Morosos con la asistencia alimentaria no podrán acceder a registro de conducir

El Ministerio de Niñez, la Corte Suprema de Justicia y la OPACI informan que, desde este 11 de abril, todos los municipios del país controlarán si los conductores se encuentran en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Los padres en mora con la vital asistencia a los niños y adolescentes no podrán renovar ni validar su documento de conducir.

A través de un comunicado, se informó que estas tres instituciones harán efectivo el cumplimiento de la ley 5.415/15 en todos los municipios del país, vinculando la información del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) con lo que se busca hacer efectivo el derecho a la alimentación de los niños y adolescentes.

La OPACI tendrá acceso a su base de datos del REDAM, para que las personas que soliciten la renovación o la obtención de una licencia de conducir se verifiquen si tienen deudas alimentarias pendientes. Esta medida busca asegurar que los deudores cumplan con sus obligaciones hacia sus hijos.

A la hora de expedir las licencias de conducir, todas las municipalidades del país deben primero constatar que la persona a la que se le expedirá dicho documento vial no figura en el REDAM. Sumado a las obligaciones puntuales mencionadas anteriormente, es importante resaltar que tanto las entidades financieras y crediticias como las instituciones públicas están obligadas a solicitar a las personas que acudan para obtener algún préstamo de carácter comercial la constancia de que no están inscriptas en el registro de deudores alimentarios morosos.

spot_img
spot_img
- Anuncios -spot_img
- Anuncios -spot_img
spot_img
spot_img

MÁS EN JUDICIALES.NET

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

font-display: swap