Contraloría no podrá auditar fondos de la EBY, por ahora

La sala constitucional de la CSJ hizo lugar a la medida cautelar requerida por Yasyreta y suspendió efectos de tres artículos de la ley que establece el control de gastos de las binacionales.

La sala constitucional integrada por los ministros César Diesel, Alberto Martínez Simón y Víctor Ríos, resolvió hacer lugar a la medida cautelar de urgencia requerida por la Entidad Binacional Yasyreta, institución que accionó contra la ley que dispone en control, vigilancia y fiscalización de las binacionales.

Yasyreta, recurrió en inconstitucionalidad la ley 6.763/21 en sus artículos, 1°, 2°, y 3°, que establece los procedimientos de control de uso de fondos de las Binacionales.

La máxima instancia en esta etapa, hace lugar a la medida de urgencia requerida para evitar un daño irreparable al demandante, esto, hasta que se resuelva el fondo de la cuestión sometido a estudio por la Corte Suprema de Justicia.

Los efectos dicha ley quedan suspendidos, hasta tanto resuelvan los integrantes del máximo tribunal de nuestro país si los artículos acatados de inconstitucional son o no, inconstitucionales.

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