelares afecten de manera desproporcionada sus ingresos.

El levantamiento de los siete embargos constituye así un nuevo resultado favorable para la docente indígena, aunque los otros procesos ejecutivos todavía se encuentran pendientes de resolución.

El caso vuelve a poner en discusión el impacto que tienen las medidas cautelares sobre los salarios y la necesidad de que los procesos ejecutivos cumplan estrictamente con las garantías y requisitos establecidos por la legislación, particularmente cuando están comprometidos los ingresos de trabajadores utilizados para su subsistencia.

La absolución es también un acto de justicia, aseguran

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La absolución no significa ausencia de justicia. Para la jueza de Sentencia Lourdes Garcete, cuando las pruebas reunidas durante un proceso penal no permiten alcanzar el grado de certeza necesario para condenar, los magistrados tienen la obligación de absolver, aun cuando esa decisión pueda resultar impopular ante la sociedad.

“La absolución es, digamos, un mandato obligatorio para nosotros como juzgadores, cuando no podemos llegar a un estándar cercano a la certeza sobre la existencia del hecho”, explicó Garcete durante una entrevista concedida a Judiciales Net.

La magistrada señaló que el sistema penal no permite que un juez funde una condena únicamente en sus convicciones personales o en una intuición sobre lo ocurrido. Para llegar a una sentencia condenatoria, debe existir un respaldo probatorio suficiente que permita superar el estado de duda.

“Cuando las pruebas no nos permiten llegar a ese estándar de convicción, nosotros, definitivamente, como jueces, estamos obligados a absolver. Es el estado de duda. Puede ser que sí, puede ser que no haya ocurrido el hecho”, sostuvo.

Garcete explicó que incluso un juzgador puede tener la percepción personal de que un hecho ocurrió o de que una determinada persona pudo haber participado. Sin embargo, esa apreciación subjetiva no puede reemplazar la evidencia producida y valorada dentro del proceso.

“Puede ser que yo tenga la intuición de que realmente ocurrió el hecho o que la persona participó, pero nuestro modelo de enjuiciamiento, nuestro modelo de valoración de pruebas en particular, no nos permite a nosotros guiarnos por nuestras convicciones sencillamente”, afirmó.

En ese sentido, remarcó que una condena debe estar sustentada en el conjunto de elementos probatorios incorporados al proceso. “Nosotros tenemos que tener un apoyo probatorio para justificar una condena. Que es el cúmulo de pruebas”, indicó.

Una decisión de justicia, aunque no sea popular

La jueza también fue consultada sobre si una absolución puede ser entendida como un acto de justicia. Su respuesta fue contundente: “Claro que sí, yo creo que sí”.

Para Garcete, uno de los principales obstáculos para que la ciudadanía acepte este tipo de decisiones radica en la desconfianza que existe hacia las instituciones y, particularmente, hacia la administración de justicia. Esa desconfianza puede llevar a que una absolución sea interpretada automáticamente como falta de respuesta judicial, incluso cuando la decisión esté determinada por las reglas que rigen el proceso penal.

La magistrada consideró que esta dificultad también está relacionada con la necesidad de una mayor formación ciudadana respecto del funcionamiento del Estado de derecho. A su criterio, la educación cívica debe comenzar desde los primeros años, de manera que las personas comprendan tanto sus derechos como los límites que existen para el ejercicio del poder estatal.

En esa formación, sostuvo, debe explicarse que los conflictos no pueden resolverse mediante la justicia por mano propia y que el propio Estado, pese a contar con la potestad de sancionar los delitos, también tiene límites.

La reflexión pone en el centro una de las premisas fundamentales del proceso penal: el poder de castigar no es ilimitado. Cuando la prueba no alcanza para derribar el estado de duda, la respuesta judicial no puede construirse sobre intuiciones, presiones sociales o la necesidad de ofrecer un resultado que resulte satisfactorio para la opinión pública.

La absolución, desde esta perspectiva, no constituye necesariamente el fracaso del sistema de justicia. Puede ser también la consecuencia de que los propios límites establecidos por la ley impiden condenar a una persona cuando no existe suficiente respaldo probatorio para hacerlo.

