Paraguayos podrán obtener otra nacionalidad sin perder la paraguaya

En vigencia la ley que reglamenta tres artículos de la Constitución Nacional, que posibilita a los paraguayos a tener la nacionalidad múltiple.

La legislación que entró en vigencia desde este mes de enero, es la 7.052.

 que reglamenta los artículos, 146, 147 y 149 de la Constitución Nacional y trata sobre la nacionalidad múltiple.

La presidenta de la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara Baja Rocío Vallejo comentó a Judiciales Net los alcances de esta Ley y la importancia de la misma, debido a que unifica los criterios y salva una situación por la que atraviesan cientos de compatriotas que desean regularizar documentación ante otros países.

Vallejo recordó que el proyecto provino del Senado y buscó reglamentar tres artículos constitucionales para que todo compatriota que decida acceder a otra nacionalidad, no pierda la paraguaya; salvo caso en que se trate de un pedido expreso del mismo.

“La ley 7.052 establece en forme clara situaciones de ciudadanía paraguaya natural, la nacionalidad paraguaya por origen para niños y niñas de progenitores desconocidos, nacionalidad paraguaya por opción y un tema que siempre fue discutido, de si se pierde o no la nacionalidad paraguaya al adquirir otra nacionalidad y eso se establece en forma clara en el artículo 7 de esta Ley que ningún paraguayo natural será privado de su derecho  de nacionalidad ni del derecho de cambiarla, la nacionalidad paraguaya solo podrá perderse en caso de renuncia expresa por parte de esa persona, uno puede tener más de una nacionalidad en los casos establecidos por tratado y convenios internacionales y por reciprocidad de rango constitucional y por naturalización”, detalló la doctora Rocío Vallejo a nuestro medio.

Dijo que el documento, también contempla la posibilidad de que un paraguayo pueda adquirir la doble nacionalidad a través de tratados o acuerdos internacionales, aprobados y ratificados por el Poder Ejecutivo; por medio de la reciprocidad de rango constitucional entre el Estado de origen y el país de adopción; y por medio de la naturalización.

Debido a la importancia de la entrada en vigencia de esta y otras leyes, la Corte Suprema de Justicia puso a conocimiento de la ciudadanía y aquellos que deseen acceder a las mismas podrán acceder a través de este Link: https://www.csj.gov.py/legislacion

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