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El Poder Judicial amplía la implementación del Expediente Judicial Electrónico en J. Augusto Saldívar

El Poder Judicial continúa avanzando en su proceso de transformación digital con la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) en los Juzgados de Primera Instancia de J. Augusto Saldívar, pertenecientes a la Circunscripción Judicial de Central. La medida forma parte del plan de expansión del sistema judicial digital, que busca optimizar la gestión de los procesos, promover la transparencia y ofrecer un servicio más ágil y eficiente a la ciudadanía.

El ministro Alberto Martínez Simón resaltó que la expansión del EJE tiene un impacto directo en la gestión de los Juzgados de Paz, que tramitan una gran cantidad de expedientes, especialmente juicios ejecutivos, y enfatizó que el propósito final es garantizar una justicia más transparente, accesible y eficiente.

El ministro también adelantó que el siguiente paso será la digitalización de los procesos administrativos de la Corte Suprema de Justicia, incluyendo los sumarios, expedientes disciplinarios y actuaciones del Consejo de Superintendencia, de modo a extender la modernización a todos los niveles institucionales.

Entre los beneficios más relevantes de la plataforma digital, destacó la reducción del uso de papel, la disminución de la carga física en las sedes judiciales y la posibilidad de que los profesionales litiguen y gestionen trámites en línea, sin necesidad de traslados. “El expediente electrónico facilita el acceso a la justicia, reduce costos y tiempos, y fortalece la transparencia institucional”, remarcó.

Durante la jornada, los magistrados de Primera Instancia de J. Augusto Saldívar realizaron sus primeras actuaciones electrónicas, firmando providencias y autos interlocutorios de manera digital. Participaron el abogado Renzo Ariel Vera Moreno (Juzgado Penal de Garantías), Ignacio A. Pane (Juzgado Civil y Comercial) y Roberto Saldívar (Juzgado Civil, Comercial y Laboral). La herramienta también ya se encuentra operativa en el Juzgado Penal Adolescente y en el Juzgado de la Niñez y la Adolescencia de la misma localidad.

Esta implementación responde al plan calendarizado de la Dirección General de Tecnología de la Información y las Comunicaciones (DGTIC), que impulsa el fortalecimiento del sistema judicial digital a nivel nacional. El objetivo es consolidar una justicia moderna, eficiente y alineada con las demandas de la sociedad actual, en concordancia con el Plan Estratégico Institucional de la Corte Suprema de Justicia.

Otro agente fiscal fue imputado por presunto pedido de coima

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Los agentes fiscales Verónica Valdez y Luis Piñanez imputaron al fiscal Rubén Darío Riveros Medina por los delitos de cohecho pasivo agravado, en calidad de autor, y extorsión, en carácter de cómplice.

Según el relato del Ministerio Público, el agente fiscal habría participado directamente en un esquema de pedido de dinero para beneficiar a un procesado, llegando incluso a reunirse con la denunciante para acordar la entrega de G. 5.000.000 “para tramitar unos papeles”.

De acuerdo con los investigadores, la primera reunión se habría realizado en diciembre de 2024, entre la denunciante Angélica Rojas Pedrozo, el abogado Luis Antonio Méndez Vera y el hoy imputado fiscal Rubén Darío Riveros. En esa ocasión, la mujer consultó si debía entregar una suma al fiscal, y este le respondió que todo debía canalizarse a través del abogado de su esposo. Riveros le habría insistido en que no cambiara de abogado, advirtiéndole que la situación de su esposo era delicada y que debía continuar trabajando exclusivamente con Méndez Vera para lograr su liberación en un proceso penal por abuso sexual en niños.

Ya en el año 2025, el abogado Méndez Vera se presentó en el domicilio de la denunciante y le solicitó G. 10.000.000, con la promesa de que dicha suma serviría para obtener una medida menos gravosa, como el arresto domiciliario. La entrega del dinero se habría realizado en presencia de un familiar de la víctima.

Durante esa reunión, el abogado también le manifestó a Angélica Rojas que la “solución definitiva” para liberar a su esposo del proceso penal tendría un costo total de G. 120.000.000, que debía abonarse en dos partes, entregando la primera antes de que se decrete el arresto domiciliario.