El desafío, según el planteamiento de Garcete, está también en que la sociedad pueda comprender esa dimensión de la justicia penal: no toda decisión judicial que genera descontento es una decisión injusta, así como no toda condena satisface por sí misma la exigencia de justicia.

Extorsionan con la identidad de un fiscal, denuncian

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Un esquema de suplantación de identidad del agente fiscal Irán Suárez Galeano, de la Fiscalía Zonal de Villa Hayes, fue denunciado ante las autoridades luego de que desconocidos falsificaran su carnet institucional y utilizaran su nombre e imagen para contactar a familiares de personas procesadas y exigirles dinero.

El caso adquirió relevancia por el mecanismo utilizado por los responsables: no solo se habrían apropiado de la identidad del representante del Ministerio Público, sino que además emplearon su fotografía y datos personales para generar una apariencia de legitimidad en comunicaciones realizadas a través de WhatsApp.

Suárez Galeano informó que tomó conocimiento de la situación el pasado 22 de septiembre y, ante la gravedad de los hechos, presentó una denuncia penal para que se investigue la identidad de quienes estarían detrás de estas comunicaciones y el eventual alcance de la maniobra.

De acuerdo con los antecedentes puestos a conocimiento de las autoridades, los desconocidos utilizaron los números 0992-717776 y 0995-613070 para enviar mensajes y audios en los que se hacían pasar por el fiscal y solicitaban dinero a personas vinculadas con causas penales tramitadas en la fiscalía.

El representante del Ministerio Público fue categórico en señalar que esos números telefónicos no le pertenecen y que las comunicaciones realizadas desde esas líneas no fueron efectuadas por él.

Una maniobra de extorsión

La modalidad denunciada resulta particularmente sensible porque los presuntos autores habrían dirigido sus contactos hacia familiares de personas sometidas a procesos penales, aprovechándose de la condición de Suárez Galeano para generar presión y credibilidad.

A esto se suma la utilización de perfiles falsos en redes sociales vinculados con los mismos números investigados. Desde esas cuentas, además de la presunta captación de dinero, se habrían difundido publicaciones destinadas a desprestigiar la imagen del agente fiscal.

El caso ya se encuentra bajo investigación penal. El fiscal Suárez Galeano, por su parte, manifestó que se reserva el derecho de promover las acciones judiciales que correspondan contra quienes resulten responsables de la utilización ilegítima de su identidad y de los actos que pudieran derivarse de esta maniobra.

Fiscalía pide no entregar dinero

Ante la denuncia, se insta a las personas que reciban mensajes, llamadas, audios o solicitudes de dinero realizadas en nombre del agente fiscal a no efectuar ningún pago ni continuar la comunicación sin verificar previamente la identidad del interlocutor.

La recomendación es acudir inmediatamente a una sede del Ministerio Público o de la Policía Nacional y formular la denuncia correspondiente, aportando los números telefónicos, mensajes, audios, capturas de pantalla y cualquier otro elemento que pueda contribuir a identificar a los responsables.

La investigación deberá determinar ahora quiénes crearon y utilizaron los perfiles falsos, cómo obtuvieron la imagen y los datos del fiscal, a quiénes contactaron y si existió un esquema organizado para extorsionar o estafar a familiares de personas vinculadas a procesos penales.

El caso expone además un riesgo adicional: la utilización fraudulenta de la identidad de un agente del Ministerio Público puede ser empleada para simular actuaciones oficiales y ejercer presión sobre personas que, por su vínculo con una causa penal, pueden encontrarse particularmente vulnerables ante este tipo de engaños.

Sorteo definirá el orden de selección de los nuevos registros notariales

La Corte Suprema de Justicia definió el mecanismo que se aplicará para la elección y posterior otorgamiento de los registros notariales vacantes a los escribanos públicos que superaron las distintas etapas del 17.º Concurso Público de Méritos y Oposición para Notarios y Escribanos Públicos de la República del Paraguay.

