Tribunal Ética fija límites al uso de redes sociales por magistrados

El Tribunal de Ética Judicial del Poder Judicial dejó sentado un relevante precedente sobre el uso de redes sociales por parte de jueces y juezas, al concluir que el deber de prudencia y decoro de los magistrados no se limita al ejercicio de sus funciones, sino que se extiende también a su vida privada cuando sus expresiones pueden afectar la confianza pública en la administración de justicia.

La decisión fue adoptada en el marco del expediente abierto de oficio contra la jueza penal de sentencia de la Capital, Dina Marchuk Santacruz, a raíz de comentarios publicados en redes sociales. Tras analizar las explicaciones brindadas por la magistrada, el Tribunal concluyó que el argumento de que las expresiones fueron realizadas en un ámbito coloquial o privado no resulta suficiente para excluir la responsabilidad ética.

En la resolución, el órgano disciplinario enfatiza que «el deber de decoro rige en todo momento y lugar», comprendiendo tanto la conducta pública como la privada cuando esta puede proyectarse sobre la imagen del Poder Judicial. Asimismo, sostiene que aun cuando las publicaciones no individualicen formalmente a una persona determinada, su contenido y difusión pública pueden generar una percepción de incorrección o falta de mesura incompatible con la investidura judicial.

El Tribunal concluyó que la conducta desplegada por la magistrada excedió los límites de prudencia y decoro exigidos por el Código de Ética Judicial, resultando objetivamente apta para afectar la imagen institucional y la confianza que la ciudadanía debe depositar en quienes ejercen la función jurisdiccional.

En consecuencia, declaró comprobada la comisión de una falta ética e impuso a la jueza la medida disciplinaria de recomendación, prevista en el Código de Ética Judicial. La decisión tiene un carácter preventivo y orientador, recordando a la magistrada sus obligaciones éticas e instruyéndola sobre el deber de observar una prudencia y un decoro reforzados en el uso de redes sociales y otros medios de comunicación pública.

Otro aspecto destacado de la resolución es que el Tribunal dispuso su publicidad, al considerar que los procesos de responsabilidad ética no solo buscan corregir conductas individuales, sino también sentar criterios jurisprudenciales, orientar a los integrantes del Poder Judicial y fortalecer la credibilidad del sistema de ética judicial.

Con este pronunciamiento, el Tribunal de Ética Judicial establece un criterio claro: la libertad de expresión de los magistrados encuentra límites en los deberes de imparcialidad, prudencia y decoro inherentes a la función judicial, incluso en los entornos digitales y las redes sociales, cuando las manifestaciones realizadas tienen la capacidad de comprometer la imagen institucional o la confianza de la ciudadanía en la Justicia.

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