Posteriormente, a fines de febrero de 2025, Méndez Vera volvió a solicitar G. 30.000.000. La denunciante, acompañada de su secretario, acudió personalmente a entregar el dinero en la vivienda del abogado. Momentos después, llegó al lugar el agente fiscal Rubén Darío Riveros Medina, ante quien Méndez le entregó un sobre con los G. 30.000.000, aclarando frente a la denunciante que dicha entrega era para el fiscal y no para él.

El 25 de abril de 2025, Méndez comunicó a Angélica Rojas que solicitaría la revisión de la prisión preventiva de su esposo y que, una vez concluida la audiencia, debía entregarle G. 20.000.000. Sin embargo, esta entrega no llegó a concretarse.

El 30 de septiembre de 2025, el abogado volvió a pedir G. 20.000.000, que según explicó debía ser entregado nuevamente en su casa para ser destinado al fiscal Riveros.

Finalmente, el 2 de octubre de 2025, Méndez Vera se reunió con la denunciante en su domicilio, donde recibió el dinero pactado. Tras contar el monto, separó una parte en una bolsa de regalo roja, diciéndole a la mujer que esa suma era “para el fiscal”. Luego, realizó varias llamadas telefónicas a Rubén Darío Riveros, pero al no obtener respuesta, ambos decidieron acudir a la sede del Ministerio Público, donde se reunieron con el agente fiscal. En esa ocasión, Méndez le dijo que tenían “su encomienda”, a lo que el fiscal respondió que el esposo de la denunciante “saldría beneficiado”.

La Fiscalía analiza actualmente todos los elementos de prueba recabados, entre ellos los teléfonos celulares incautados y la copia de los billetes entregados por la víctima durante el proceso de extorsión.

Recusan a juez y suspenden preliminar para jueza de La Encarnación Analia Cibils

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La defensa de la jueza Analía Cibils, titular del juzgado de Paz del barrio La Encarnación de Asunción, debía desde hoy enfrentar su audiencia preliminar, tras ser acusada por el Ministerio Público de formar parte del esquema criminal conocido como la “mafia de los pagarés”. La defensa de la magistrada a cargo de Rodrigo Yódice y Andrés Álvarez recusaron al juez penal de garantías especializado Rodrigo Estigarribia.

La defensa sostiene que el magistrado busca llevar adelante la diligencia sin tener en cuenta aspectos relacionados a las garantías procesales que asisten a la jueza. Con esta acción la diligencia quedó frustrada.

La magistrada es sospechosa de integrar un esquema de fraude mediante embargos salariales aplicados a funcionarios públicos activos y jubilados, en el marco de juicios ejecutivos tramitados sin la debida notificación a las partes afectadas. Junto a ella, otros procesados también comparecen en esta etapa preliminar, al término de la cual se definirá si las causas serán elevadas a juicio oral y público.

De acuerdo con la acusación fiscal, Cibils habría tenido participación activa en un entramado judicial que operaba principalmente desde los juzgados de Paz de Asunción, donde se concentraba la mayoría de los expedientes de ejecuciones basadas en pagarés falsos o manipulados.

El equipo fiscal encargado de la investigación está conformado por los agentes Belinda Bobadilla, Leonardi Guerrero y Jorge Arce, quienes sostienen que el esquema funcionaba con la colaboración directa de funcionarios judiciales, utilizando resoluciones y notificaciones irregulares para ejecutar embargos indebidos y obtener beneficios económicos.

Por su parte, la defensa de la jueza Cibils, representada por el abogado Rodrigo Yódice, cuestiona la solidez de la acusación del Ministerio Público. El profesional argumenta que el relato fiscal carece de precisión jurídica, ya que se le atribuyen resoluciones sin especificar su naturaleza, estado procesal ni fundamento legal, y sin identificar de manera clara a los presuntos beneficiarios o afectados por dichas decisiones.

Cibils enfrenta cargos por los delitos de prevaricato, producción de documentos no auténticos y otros hechos punibles relacionados con su presunta participación en el esquema de la “mafia de los pagarés”.

Durante la apertura de la audiencia preliminar, el juez Rodrigo Estigarribia informó a las partes que las instancias superiores han ratificado la fecha de la diligencia, reafirmando así la continuidad del proceso pese a ello, se formuló la recusación que paraliza la diligencia.

