Elecciones de abogados: Recuerdan sanciones por delito electoral

Ante las elecciones previstas para el próximo 28 de octubre para elección de dos abogados representantes titulares y suplentes ante el Consejo de la Magistratura, el Ministerio Público recuerda la vigencia de la ley que castiga los delitos electorales.

La fiscalía señala que el C.P.P, castiga con años de cárcel los ilícitos electorales como el de votar sin estar habilitado, producir resultados falsos y falsear resultados que tiene una expectativa de cinco años de cárcel para quienes incurran en estos hechos punibles.

A la vez el Ministerio Público alerta que las personas que voten más de una vez en las elecciones de abogados serán procesadas de acuerdo a lo tipificado en el artículo 323, toda persona que se inscribiere en el Registro Cívico Permanente fraudulentamente ya sea por no gozar del derecho del sufragio o por hallarse inhabilitada; toda persona que en una misma elección votara más de una vez, ya sea en la misma mesa, o en otra o en distritos electorales diferentes.

Así como los que detuvieren, impidieren o estorbaren el cumplimiento de su misión a los mensajeros, correos o agentes encargados de la conducción de actas, pliegos, o cualquier otro documento de las autoridades electorales, será castigado a la pena de uno a tres años de cárcel o multa.

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