El procedimiento tendrá como punto de partida un sorteo que permitirá establecer el orden en que los postulantes podrán escoger el registro notarial de su preferencia. El acto se realizará el jueves 8 de octubre, a las 10:00, en el Salón Auditorio “Dra. Serafina Dávalos” del Palacio de Justicia de Asunción y será transmitido en vivo por TV Justicia.

Primero se sortearán los empates

El sorteo no consistirá directamente en asignar una escribanía a cada concursante. La primera función será determinar el orden de elección entre los escribanos que hayan obtenido el mismo puntaje.

Una vez resueltos esos empates y establecido el orden definitivo, comenzará la elección de los registros notariales vacantes.

Cada escribano será llamado de acuerdo con ese orden y deberá elegir a viva voz el registro que desea ocupar. Para ello, deberá identificar claramente el número del Registro Notarial, la ciudad donde tiene su asiento y el departamento al que corresponde.

De esta manera, la elección será realizada de forma sucesiva, respetando el orden previamente establecido.

¿Qué pasa si el escribano ya tiene un registro?

El reglamento contempla una situación particular para quienes ya son titulares de un Registro Notarial y, tras aprobar el concurso, decidan optar por otro.

En ese caso, el escribano deberá renunciar públicamente a su registro actual antes de elegir el nuevo. Además, deberá proponer un notario suplente que se encargue de continuar y finalizar los trámites pendientes de la notaría que deja.

La propuesta de suplente deberá estar acompañada por escrito de la conformidad del profesional designado. Si el titular no presenta esa conformidad, será la propia Corte Suprema de Justicia la que designe al suplente de oficio.

El registro que quede liberado como consecuencia de la renuncia volverá a estar disponible y podrá ser elegido por los escribanos que se encuentren más adelante en el orden de elección.

También se puede rechazar la elección

El reglamento establece que ningún escribano está obligado a escoger uno de los registros disponibles. Quien llegue a su turno podrá optar por no elegir ningún registro, en cuyo caso la posibilidad pasará al siguiente concursante.

La misma regla se aplica a quienes ya sean titulares de una escribanía. Si un titular decide no optar por un nuevo registro, conservará el que actualmente posee.

La elección no significa todavía la habilitación

Un punto importante es que la elección realizada durante el acto no implica automáticamente que el escribano quede habilitado para ejercer en el nuevo registro.

Una vez concluida la elección, el Tribunal Examinador deberá elaborar un acta con todo lo actuado y elevarla al Pleno de la Corte Suprema de Justicia.

Será el máximo órgano judicial el que finalmente deberá aprobar el otorgamiento del usufructo de cada Registro Notarial, así como las eventuales renuncias y designaciones de suplentes.

Posteriormente, una vez notificada la resolución correspondiente, se realizarán los trámites administrativos necesarios. En el caso de una renuncia, el sistema será inhabilitado para el notario que deja el registro y el suplente quedará facultado para concluir los trabajos pendientes.

Inspección de las nuevas notarías

El proceso tampoco termina con la resolución de la Corte. En la misma decisión mediante la cual se otorgue el usufructo de los registros, el Pleno encomendará a la Superintendencia General de Justicia la inspección de las nuevas sedes notariales.

El objetivo será verificar que los locales cumplan con las condiciones y requisitos establecidos en la Acordada N.º 1456/2020.

La Superintendencia deberá posteriormente elevar un informe a la Secretaría General de la Corte Suprema sobre el cumplimiento de esas exigencias.

El último paso: juramento y habilitación

Solo después de que se hayan cumplido todos los requisitos correspondientes llegará la etapa final: la Corte Suprema de Justicia tomará el juramento de rigor a los nuevos escribanos y procederá a habilitarlos en el sistema correspondiente.

Recién a partir de esa habilitación podrán comenzar formalmente sus actividades notariales.

Existe además una consideración especial para los casos en que un escribano elija un registro que quedó disponible por la renuncia de su anterior titular durante el mismo acto. En esos casos, el juramento estará condicionado al cumplimiento de todas las formalidades legales vinculadas con el cierre de la notaría anterior.