El caso, ampliamente conocido en la opinión pública como la “mafia de los pagarés”, provocó una profunda conmoción institucional por la magnitud del esquema y la presunta implicancia de funcionarios judiciales en maniobras fraudulentas que habrían operado durante años con altos niveles de impunidad.

A raíz del escándalo, la Corte Suprema de Justicia adoptó una serie de medidas administrativas y propuestas legislativas destinadas a enfrentar la crisis y prevenir la repetición de hechos similares dentro del fuero de Paz.

Las investigaciones fiscales continúan en curso y abarcan varios procesos derivados de la misma causa. El Ministerio Público ha obtenido declaraciones y testimonios clave que permitieron avanzar en la identificación de los responsables. Algunos de los implicados aceptaron salidas procesales abreviadas, a cambio de colaborar con la investigación y aportar información sobre el funcionamiento interno del esquema.

Según estos testimonios, los jueces involucrados no solo tenían pleno conocimiento de las maniobras, sino que exigían pagos mensuales por las notificaciones fraudulentas, consolidando así un sistema de corrupción estructurada dentro del fuero de Paz.

Nicora afronta una segunda denuncia por desacato tras el traslado sin autorización de reos de alto perfil

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Dos magistradas de distintos fueros comunicaron al Ministerio Público un presunto hecho de desacato atribuido al ministro de Justicia, Rodrigo Nicora, quien habría ordenado el traslado de personas privadas de libertad de alto perfil sin la autorización judicial correspondiente.

Entre los casos se encuentran los de Miguel Insfrán, alias Tío Rico, y Gloria Rotela, hermana de Javier Rotela, considerado líder de un esquema de narcotráfico.

La primera denuncia contra Nicora guarda relación con el traslado de Insfrán, señalado como presunto narcotraficante y líder de un grupo criminal transnacional. Este hecho generó la primera fricción entre las autoridades penitenciarias y el Tribunal de Sentencia que juzga al acusado en el marco de la causa A Ultranza Py.

El movimiento de Tío Rico al penal de Emboscada se realizó sin comunicación previa al Tribunal, lo que motivó la remisión de antecedentes al Ministerio Público para determinar si el hecho reviste relevancia penal, atendiendo a que el traslado de personas catalogadas como de alto perfil requiere autorización judicial.

El Tribunal de Sentencia adoptó esta medida tras no recibir el informe solicitado al Ministerio de Justicia, con el fin de conocer la justificación del traslado desde el penal de máxima seguridad de Minga Guazú hasta el Centro Penitenciario Martín Mendoza de Emboscada, donde el interno permanece bajo estricto control y sin contacto con otros reclusos, según Justicia.

Desde el Ministerio de Justicia informaron que el traslado respondió a razones de seguridad institucional. Sin embargo, la decisión generó preocupación en el Tribunal, ya que no se cumplió con el procedimiento de comunicación obligatoria.

El Tribunal de Sentencia, presidido por la magistrada María Luz Martínez e integrado por los jueces Federico Rojas y Dina Marchuk, solicitó al Ministerio de Justicia detallar los motivos, la fecha y el lugar exacto del traslado del acusado, considerado de alto riesgo penitenciario.

Una situación similar se registró con Gloria Rotela, trasladada al Complejo Penitenciario para Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada (COMPLE) sin cumplir con los criterios establecidos por el propio Ministerio de Justicia para reclusión en dicho establecimiento.

En este caso, fue la jueza especializada Rosarito Montanía quien comunicó el hecho a la Fiscalía, señalando que la justicia no autorizó el traslado y que el Ministerio de Justicia no presentó informe alguno que justifique la medida.

El nuevo penal femenino de Emboscada forma parte del modelo penitenciario de gestión moderna impulsado por el Ministerio, por lo que la incorporación de reclusas fuera de los parámetros definidos podría vulnerar las disposiciones judiciales y administrativas vigentes.

