La experta en derechos humanos Alejandra Peralta Merlo cuestionó duramente la sentencia dictada por la jueza Lourdes Peña en el caso del periodista Alfredo Guachiré, condenado tras una querella por difamación y calumnia promovida por la empresaria Cristina Kress en relación con publicaciones vinculadas a Frutika.
Peralta Merlo señaló que analizó íntegramente el fallo y considera que la resolución presenta “errores graves” en materia de protección a la libertad de expresión y estándares internacionales de derechos humanos.
Según explicó, uno de los principales cuestionamientos apunta a que la magistrada habría aplicado el Código Penal “de forma literal y casi mecánica”, sin realizar “un análisis constitucional ni convencional serio” respecto al equilibrio entre el derecho al honor y la libertad de expresión.
“La jueza falla estrepitosamente en el balance entre libertad de expresión y honor”, sostuvo la especialista, al afirmar que la sentencia ignora disposiciones constitucionales y estándares internacionales, además de jurisprudencia reciente de la Corte Suprema de Justicia.
La abogada remarcó que las publicaciones realizadas por Guachiré abordaban supuestas irregularidades vinculadas a exportaciones paraguayas, operaciones financieras y posibles hechos relacionados con narcotráfico, cuestiones que —a su criterio— constituyen un tema de evidente interés público.
“Paraguay es uno de los países con mayor riesgo de narcotráfico vía contenedores de exportación. Sin embargo, llamativamente la jueza lo reduce a un conflicto privado entre socios de una empresa”, expresó.
Peralta Merlo también cuestionó el análisis realizado sobre la actuación periodística de Guachiré. Indicó que la propia sentencia reconoce que el periodista accedió a documentos y antecedentes relacionados con el caso, además de haber intentado contactar a Kress para obtener su versión.
En ese sentido, afirmó que el fallo equipara “cualquier énfasis, omisión o interpretación con dolo y desprecio total a la verdad”, cuando según dijo, los estándares interamericanos no exigen demostrar una “verdad absoluta”, sino actuar con diligencia razonable y sin intención deliberada de difundir información falsa.
Otro de los puntos criticados por la experta fue la sanción impuesta al periodista, consistente en 300 días-multa, una composición económica de 20.000 dólares y la publicación obligatoria de la sentencia.
“Es una sanción muy pesada para un caso de expresión. Tiene un claro efecto disuasivo sobre el periodismo investigativo”, manifestó.
Finalmente, Peralta Merlo advirtió que, desde su perspectiva, la resolución judicial “está apartada de la lógica estructural del derecho y de la protección interamericana de la libertad de expresión”, y alertó que el caso podría derivar en futuras responsabilidades internacionales para el Estado paraguayo.