En síntesis, el procedimiento tendrá varias etapas: primero se resolverán los empates mediante sorteo; luego se establecerá el orden de elección; los escribanos escogerán públicamente los registros vacantes; el Tribunal Examinador documentará el resultado; y finalmente la Corte Suprema deberá aprobar los usufructos, verificar las condiciones de las sedes y tomar juramento antes de habilitar a los nuevos titulares.

El acto del próximo jueves 8 de octubre, a las 10:00, marcará así el inicio de la etapa de elección de los registros para quienes superaron el 17.º Concurso Público de Méritos y Oposición.

Fiscalía frena nuevamente traslado de Erico Galeano

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La Fiscalía logró nuevamente dejar sin efecto un intento de trasladar a Erico Galeano Segovia a la prisión Militar de Viñas Cué. El dictamen de la agente fiscal de Ejecución Penal especializada en Crimen Organizado, Delitos Económicos y Anticorrupción, Dominica Zayas Acevedo, fue determinante para que el Tribunal de Apelación Penal especializado revocara la decisión judicial que había autorizado el cambio de lugar de reclusión.

La representante del Ministerio Público cuestionó el fallo del juez Penal de Ejecución Carlos Mendoza y sostuvo, entre otros argumentos, que no existían elementos objetivos que justificaran el traslado. Según la Fiscalía, durante el proceso no fueron acreditadas amenazas, incidentes, riesgos concretos ni una vulneración efectiva de los derechos o garantías de Galeano que hicieran necesario disponer su traslado a Viñas Cué.

Además, Zayas Acevedo recordó que ya existía una resolución judicial anterior que había rechazado una pretensión similar, por lo que consideró que tampoco se presentaban nuevos elementos que permitieran modificar ese criterio.

El planteamiento fiscal fue atendido por el Tribunal de Apelación Penal Especializado en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Anticorrupción, que hizo lugar al recurso de apelación general presentado por la Fiscalía y revocó el Auto Interlocutorio N.º 5, mediante el cual el juzgado de Ejecución había autorizado el traslado.

En su decisión, la Cámara advirtió un error en el razonamiento utilizado para fundamentar la medida. Uno de los puntos centrales fue que el propio juzgado había reconocido la ausencia de amenazas, incidentes o riesgos concretos contra Galeano, pese a lo cual había dispuesto su traslado a la cárcel militar.

Con la resolución de la Cámara, el traslado queda nuevamente frustrado y se mantiene el régimen de reclusión dispuesto para el condenado.

Galeano cumple una condena de 13 años de prisión por lavado de dinero y asociación criminal, dictada en el marco de la causa A Ultranza Py, proceso en el que fue condenado por hechos vinculados con la estructura criminal atribuida a Sebastián Marset y Miguel Insfrán, alias “Tío Rico”.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró firme la sentencia que confirmó la condena y reconoció su calidad de cosa juzgada, con lo cual se ordenó avanzar con los trámites correspondientes para la ejecución de la pena.

La nueva decisión del Tribunal de Apelación representa otro revés para la pretensión de llevar a Galeano a Viñas Cué y ratifica, a partir de los argumentos expuestos en la resolución, que no fueron acreditadas las circunstancias excepcionales invocadas para justificar el traslado.

Comisarías: Filizzola convocado nuevamente a preliminar

El exministro del Interior Rafael Filizzola y actual senador, deberá volver a enfrentar una audiencia preliminar en el proceso que soporta por una supuesta lesión de confianza vinculada con la construcción y reparación de comisarías durante su gestión.

El juez Penal de Garantías Joan Paul López fijó para el 14 de octubre de 2026, a las 09:00, la nueva audiencia, luego de que la Cámara de Apelación Penal revocara la resolución que había declarado extinguida la acción penal contra Filizzola por el transcurso del tiempo.

