El trabajo no remunerado de cuidado tiene un impacto económico y social, aseguran

El reconocimiento del cuidado como un derecho humano representa uno de los avances más relevantes en materia de derechos sociales en la región y plantea nuevos desafíos para los Estados. En Paraguay, el tema aún permanece escasamente visibilizado, pese a su enorme impacto económico y social, según sostiene la abogada y especialista en derechos humanos, Lorena Segovia, quien recientemente presentó una tesis de maestría sobre el trabajo de cuidado no remunerado y su relación con el sistema de seguridad social paraguayo, obteniendo una calificación sobresaliente.

Durante una entrevista concedida a Judiciales Net, Segovia explicó los alcances de la Opinión Consultiva N.º 31/25 emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que reconoce expresamente el derecho al cuidado como un derecho humano.

“Considero que es un tema trascendental y que, sin embargo, en Paraguay no está visibilizado. El año pasado, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó una opinión consultiva, la número 31/25, en la cual estableció con claridad que el derecho al cuidado es un derecho humano”, afirmó.

La especialista destacó que esta definición tiene consecuencias jurídicas concretas para los Estados, que pasan a tener obligaciones específicas en la materia.

“Esta decisión de que el derecho al cuidado sea considerado un derecho humano genera la obligación por parte del Estado de respetar y también garantizar que la vigencia o la ejecución de ese derecho está protegido suficientemente”, explicó.

Segovia precisó que la protección reconocida por la Corte no se limita únicamente a quienes requieren asistencia, sino que abarca distintas dimensiones.

“No se trata solamente del derecho de la persona a recibir cuidado, sino también el derecho de la persona que cuida y también el derecho que se tiene al autocuidado”, señaló.

El trabajo de cuidado y la seguridad social

La investigación académica desarrollada por la profesional analizó la situación del trabajo de cuidado no remunerado dentro del sistema de seguridad social paraguayo, un aspecto que, según indicó, fue especialmente abordado por la Corte Interamericana.

“Lo que la Corte Interamericana señaló con mucho énfasis en su opinión consultiva es que el Estado debe garantizar en forma progresiva que aquellas personas que están realizando este trabajo de cuidado no remunerado tienen derecho a todo aquello que hace a los derechos laborales y de seguridad social”, sostuvo.

La jurista remarcó que el cuidado constituye un trabajo con valor económico y social, aunque generalmente no sea reconocido como tal.

“La persona que está realizando este trabajo, tiene un valor económico y social, tiene derecho también a la seguridad social”, manifestó.

No obstante, advirtió que el sistema paraguayo presenta dificultades para brindar protección efectiva a quienes desarrollan estas tareas, debido a que se basa principalmente en un modelo contributivo.

“Como nuestro modelo de seguridad social está basado en un modelo contributivo, esa persona que no recibe ningún ingreso tampoco entonces puede cotizar”, explicó.

Si bien reconoció que existen mecanismos parciales de inclusión, como la posibilidad de que las amas de casa se inscriban en el Instituto de Previsión Social (IPS), consideró que ello no resuelve completamente el problema.

“Las amas de casa pueden inscribirse en el IPS y pagando una suma de dinero pueden ser beneficiadas posteriormente con la jubilación. Pero eso trae una complejidad, porque ¿de dónde va a quitar esa persona que realiza el trabajo ya de por sí no remunerado para pagar su aporte?”, cuestionó.

A criterio de Segovia, la discusión debe comenzar por reconocer socialmente la existencia de estas tareas.

“Es importante entender de que se trata de un trabajo. Lo que debemos empezar a hacer es visibilizar que existe este trabajo de cuidado no remunerado, porque la estadística y los datos dan cuenta de su existencia”, expresó.

Un aporte económico poco conocido

La especialista destacó que el cuidado y las tareas domésticas generan un aporte significativo a la economía nacional, aunque habitualmente no se reflejen en los indicadores tradicionales.

Según recordó, estudios realizados a partir de encuestas de uso del tiempo permitieron estimar el valor económico de estas actividades.

“En el 2016 se estableció que el trabajo de cuidado y de tareas del hogar tiene un impacto que, si monetizamos eso utilizando el promedio de los salarios que podrían percibir las personas que realizan ese mismo servicio en forma remunerada, implica el 22,4% del PIB”, afirmó.

La cifra evidencia, según indicó, el peso que tiene este trabajo para el funcionamiento cotidiano de la sociedad paraguaya.

“¿Qué pasaría en Paraguay si esas actividades de cuidado no remunerado no se realizasen así como se están realizando en este momento?”, planteó.

El cuidado como protección de la vida

Durante la entrevista, Segovia subrayó que el cuidado no debe ser analizado únicamente desde una perspectiva económica, sino también como una actividad esencial para la protección de la vida y el bienestar de las personas.

“Cuando hablamos de cuidado, hablamos de protección de la vida”, afirmó.

En ese sentido, explicó que tanto niños como personas mayores requieren distintos niveles de asistencia durante etapas importantes de su existencia.

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