El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) resolvió archivar las cinco causas que tramitaban contra la abogada Analía Cibils, tras constatar que ya no ejerce el cargo de jueza de Paz, condición indispensable para que pueda ser sometida a juicio ante dicho órgano constitucional.
Durante el análisis del caso, la presidenta del JEM, Alicia Pucheta, recordó que la la Corte Suprema de Justicia comunicó, mediante nota oficial del 4 de junio de 2026, la decisión adoptada por la máxima instancia judicial de designar a la abogada Sonia Elizabeth Torres como jueza de Paz de la Circunscripción Judicial de la Capital en reemplazo de Cibils.
Con esta determinación, el Jurado concluyó que Analía Cibils dejó de revestir la calidad de magistrada, por lo que ya no puede ser juzgada por el órgano encargado del control disciplinario de jueces y fiscales. En consecuencia, dispuso la cancelación y el archivo de los expedientes, en aplicación de lo establecido en el artículo 253 de la Constitución Nacional.
No obstante, durante la fundamentación de su voto, Pucheta, enfatizó que el cierre de las actuaciones en el ámbito del JEM no implica el fin de las investigaciones relacionadas con los hechos que se le atribuyen.
En ese sentido, remarcó que las eventuales responsabilidades penales deberán ser determinadas por la jurisdicción competente, donde continúan las pesquisas vinculadas al esquema conocido como la “mafia de los pagarés”.
Asimismo, destacó que miles de personas habrían sido afectadas por presuntos embargos promovidos mediante procesos irregulares, por lo que las víctimas esperan que las investigaciones avancen y permitan esclarecer los hechos, además de establecer las responsabilidades correspondientes.
De esta manera, el Jurado dejó sentado que el archivo de las causas responde exclusivamente a la pérdida de investidura de la exmagistrada y no constituye un pronunciamiento sobre el fondo de las denuncias que pesan en su contra.