La convocatoria fue realizada a pedido de la agente fiscal Silvia Margarita González Vester, quien interviene en la causa. El expediente retornó al juzgado de Garantías después de que Alzada, mediante el A.I. N.º 325, del 23 de septiembre de 2026, dejara sin efecto la decisión anterior y ordenara continuar el proceso.

Con esta resolución, el proceso vuelve a una instancia determinante ya que el juzgado deberá analizar los planteamientos de las partes y, particularmente, el requerimiento presentado por el Ministerio Público, que busca definir si el caso debe avanzar a un juicio oral y público.

El expediente tuvo un recorrido procesal marcado por la prescripción. Inicialmente, la causa había sido declarada extinguida por el transcurso del tiempo para todos los procesados. Sin embargo, al revisar esa decisión, la Cámara de Apelación revocó ese criterio en lo que concierne a Filizzola.

De esta manera, el exministro quedó como único acusado que deberá afrontar nuevamente la etapa preliminar, por lo que el juzgado deberá resolver si existen elementos suficientes para que el proceso avance a la siguiente etapa.

La investigación fiscal se originó por presuntas irregularidades relacionadas con la construcción y reparación de comisarías en el área metropolitana durante la administración de Filizzola al frente del Ministerio del Interior.

De acuerdo con la acusación del Ministerio Público, varias de las obras ejecutadas no habrían sido necesarias, situación que habría ocasionado un supuesto perjuicio patrimonial al Estado de aproximadamente G. 400 millones.

Ahora, con el expediente nuevamente en el juzgado, la audiencia del 14 de octubre será clave para establecer el rumbo de la causa y definir si Filizzola deberá enfrentar un eventual juicio oral por los hechos atribuidos por la Fiscalía.

Fiscalía cerró las municipales con 52 denuncias

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El Ministerio Público cerró este domingo el operativo desplegado durante las Elecciones Municipales 2026 con un total de 52 denuncias recibidas a través del Centro de Monitoreo de Informaciones y Denuncias, mientras que la Dirección de Denuncias Penales contabilizó 61 ingresos por presuntos delitos electorales. Las intervenciones realizadas durante la jornada derivaron, según el reporte fiscal, en 22 personas detenidas.

Los datos corresponden al balance consolidado hasta las 17:00, cuando finalizó el último corte informativo del Centro de Monitoreo. La cifra de denuncias reúne reportes provenientes de distintos puntos del país y refleja las intervenciones realizadas por los fiscales asignados al operativo electoral.

Asunción concentró la mayor cantidad de denuncias, con 17 casos. Le siguieron Alto Paraná, con 7; Itapúa y Central, con 5 cada uno; Paraguarí, con 4; Concepción y Caaguazú, con 3 cada uno. Guairá y Ñeembucú registraron 2 casos, mientras que San Pedro, Cordillera, Caazapá y Canindeyú reportaron uno cada uno.

En paralelo, la Dirección de Denuncias Penales recibió 61 reportes relacionados con presuntos hechos punibles electorales. En este registro, Central encabezó la lista con 11 casos, seguido por Asunción y Guairá, con 7 cada uno. Itapúa y Alto Paraná tuvieron 6 casos por departamento, Misiones 5; Caaguazú y Caazapá, 4 cada uno; Paraguarí y Ñeembucú, 3 cada uno. También se reportaron casos en San Pedro, Cordillera, Canindeyú, Presidente Hayes y Boquerón.

22 detenidos durante el operativo

La fiscal electoral Sandra Ledesma, responsable de informar las incidencias desde el Centro de Monitoreo, confirmó en el último reporte que el Ministerio Público contabilizó 22 detenidos durante la jornada.

El número fue creciendo a lo largo de los tres cortes informativos: cuatro personas fueron detenidas durante el primer reporte, 14 en el segundo y otras cuatro en el último.

Ledesma aclaró que se trata de la cifra correspondiente a las intervenciones comunicadas por el Ministerio Público y que puede no coincidir con los registros de la Policía Nacional, debido a que la institución policial también realizó procedimientos por otros hechos punibles y ejecutó órdenes de captura que no necesariamente guardaban relación con denuncias electorales.

