Deber legal alimentario: Instan uso del registro de padres morosos

El Poder Judicial insta a todas las instituciones públicas y financieras a consultar el registro de padres morosos.

Ello en atención a la vigencia de la Ley N° 6.506/20, ampliada ese año para dar cumplimiento eficaz a la prestación de alimentos y que obliga a las instituciones a requerir el registro del Redam, Registro de Deudores de Alimentos Morosos.

Las instituciones, como las municipalidades, bancos, financieras deben utilizar este registro, pues aquellas personas incluidas en él se encuentran con limitaciones, como la realización de transferencias de inmuebles o acceso a créditos. 

Dicha ley busca precautelar los derechos del niño, niña o adolescente que tiene necesidades naturales para su manutención, educación y salud. 

Esta norma, modificada en el 2020, busca que se cumpla con efectividad la prestación de alimentos. Actualmente en el Redam se encuentran inscriptas 133 personas morosas con sus compromisos de alimentos.

Estos son los cambios introducidos en la norma:

-Establece taxativamente casos puntuales en los que se debe constatar sobre si la persona se encuentra o no inscripta en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, la primera es al momento de contraer matrimonio, procedimiento en el cual el Oficial del Registro Civil tiene la obligación de comunicar durante la ceremonia de que uno o el otro contrayente se encuentra inscripto como deudor alimentario moroso, asimismo debe hacer constar a los testigos del matrimonio civil. 

-Otra situación puntual es que no se podrán realizar compra-venta de bienes registrables y no registrables ante la Escribanía Pública sin previa constancia de no poseer antecedentes en la Redam.

-A la hora de expedir las licencias de conducir todas las municipalidades del país deben primero constatar que la persona a la que se le expedirá dicho documento vial no figura en el Redam.

-Sumado ya a las obligaciones puntuales mencionadas anteriormente es importante resaltar que tanto las entidades financieras y crediticias o instituciones públicas están obligadas a solicitar a las personas que acudan para tener algún préstamo de carácter comercial la constancia de que no están inscriptos en el registro de deudores alimentarios morosos.

Es importante destacar que el Poder Judicial  a través de la Dirección de Estadísticas expide gratuitamente los certificados de antecedentes en el Redam.

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