Realizan 50 de 104 audiencias preliminares programadas en juzgados de la Capital

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La Dirección General de Auditoría de Gestión Jurisdiccional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) presentó su informe semanal correspondiente al periodo del 3 al 7 de noviembre de 2025, destacando que los Juzgados Penales de Garantías de la Capital y los especializados en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Adolescencia realizaron un total de 50 audiencias preliminares, sobre 104 programadas.

El informe revela que el 48% de las audiencias previstas se concretaron conforme al calendario judicial, mientras que el 52% (54 audiencias) debieron ser suspendidas. Entre las principales causas de suspensión figuran los pedidos de aplazamiento (34 casos), la incomparecencia de alguna de las partes (13 casos) y situaciones procesales diversas, como planteos incidentales, renuncias de defensa o falta de notificación.

Pese a estos números, el seguimiento permanente dispuesto por el Poder Judicial ha generado una reducción sostenida en el número de suspensiones, fortaleciendo la regularidad y eficiencia de esta etapa clave del proceso penal. El control constante sobre el desarrollo de audiencias permite detectar retrasos injustificados y promover correctivos inmediatos, optimizando la gestión jurisdiccional.

El monitoreo abarcó los Juzgados Penales de Garantías y de Delitos Económicos, así como los Juzgados Penales de la Adolescencia (Primer y Segundo Turno) y los especializados en Crimen Organizado (Primer, Segundo y Tercer Turno), todos con asiento en Asunción.

Con estos mecanismos de control y evaluación continua, la Corte Suprema busca ejercer un mecanismo de permanente revisión de la gestión de los magistrados de este fuero.

En el COMPLE inicia un proceso de reinserción de mujeres a través del arte y la creación poética

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El Complejo para Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada (COMPLE) dio inicio a un proceso de reinserción social basado en el arte y la palabra, con el acompañamiento del Ministerio de Justicia y del Proyecto “Corazón Libre”, que promueve el desarrollo cultural dentro del sistema penitenciario.

En el marco de esta iniciativa, se llevó a cabo una jornada de talleres de reflexión y creación poética dirigida a los módulos 1 y 4 del nuevo establecimiento penitenciario de mujeres, con la participación de más de 90 mujeres privadas de libertad. A través de ejercicios de escritura, expresión creativa y diálogo participativo, las participantes exploraron nuevas formas de comunicación, autoconocimiento y construcción de sentido.

Los encuentros fueron conducidos por un equipo de escritores y gestores culturales conformado por Natalia Alvarenga, Verónica Barreto, Luis Carísimo y Clara Centurión, quienes guiaron con sensibilidad y compromiso las actividades de creación colectiva.

El Proyecto “Corazón Libre”, fundado por Alejandra Mendoza, mantiene un trabajo sostenido dentro de los centros penitenciarios del país, impulsando espacios seguros para la expresión, el desarrollo personal y la reconstrucción de la autoestima mediante el arte.

El Ministerio de Justicia destacó el valor de estas acciones conjuntas con organizaciones de la sociedad civil, que contribuyen al bienestar emocional y a la preparación para la reintegración social de las personas privadas de libertad.

Estas experiencias se enmarcan en la política institucional de reinserción social impulsada por el Servicio Nacional de Atención al Adolescente Infractor (SENNAI), que promueve programas educativos, culturales y laborales como herramientas esenciales para fortalecer la dignidad humana y crear oportunidades de transformación real.

Se pospone el inicio del juicio oral a acusados del caso DETAVE

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El Tribunal de Sentencia integrado por las juezas Karina Cáceres, Ana Rodríguez y Adriana Planas, resolvió posponer el inicio del juicio oral a Ramón Ernesto Benítez Amarilla y otros acusados por el tipo penal de contrabando. Existe un recurso pendiente en la Sala Penal de la Corte por lo que el inicio del juicio quedó frustrado.

En esta causa, los fiscales Belinda Bobadilla y Francisco Cabrera, presentaron una acusación formal contra 19 personas, entre ellas funcionarios de la dirección Técnica Aduanera de Vigilancia Especial (DETAVE), agentes policiales y particulares, por su presunta participación en un esquema de contrabando agravado y simple, además de cohecho pasivo agravado, conforme al Código Aduanero.

Según detalla la acusación, los involucrados habrían integrado una red dedicada a exigir sobornos a cambio de permitir el paso de mercaderías de contrabando, sin cumplir con los requisitos legales de ingreso o tránsito dentro del territorio nacional.

