Censura: Recurrirán absolución ante la Corte y denunciarán penalmente a miembros del JEM

Este lunes el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados ha notificado a Christian Chena de la absolución de la jueza de Paz de Trinidad Gloria Machuca, denunciada por el propietario de RDN por la censura que aplicó al recurrente y su portal digital por realizar denuncias de corrupción pública.

La abogada Alejandra Peralta Merlo quien ejerce la representación de Chena, anunció que pese al descrédito de las instituciones persistirán hasta lograr que los derechos de su cliente y el medio afectado por la decisión de la jueza Gloria Machuca, sean restituidos.

Adelantó que, presentarán una acción de inconstitucionalidad contra la decisión del Jurado que resolvió rechazar “in limine”, es decir sin estudiar la acusación presentada por Chena contra la jueza que le impuso una prohibición basada en la ley de protección integral a las mujeres para amordazarlo y a su medio de comunicación.

Peralta Merlo, dijo que el último escándalo de los chats de Lalo Gómes, que salpica gravemente a los miembros del JEM y de cómo se maneja cobra sentido la injusticia decisión que absolvió a la jueza Machuca pese a las pruebas arrimadas en las que se demuestra que censuró al empresario.

“Fuimos notificados de la sentencia en la denuncia realizada contra la jueza de paz de Trinidad Gloria Machuca por haber impuesto censura contra el medio RDE y Christian Chena. Como recordarán, el Jurado decidió salvar a Machuca con argumentos contrarios a derecho, por lo que presentaremos una acción de inconstitucionalidad en contra de esta resolución y una denuncia por prevaricado en contra de los miembros firmantes. En especial, el cartista Derlis Maidana, quien fue el preopinante”, señaló la abogada.

El 12 de enero de 2024, la jueza de Paz de Trinidad Gloria Machuca censuró al empresario Christian Chena y a su medio digital RDN, tras replicar un video que denunciaba presuntas irregularidades en el Instituto de Previsión Social (IPS). La medida, dictada al amparo de la Ley N° 5.777/16, de protección integral a la mujer, prohibió durante 365 días cualquier comentario que involucrara a Gisele Mousques, esposa del exdirector del IPS Darío Filártiga, quien fue señalada como presunta recaudadora de porcentajes en licitaciones.

El video en cuestión hacía referencia a supuestas prácticas corruptas, lo que motivó a Mousques a denunciar a Chena y a RDN, alegando que la publicación constituía “violencia contra la mujer». Sin embargo, el contenido replicado tenía un evidente interés público, relacionado con denuncias de corrupción. La jueza Gloria Machuca, en su fallo inicial, ordenó a Chena y a RDN abstenerse de realizar publicaciones sobre Mousques en redes sociales y medios digitales. Esta medida fue revocada en apelación por la jueza de Primera Instancia Rosanna Frutos Olguín, quien argumentó que la resolución de Machuca configuraba una censura previa, prohibida en un sistema democrático.

Frutos Olguín enfatizó que el material difundido por Chena y RDN estaba protegido por la libertad de expresión y que el Estado debe evitar imponer restricciones indebidas a la difusión de información de interés público. Sin embargo, Mousques promovió una acción de inconstitucionalidad contra esta resolución, que aún no fue resuelta por la Sala Constitucional, donde el ministro César Diesel es el preopinante.

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