Advierten que tribunales suplen errores de la Fiscalía en causas de alto perfil

El abogado penalista Rodrigo González Planás sostuvo que en procesos contra personas consideradas de alto perfil se observan decisiones judiciales que terminan corrigiendo falencias del Ministerio Público. Aseguró que esta práctica genera un grave precedente para las garantías constitucionales y citó como ejemplo el caso del exministro de la SEN, Joaquín Roa.

El profesional alertó sobre lo que considera una práctica cada vez más frecuente dentro del sistema judicial paraguayo: la intervención de los tribunales para subsanar errores o deficiencias del Ministerio Público durante los procesos penales, una situación que, según afirmó, afecta directamente el principio de igualdad ante la ley.

González Planás sostuvo que este fenómeno se observa especialmente en causas que involucran a personas consideradas de alto perfil público y advirtió que la ciudadanía no alcanza a dimensionar el impacto que puede tener sobre las garantías de todos los ciudadanos.

«Cuando el procesado es un funcionario de alto perfil no se cumple la ley para ellos», cuestionó González Planás al referirse a casos en los que, según señaló, las reglas procesales terminan aplicándose de manera diferente.

El abogado recordó el proceso que enfrenta el exministro de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN), Joaquín Roa, en el que ejerce la defensa, y aseguró que durante el juicio varias hipótesis planteadas por la defensa no fueron analizadas ni respondidas por el tribunal.

Según explicó, incluso se habría recurrido de manera incorrecta a herramientas procesales para corregir falencias de la acusación fiscal.

«Nosotros nos sometimos al proceso desde el primer momento. Igual tiene que estar adentro. Estuvo cuatro meses preso. Resulta ser que llega al juicio oral con prisión domiciliaria. Y el propio fiscal, cuando se le condena a ocho años, dice: ‘No hay peligro de fuga, hay que darle nomás la libertad’. Si había peligro de fuga cuando recién cayó la imputación, ¿cómo no habría peligro de fuga ya condenado a ocho años? Esos son los sinsentidos que enfrentamos hoy los profesionales», expresó.

González Planás afirmó además que en determinados casos los fiscales actúan con una lógica orientada exclusivamente a obtener condenas, dejando de lado el deber de objetividad que establece la legislación penal.

«El fiscal entra en una carrera para condenar, es como si fuese una competencia, y es una competencia, pero él tiene que regirse a actuar por el principio de objetividad. No es condenar por condenar y gané. Tiene que aplicar el Código Procesal Penal. Es lo que no hacen ciertos fiscales porque están en una carrera para lograr más condenas», manifestó.

El abogado también cuestionó la utilización de la figura de la medida para mejor proveer, al considerar que en algunos casos se emplea para incorporar elementos destinados a corregir errores de la acusación en lugar de esclarecer aspectos puntuales del proceso.

A criterio del letrado, cuando los tribunales asumen un rol que termina compensando deficiencias investigativas o acusatorias del Ministerio Público, se produce una distorsión del sistema acusatorio y se debilitan las garantías del debido proceso.

«Lo preocupante es que esto no afecta solamente a una persona o a un caso puntual. Cuando se relativizan las reglas procesales para determinados imputados, el perjuicio termina alcanzando a toda la ciudadanía porque se debilita el principio de igualdad ante la ley», advirtió.

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