El sistema de coimas operaba en distintos puestos de control de la Dirección Nacional de Aduanas (DNA), bajo la estructura de la exDETAVE y de la Coordinación Operativa de Investigación Aduanera (COIA).

Los funcionarios y colaboradores solicitaban dinero a personas que introducían al país productos como frutas, verduras, cigarrillos, calzados, electrónicos, combustibles, azúcar y ropa, entre otros. El monto de los sobornos variaba según el tipo y la cantidad de mercadería. La recaudación ilícita se realizaba de manera semanal y era entregada a superiores o intermediarios designados.

El esquema era presuntamente liderado por el general en situación de retiro Ramón Ernesto Benítez Amarilla, excoordinador de DETAVE, quien ya había sido acusado por la Fiscalía en julio de 2020. Según la investigación, los pagos llegaban hasta su oficina en el predio de Almacenes Generales de Depósito (GICAL), en Mariano Roque Alonso, o a su domicilio particular en Asunción.

Entre los acusados figuran nueve funcionarios del exDETAVE, tres agentes policiales, seis particulares que operaban como secretarios y dos empresarios.

Entre los principales implicados se encuentran: Juan Carlos Samudio Legal, asignado al puesto móvil de Ciudad del Este, quien coordinaba la liberación de mercaderías y recibía el dinero recolectado en otros puestos. Hugo Mario González Ovelar, funcionario del puesto de Trinidad, responsable de entregar parte de las sumas al general Benítez.

Rafael Portillo y Rafael Carlos Alberto Coronel Díaz, quienes actuaban en los puestos de Itapúa e Itá Enramada, respectivamente, supervisando el paso de cargas ilegales.

Saúl Daniel Alarcón Moline, del puesto de Vista Alegre, y Ángel Enmanuel González Cáceres, del puesto de Tavapy, quienes controlaban vehículos y solicitaban dinero a contrabandistas.

Víctor Alfredo Duarte Caballero, desde el puesto de Chaco’i, realizaba funciones similares y remitía los montos a Benítez.

Asimismo, Alberto Ledesma Sánchez fue acusado por facilitar información sensible sobre el ingreso de supuestas cargas de oro, que luego fue utilizada para extorsionar a transportistas.

Los particulares Concepción Olmedo Giménez, Abel Enrique Armoa Pereira, Pedro Carlos Delvalle Marecos, Javier Arnaldo Acosta Lovera, Silvino Enrique Olmedo Giménez y Adalberto Figueredo Vázquez (con salida procesal), actuaban como asistentes o intermediarios en la gestión de sobornos, sin pertenecer formalmente a la institución.

En cuanto a los agentes policiales acusados, José Isaac Lesme Mendoza, Osvaldo Zaracho Vera y Jorge Antonio Céspedes Zarza estaban comisionados a la DNA para tareas de seguridad interna (con salida procesal). Según la acusación, Lesme Mendoza habría transportado dinero de coimas hasta el domicilio de Benítez, mientras que Zaracho y Céspedes colaboraban en el retiro y resguardo de los fondos ilegales.

También fueron acusados los comerciantes Claudio Gustavo Samaniego Gómez y Luis Rodrigo Panza Vera, señalados por pagar sobornos para facilitar el paso de sus mercaderías de contrabando. Samaniego fue imputado por contrabando simple, mientras que Panza Vera enfrenta cargos por soborno agravado y contrabando simple.

La Dirección Nacional de Aduanas, a través de su dependencia COIA, tenía bajo su órbita al DETAVE, organismo responsable del control y prevención del contrabando en todo el país. Según la Fiscalía, varios de sus funcionarios utilizaron estos puestos de control para lucrar ilegalmente con el ingreso irregular de mercaderías, burlando las funciones de control del Estado, con las evidencias colectadas durante la etapa investogativa el Minsiterio Público busca la condena de los implicados.

Imputan a padrastro que habría abusado y contagiado de enfermedades a tres niños

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El Ministerio Público investiga un grave caso de abuso sexual infantil, con el agravante de que las víctimas habrían sido contagiadas con enfermedades de transmisión sexual, según los primeros indicios del propio Ministerio Público.

