Tribunal intima a Salud a proveer medicamentos oncológicos a paciente

El Tribunal de Apelación de la Niñez y Adolescencia de Cordillera hizo lugar a la apelación presentada por la defensora pública Gloria Ayala en representación del señor Blas de 68 años de edad que padece de una enfermedad crónica y que requiere con urgencia de un medicamento para salvar su vida.

En Primera Instancia se rechazó el pedido de Amparo solicitado para que el Ministerio de Salud le provea la medicación a don Blas, sin embargo, el tribunal de apelaciones realizó una interpretación convencional del derecho a la salud y tuvieron en cuenta la valoración de la prueba para argumentar su posición en 27 páginas, para luego hacer efectiva el derecho a la salud, considerando que en Clínicas donde cumple su tratamiento el paciente, no contaba con la medicación que requiere para salvar su vida.

El voto del camarista preopinante, Víctor Alfonso Fretes, fue claro y firme al señalar que, el juzgado dice que no existe una prueba documental que el que el Ministerio de Salud haya negado por escrito el medicamento al paciente, pero si da por acreditado la respuesta vía WhatsApp lo que le dijeron desde el Ministerio que el paciente podría ir a seguir un tratamiento en el INCAN donde tampoco existe el medicamento que necesita, del por qué el juzgado hace la diferencia entre el recurrente y el órgano encargado del acceso a la salud.

“El Estado debe anticipar la oportuna respuesta al ciudadano que reclama la efectividad del derecho a la salud, por tratarse de un derecho humano esencial y sin el cual pierden relevancia otros derechos. Es de destacar que el caso en cuestión, con la acción promovida que pretender salvaguardar un derecho humano esencial, la salud del ciudadano Blas, a cuya situación de disvalimiento por causa de la enfermedad diagnosticada, se suma el de la vulnerabilidad agravada por la falta del medicamento recetado, señala el voto del preopinante.

“Hicimos una interpretación convencional sobre el derecho a la salud y los criterios de la Corte IDH de valoración de la prueba, además de la Doctrina de la carga dinámica probatoria, señaló la camarista Rosa Yambay quien se adhirió a la postura de su colega haciendo también otras consideraciones. Así como el tercer integrante de la Sala el doctor Martínez Caimen.

El fallo fue unánime y se intima al Ministerio de Salud a proveer los medicamentos a don Blas en un plazo de 24 horas una vez notificados de esta decisión. El viernes pasado se notificó al Ministerio vía telemática y en la fecha el ujier fue a entregar la decisión de alzada que advierte del incumplimiento de esta sentencia, podría configurar el tipo penal de desacato.

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