La jueza de Paz de Santísima Trinidad, Lourdes Piñeiro, dispuso la restitución de la posesión de un inmueble a un hombre de 70 años, quien había permanecido alejado de su propiedad durante aproximadamente tres meses en el marco de una causa iniciada por una denuncia de supuesta violencia doméstica.
La resolución dejó sin efecto las restricciones que impedían al propietario regresar a su vivienda y permitió que recuperara la posesión del inmueble, según informó su defensa.
De acuerdo con los antecedentes del caso, el hombre tomó conocimiento en marzo pasado de una denuncia presentada en su contra por una mujer con quien habría mantenido una relación de carácter ocasional. A raíz de la presentación, el juzgado de Paz dictó medidas de protección que incluyeron una orden de alejamiento, lo que le impidió acceder a su casa en cuestión mientras se tramitaba el expediente.
La defensa del afectado, encabezada por la abogada Alejandra Peralta, sostuvo que la denunciante señaló como domicilio propio una propiedad perteneciente al denunciado, situación que derivó en la exclusión de este último del inmueble. Asimismo, indicó que posteriormente se promovieron otras acciones judiciales con la misma finalidad.
«Se utilizan este tipo de denuncias para acortar el camino de juicios que por su naturaleza deben tramitarse en el ámbito civil. Por ejemplo, juicios para dividir los bienes, como la disolución de la comunidad conyugal. Entonces, todos quieren llevar a la medida de protección y que el juez de Paz dicte fuera de su competencia decisiones. Los jueces de Paz no pueden disponer ni sobre los autos ni sobre las casas ni sobre el dinero ni cuentas bancarias, y, eso es lo que también están buscando», subrayó Alejandra Peralta.
Tras analizar los antecedentes y las circunstancias expuestas en el expediente, la magistrada Piñeiro resolvió restituir la posesión del inmueble al propietario. Además, rechazó una nueva solicitud de medidas presentada por la denunciante sobre los mismos hechos ya analizados por la justicia.
Según la resolución, la jueza consideró los elementos reunidos durante la tramitación de la causa para adoptar la medida, que permitió el retorno del adulto mayor a la vivienda.
El caso ha generado debate en torno a la aplicación de las medidas de protección previstas en la Ley N.º 5777/16 «De Protección Integral a las Mujeres contra Toda Forma de Violencia», así como sobre la necesidad de garantizar el debido proceso y la adecuada valoración de los hechos en cada situación sometida a consideración judicial.