El agente fiscal Julio Ortiz imputó a un hombre de 29 años, sindicado como autor de los hechos punibles de abuso sexual en niños y lesión grave. Resultaron víctimas tres menores, de entre 8 y 12 años, quienes fueron diagnosticados con graves enfermedades de transmisión sexual.

El 6 de noviembre, el médico de guardia del Hospital de Medicina Tropical constató las lesiones y, mediante análisis laboratoriales, confirmó el contagio en los niños, comunicando de inmediato el hecho a la Policía Nacional. Los menores quedaron internados para recibir el tratamiento correspondiente.

Las víctimas fueron derivadas a la Clínica Forense del Ministerio Público, donde los profesionales confirmaron que las lesiones son compatibles con abuso sexual.

Se presume que los niños fueron sometidos a los ataques entre los años 2019 y 2025, período en el que convivieron con la pareja de su madre. El hombre fue diagnosticado como portador de VIH y sífilis desde hace seis meses, según la declaración testifical de la madre de las víctimas.

El imputado quedó detenido y se abstuvo de prestar declaración indagatoria. El representante del Ministerio Público solicitó la prisión preventiva del acusado, quien quedó a disposición del Juzgado Penal de Garantías, que deberá resolver sobre la medida requerida, atendiendo a la gravedad del caso.

La Revista Jurídica UC celebra su 33ª edición con un homenaje al doctor José Casañas Levi

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La Facultad de Ciencias Jurídicas y Diplomáticas de la Universidad Católica “Nuestra Señora de la Asunción” realizó, el acto de presentación oficial de la Trigésima Tercera Edición de la Revista Jurídica UC, una publicación que desde hace más de tres décadas se constituye en un referente nacional en materia de investigación y reflexión jurídica.

El evento contó con la presencia de la vice Decana, doctora Diana Cáceres Morínigo, así como de los distinguidos miembros del Consejo Asesor de la Revista Jurídica: ministro Luis María Benítez Riera, doctor Gustavo Bóveda, doctor Esteban Armando Kriskovich, doctora Liz Ortiz, doctor Pablo A. Debuchy y el doctor Rodrigo Gómez Osuna.

La Directora de la Revista Jurídica, Aurora Sofía Rojas Peralta, resaltó durante su intervención la relevancia de esta publicación académica, nacida en 1992 en el contexto de la reforma constitucional del Paraguay. “La Revista Jurídica UC representa un espacio de pensamiento, reflexión y diálogo comprometido con los ideales de justicia, libertad y Estado de Derecho”, expresó.

La nueva edición reúne más de sesenta artículos elaborados por docentes, egresados y estudiantes, que abordan temas actuales de las diversas ramas del derecho civil, penal, constitucional, ambiental, internacional, laboral, procesal y de derechos humanos, reflejando la vitalidad académica y el compromiso investigativo de la casa de estudio.

Durante la ceremonia, se realizó un homenaje póstumo al doctor José Fernando Casañas Levi, reconocido jurista y docente de la institución, recordado por su vocación de servicio, su sólida formación humanista y su compromiso con la enseñanza del Derecho. En honor a su legado, se proyectó un video conmemorativo y se entregó una placa de reconocimiento a sus familiares, en nombre de toda la comunidad universitaria.

El acto incluyó también la entrega de premios del Concurso de Ensayos Jurídicos 2025, promovido por la Revista Jurídica para incentivar la investigación y la escritura entre los estudiantes. El primer lugar fue otorgado a Juan Báez Duarte, por su trabajo “La doble vía sancionatoria del Estado: convivencia del proceso penal y el procedimiento administrativo sancionador frente al principio del non bis in idem”. El segundo puesto correspondió a Martín Arguello Cardozo, autor del ensayo “Obligatio y Bona Fides: el legado romano en la configuración ético-jurídica de las obligaciones”.

La jornada culminó con un brindis institucional en el Aula Sinforiano Bogarín, donde autoridades, docentes, estudiantes y familiares compartieron un espacio de encuentro académico y de homenaje.

