La abogada Noelia Núñez impugnó ante la fiscalía general del Estado la confirmación del fiscal Bernardo Javier Elizaur en la causa que investiga la sustracción de máquinas de criptominería. Según la recusación, el fiscal manipuló indebidamente evidencias en este caso y permitió que el denunciante actuara como técnico del Ministerio Público.
La profesional menciona en su escrito de impugnación que el fiscal debe ser apartado del caso por las graves irregularidades y la manifiesta parcialidad del agente fiscal Bernardo Elizaur Aguirre: “no constituyen una mera disconformidad con el procedimiento, sino una clara falta de objetividad y una vulneración flagrante de las garantías procesales de mi defendido, comprometiendo irremediablemente la validez de la investigación y la credibilidad de esta institución”, señala la abogada.
Agrega que la recusación primigenia se sustentó en la manipulación indebida de las máquinas de criptominería incautadas durante el allanamiento del 24 de mayo de 2025, llevado a cabo en la empresa Miner X y en un taller denominado GLOBAL HASH, en Ciudad del Este. Según videos recabados por la defensa del procedimiento fiscal-policial, el denunciante, Andy Louis Ilhan Jasmin, procedió a desarmar y manipular dichas máquinas con herramientas eléctricas, simulando ser un técnico del Ministerio Público, con el consentimiento y protección del fiscal Elizaur.
Para la abogada, este hecho constituye no solo una falta grave del agente fiscal, quien debe preservar intactas las evidencias para el proceso, sino también una violación del deber de garantizar el fiel cumplimiento de la norma y la objetividad en los procedimientos. En este caso, el fiscal anuló dicha prueba al permitir que un tercero ajeno al Ministerio Público manipulase las evidencias.
Núñez sostiene que este acto vulnera todos los preceptos legales, tanto los derechos de los investigados Marco Emmanuel González (cliente de la abogada Núñez), como el derecho de la defensa, al permitir que el denunciante utilizara un taladro para abrir y verificar las máquinas encontradas, constituyendo una grave transgresión del deber de tutela efectiva del proceso por parte del fiscal.
La abogada calificó el hecho como una “grosera manipulación de las evidencias”. Las máquinas en cuestión contaban con facturas y guías de despacho documentación que acreditaba su legalidad, pero aun así fueron incautadas por el fiscal Elizaur, a quien solicitan apartar del caso por falta de objetividad.
La vulneración manifiesta de garantías procesales por parte del agente fiscal hace imprescindible su apartamiento del caso, según la impugnación.