Tribunal especializado en delitos económicos presidido por la magistrada Elsa García, aplicó la primera condena por estafa a través de sistemas informáticos conocido como, “fraude bypass”. Fue condenado por este hecho, Carlos Antonio López Portillo a cuatro años de cárcel por estafa.
La agente fiscal Ruth Benítez representó al Ministerio Público en este caso y acercó al tribunal todos los elementos probatorios que incriminan al condenado.
Según datos del caso, el hoy condenado operó desde su vivienda y desde su local comercial denominado «Box Pluss S.A», ubicado dentro del Shopping La Rural. El condenado, instaló numerosos dispositivos conocidos como SIMBOX, cuyos aparatos en forma individual contenían innumerables tarjetas de sim cards de diferentes compañías telefónicas (Telecel S.A., Núcleo S.A, Claro) conectados a routers con varias antenas, ayudaban a transmitir más datos y a mayor velocidad. Esto facilitaba el enrutamiento de llamadas internacionales a través de la modalidad técnica de desvíos de protocolo VoIP, que utiliza red de protocolos de internet para transmitir y recibir comunicaciones de voz.
Estas llamadas internacionales eran transmitidas por la red de internet a las tarjetas sim cards locales, logrando mediante este procedimiento que López Portillo, omitiendo el circuito legal establecido por ley, abarate los costos de las llamadas internaciones al costo de llamadas nacionales para ser utilizadas desde su local comercial. Con ello, logró la disminución del 70% de tráfico en detrimento para la empresa COPACO S.A., mediante el puenteo a la infraestructura de esta, y con ello beneficiándose a través de las ganancias ilícitas, conocida como FRAUDE BYPASS. Además, ocasionó un perjuicio patrimonial para dicha compañía.
Las tarjetas sim cards de varias telefonías, instaladas en las cajas SIMBOX, eran cambiadas de forma periódica y constante, tratando de evitar con ello el rastreo de los números telefónicos.
Tras el cúmulo probatorio desarrollado en el juicio oral, el Ministerio Público demostró la autoría del acusado, quedando probado que el condenado no solo logró obtener la conversión de las llamadas internacionales como tráfico local (llamadas nacionales), sino también abaratar el costo de las entrantes. El valor de una llamada internacional en promedio es de 6.047 guaraníes, mientras que el valor de una llamada local en promedio es de 470 guaraníes. De esa manera, obtuvo para sí todo el beneficio patrimonial, producto del fraude bypass.
El Tribunal de sentencias especializado en delitos económicos y anticorrupción estuvo presidido por la jueza Elsa María García, e integrado por los miembros Adriana Planás y Ubaldo Matías Garcete, quienes aplicaron la primera sentencia por este tipo de estafa.