Ante una mayor disponibilidad de tobilleras electrónicas, se propone ampliar su uso a la circunscripción de Central, donde existe el mayor número de casos de violencia familiar. Por ello, se solicita que este mecanismo de control a distancia se implemente en esta zona.
La ministra Carolina Llanes explicó que se ha aumentado a 100 el número de dispositivos electrónicos; por lo tanto, se requiere que también sean utilizados en la zona de mayor afectación por estos hechos de violencia hacia la mujer.
Se aguarda que la Policía Nacional informe si cuenta con los mecanismos necesarios para monitorear estos casos en Central, a fin de hacer efectiva su implementación, con lo que se iniciaría la ampliación gradual de su uso.
La aplicación del dispositivo pasó por ciertos inconvenientes en un caso correspondiente a un proceso de Central. Posteriormente, la Corte emitió un comunicado aclarando a los jueces que, en principio, este mecanismo solo será utilizado en la Capital, para luego extender su uso a otras zonas del país.
El plan piloto contempló inicialmente solo 20 tobilleras, que fueron utilizadas dentro de la ciudad de Asunción. Ahora, con la ampliación de la disponibilidad de esta herramienta, su uso podría extenderse al departamento Central, a fin de contener los casos de extrema violencia hacia las mujeres.
La empresa adjudicada proveerá el servicio de hasta 1.000 dispositivos. Cada uno tiene un costo estimado de entre 2.009.000 y 2.100.000 guaraníes, que deberá ser abonado por los beneficiarios de esta medida alternativa. En caso de declararse su insolvencia, el costo será absorbido por el Ministerio del Interior, según adelantaron las autoridades.
La aplicación de las tobilleras quedará a criterio de cada juez penal de garantías. Ante un pedido jurisdiccional, la Policía Nacional realizará el estudio de factibilidad, en el cual se verifican las señales de GPRS y de radio —ambas utilizadas por los dispositivos—, así como los perímetros de movimiento.
La máxima instancia aprobó en su momento la Acordada 1.779, que establece el protocolo de aplicación de las tobilleras electrónicas en los procesos relacionados con violencia familiar. Entre otras disposiciones, el juez de garantías debe considerar la opinión de la víctima antes de conceder el beneficio.
Se aclara igualmente que el protocolo busca ser un manual para los jueces de garantías de Capital, quienes deben ceñirse estrictamente a lo establecido, a fin de asegurar la protección de las víctimas de violencia familiar y respetar las garantías del procesado.
Queda a cargo de cada juez de garantías valorar el momento en que puede utilizarse el dispositivo de control, la gravedad del hecho punible, el historial delictivo del posible beneficiario, los antecedentes del imputado o imputada, la necesidad de proteger a la víctima, así como el riesgo y la opinión de esta.
Igualmente, los jueces están obligados a asentar en sus resoluciones el tiempo que debe durar el uso del dispositivo, a fin de evitar un uso excesivo o indefinido del aparato de control.