Votación de una menor y denuncias por coacción

Entre los procedimientos registrados durante las últimas horas de la jornada figura el caso ocurrido en Luque, donde una adolescente de 16 años habría ingresado a votar. La menor fue posteriormente entregada a sus padres.

También fueron comunicadas denuncias por una supuesta coacción contra agentes electorales en Arroyito, una eventual violación del secreto del voto en San Juan Nepomuceno, un presunto impedimento de elecciones en Quiindy y una supuesta agresión entre apoderados registrada en Pilar.

En Coronel Oviedo, una persona fue detenida bajo sospecha de haber intentado sufragar utilizando la cédula de identidad de otra persona.

Otro procedimiento relevante se produjo en Caaguazú, donde la fiscal Nilsa Torales informó sobre la detención de tres personas por un supuesto caso de compra de cédulas. En el marco de la investigación también se realizó un allanamiento en un inmueble señalado como presunto puesto de comando político.

Allanamiento en Itapúa

En Tomás Romero Pereira, Itapúa, el fiscal Walter Castro encabezó otro allanamiento, esta vez en la vivienda del candidato Hernán Rivas. El procedimiento se originó a partir de una denuncia sobre una supuesta compra de cédulas y el presunto funcionamiento del inmueble como puesto de comando.

Sin embargo, según informó la fiscal Ledesma, durante el procedimiento no fueron halladas evidencias vinculadas con la denuncia que motivó el allanamiento.

Monitoreo durante toda la jornada

El Centro de Monitoreo de Informaciones y Denuncias funcionó durante toda la jornada electoral como punto de recepción y derivación de los reportes provenientes de diferentes zonas del país.

Los funcionarios fiscales centralizaron las denuncias y las remitieron a los agentes asignados a cada jurisdicción para determinar la existencia de posibles hechos punibles y disponer las actuaciones correspondientes.

El dispositivo también incluyó el seguimiento de informaciones difundidas a través de medios de comunicación y redes sociales, dentro del esquema de vigilancia y respuesta implementado por el Ministerio Público para las elecciones municipales.

Así, el balance fiscal de la jornada deja 52 denuncias formalmente canalizadas por el Centro de Monitoreo, 61 ingresos por presuntos delitos electorales y 22 personas detenidas, cifras que constituyen el primer consolidado de las actuaciones desplegadas durante los comicios.

Tres detenidos en jornada electoral

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El Ministerio Público puso en funcionamiento este domingo el Centro de Monitoreo de Informaciones y Denuncias, desde donde centraliza los reportes vinculados con presuntos delitos, faltas e irregularidades durante las Elecciones Municipales 2026.

La dependencia, instalada en el salón auditorio de la sede central de la Fiscalía, comenzó a operar desde las primeras horas de la jornada electoral y tiene como objetivo coordinar la recepción de denuncias y la respuesta institucional en todo el país.

La fiscal Sandra Ledesma, responsable del operativo electoral, informó que entre las primeras incidencias reportadas figuran problemas relacionados con la conformación de mesas y el cumplimiento de los horarios establecidos para los comicios.

A estos casos se sumaron denuncias por presunta adulteración de credenciales y producción de documentos. Según confirmó la agente fiscal, hasta el momento tres personas fueron detenidas en el marco de las intervenciones realizadas durante la jornada.

“Las primeras denuncias ingresadas son respecto a la conformación de mesas y el cumplimiento de los horarios. Asimismo, llegaron muchas denuncias de credenciales adulteradas y producción de documentos. Hasta el momento hay tres detenidos”, señaló Ledesma.

La Fiscalía mantiene un trabajo coordinado con la Policía Nacional, que también recibe denuncias relacionadas con posibles hechos irregulares registrados durante el proceso electoral. La información recabada por ambas instituciones es articulada para determinar las actuaciones que correspondan en cada caso.

El Centro de Monitoreo permanecerá activo durante toda la jornada electoral. La ciudadanía puede comunicar denuncias o aportar información mediante llamadas o mensajes de WhatsApp al 0985 675 372.

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