Con esta nueva edición, la Revista Jurídica UC reafirma su compromiso con la excelencia académica, la investigación científica y la formación integral de los futuros juristas del Paraguay, honrando a la vez la memoria del doctor Casañas Levi, cuya huella perdura en la comunidad jurídica nacional.

Constitucionalista sostiene que el artículo 1087 garantiza la transparencia societaria

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El experto constitucionalista Daniel Mendonca advierte que eliminar el artículo 1087 del Código Civil pondría en riesgo la transparencia y la imparcialidad en la gestión societaria.

El reconocido constitucionalista doctor Daniel Mendonca emitió un dictamen en el que sostiene que la eventual eliminación del artículo 1087 del Código Civil paraguayo supondría un retroceso en materia de ética, transparencia y control en la administración societaria, al afectar un principio esencial: que ningún administrador o director puede ser juez de su propia gestión.

Según el especialista, la norma tiene por finalidad asegurar la imparcialidad y la responsabilidad en la administración de sociedades, estableciendo que los directores y gerentes no pueden votar la aprobación de su propia gestión en las asambleas. “En otras palabras señala Mendonca no pueden ser jueces de sí mismos”.

El artículo 1087 dispone que la aprobación o desaprobación de los actos de gestión corresponde únicamente a los socios o accionistas no involucrados en la administración, quienes deben evaluar si los responsables de la gestión cumplieron debidamente con sus deberes.

En su dictamen, Mendonca detalla los antecedentes históricos de la norma, remontándose al siglo XIX y al Código de Comercio francés de 1807, que ya exigía que las cuentas de los administradores fueran aprobadas por la asamblea general de accionistas. “Con el tiempo, explica la jurisprudencia y la doctrina francesa establecieron que los administradores interesados debían abstenerse de votar esa aprobación, para evitar conflictos de interés. Esa práctica fue formalizada en la legislación francesa y luego adoptada por otros ordenamientos civiles y comerciales modernos, incluido el paraguayo”.

El experto subraya que el artículo 1087 responde a un principio básico de imparcialidad y transparencia, evitando que quienes tengan un interés directo en la aprobación de su gestión participen de la decisión. “Su intervención afectaría la objetividad de la asamblea y debilitaría el control interno”, afirma.

Mendonca cita doctrina jurídica nacional para reforzar su postura. Según esta, el artículo 1087 “prohíbe a los directores y gerentes votar en decisiones vinculadas con la aprobación de su gestión, responsabilidad o remoción”, justamente para prevenir conflictos de intereses entre el directivo y la sociedad. “Esta prohibición añade busca impedir que esos funcionarios puedan convertirse en jueces de su propia conducta y actuación”.

En este sentido, el dictamen destaca que las razones de la norma están fundadas en principios de ética, buena fe y protección del interés social, los cuales constituyen pilares esenciales del derecho societario contemporáneo.

El constitucionalista también rechaza los argumentos que califican al artículo 1087 como una norma inconstitucional. En su análisis, aclara que la disposición no priva derechos esenciales, sino que establece una limitación razonable y necesaria para garantizar la imparcialidad y la transparencia societaria.

“El artículo protege el interés social y el principio de buena fe, valores plenamente compatibles con el diseño constitucional”, sostiene Mendonca. Además, aclara que la restricción al voto “no es arbitraria ni abusiva”, ya que solo se aplica cuando se juzga la propia gestión del directivo o gerente, sin afectar su derecho a voz, defensa o participación en otros aspectos de la vida societaria.

El experto concluye que la norma es coherente con los principios de ética pública, transparencia, buena administración y moralidad, reconocidos en las constituciones modernas. “Lejos de ser discriminatoria, la disposición busca evitar el conflicto de intereses, proteger los derechos de los socios y accionistas, y asegurar un control efectivo sobre los administradores”, enfatiza.

Finalmente, Mendonca sostiene que eliminar el artículo 1087 significaría debilitar los mecanismos de rendición de cuentas en el ámbito empresarial y abrir la puerta a prácticas contrarias a la transparencia y la buena administración.

Actualmente la Corte Suprema de Justicia Sala Constitucional, analiza un planteamiento que busca declarar inconstitucional este artículo de Código Civil, lo que ha generado preocupación en varios sectores por las consecuencias negativas que podría traer.

Foto: Gentileza.

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