El juez de Ejecución Penal Carlos Mendoza dispuso que el exgobernador de Central continúe su recuperación en su domicilio. Los informes médicos señalan que, pese a su evolución favorable, presenta secuelas físicas y neurológicas que le impiden valerse por sí mismo.
El juez de Ejecución Penal Carlos Mendoza resolvió conceder el arresto domiciliario por un periodo de 90 días al exgobernador de Central Hugo Javier González, condenado por lesión de confianza a 10 años de prisión, atendiendo a las secuelas físicas y neurológicas que presenta tras sufrir un traumatismo craneoencefálico grave durante su permanencia en un establecimiento penitenciario.
La decisión se sustenta en los informes médicos incorporados al expediente, cuyos resultados coinciden en que, si bien González no padece una enfermedad en etapa terminal ni presenta actualmente riesgo vital, su estado de salud todavía le impide desenvolverse de manera autónoma y requiere asistencia permanente de terceros.
Según los antecedentes valorados por el magistrado, el exgobernador registra alteraciones en la movilidad, el equilibrio y las funciones cognitivas, además de episodios de alucinaciones y confusión. Estas secuelas afectan su capacidad para incorporarse, desplazarse y realizar actividades básicas de la vida cotidiana.
Los profesionales que evaluaron al condenado recomendaron la continuidad del tratamiento de rehabilitación, el seguimiento por especialistas y la supervisión permanente. Asimismo, desaconsejaron su permanencia en un establecimiento penitenciario y recomendaron que continúe su recuperación en su domicilio, bajo estricto cuidado familiar y control médico.
Una medida excepcional y temporal
En su resolución, Mendoza consideró que las limitaciones físicas y la dependencia de terceros, documentadas en los informes médicos, comprometen la autonomía personal de González y deben ser ponderadas al momento de determinar la modalidad de ejecución de la condena.
El magistrado también señaló que las lesiones se produjeron durante el periodo en que el condenado se encontraba bajo custodia estatal, circunstancia que obliga al Estado a garantizar su integridad y la continuidad de la asistencia que necesita.
No obstante, la resolución aclara que la medida no implica un pronunciamiento sobre las causas de las lesiones ni sobre las eventuales responsabilidades por lo ocurrido.
En ese contexto, y conforme a las recomendaciones médicas, el juez consideró proporcionado disponer la prisión domiciliaria por 90 días, como una modalidad excepcional y temporal de ejecución, atendiendo a la gravedad de las secuelas, el grado de dependencia y las necesidades asistenciales del condenado.
Control médico y sin renovación automática
La medida está condicionada a la disponibilidad efectiva de cuidado familiar, atención profesional y continuidad del proceso de rehabilitación prescrito.
Además, antes de que venza el plazo de 90 días deberán presentarse nuevos informes médicos y socioambientales que permitan evaluar la evolución clínica y las condiciones en las que se encuentra González.
En caso de que se plantee la continuidad del arresto domiciliario, el magistrado deberá dictar una nueva resolución debidamente fundamentada. Si la medida se prolonga por otro periodo, los informes deberán actualizarse antes de cada nuevo vencimiento.
La resolución establece expresamente que no habrá renovación automática y que la medida no modifica la duración de la condena impuesta al exgobernador.
De esta manera, González permanecerá en su domicilio durante el periodo dispuesto, mientras continúa su recuperación, sujeto a las condiciones médicas, asistenciales y de control establecidas por el juzgado. Además se le instala el dispositivo de tobillera electrónica y se establece el perímetro de movilidad que deberá ser monitoreado por la policía.
Hugo Javier González cumple una condena de 10 años de prisión por lesión de confianza, derivada de un proceso relacionado con el manejo de recursos públicos destinados a programas de reactivación económica durante la pandemia de COVID-19.











