La ministra de la Corte Suprema de Justicia, Carolina Llanes, instó a los jueces a cumplir con el procedimiento establecido en el artículo 52 de la Ley 1340 y disponer, en el menor tiempo posible, la destrucción de las sustancias estupefacientes incautadas. Advirtió que mantenerlas durante meses o años en depósitos representa un riesgo ambiental, procesal y de seguridad, debido al alto valor económico que conservan para las redes dedicadas al narcotráfico.
La ministra Carolina Llanes hizo un llamado a los magistrados para que aceleren los procedimientos destinados a la destrucción de drogas incautadas en causas penales, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley 1340.
La integrante de la máxima instancia judicial señaló que la normativa establece un plazo de 48 horas para proceder a la destrucción de las sustancias incautadas y remarcó que, si bien el juez debe adoptar las medidas conforme a las posibilidades y recaudos propios de cada proceso, la droga no puede permanecer durante meses o años en depósitos judiciales.
Para Llanes, la permanencia prolongada de estas sustancias genera un “peligro latente”, tanto por los efectos que pueden producir sobre el ambiente como por la posibilidad de que sean sustraídas antes de que se concrete su incineración.
“Estos materiales no solo pueden dañar el medio ambiente, también existe el riesgo de que puedan ser sustraídos antes de que el juez produzca la incineración”, advirtió.
La ministra explicó que recibió consultas de magistrados respecto de la aplicación del plazo previsto por la legislación y sostuvo que, aunque existen circunstancias procesales que deben ser consideradas por los jueces, la demora excesiva no puede convertirse en una práctica habitual.
“Me entero a través de magistrados que llaman que hay algunos tribunales el plazo lo puede de 48 horas el juez lo determinar dentro de sus posibilidades, es cierto, pero eso no pueden estar años o meses”.
El riesgo de mantener droga en depósitos
Uno de los principales argumentos planteados por Llanes está relacionado con el valor económico que conservan las sustancias incautadas.
La ministra alertó que mientras la droga permanezca almacenada continúa representando un objeto de interés para personas vinculadas al tráfico de estupefacientes y para quienes eventualmente tienen acceso a las sustancias durante las distintas etapas de su custodia.
“Esto también constituye un peligro latente manteniéndolo en los depósitos, no solo por el daño al ambiente, sino por el alto valor económico que sigue siendo materia de codicia de las personas que trafican y de personas que incautan o por cuyas manos pasan estas sustancias”.
Desde esta perspectiva, la destrucción no constituye únicamente el cierre material de un procedimiento de incautación, sino también una medida destinada a neutralizar un riesgo para la seguridad y preservar la integridad de la investigación penal.
Preservar las muestras necesarias para la causa
Llanes aclaró que la urgencia en la destrucción de la droga no implica eliminar elementos que puedan resultar necesarios para el proceso judicial.
Antes de la incineración deben cumplirse los recaudos correspondientes, entre ellos los pesajes y análisis primarios, además del control de pureza de las sustancias.
También debe conservarse la cantidad necesaria para eventuales análisis posteriores o una contrapericia, de manera que la destrucción no afecte el derecho de las partes a controvertir los elementos científicos incorporados a la causa.
“Instamos desde la Sala Penal a realizarlas en el menor tiempo posible teniendo en cuenta los recaudos, pesajes, análisis primarios, control de la pureza y conservar solo las porciones necesarias para una posible contrapericia”.
La ministra explicó que estos procedimientos se realizan en carácter de anticipo jurisdiccional de prueba, precisamente para garantizar que la posterior destrucción de la sustancia no impida utilizar en el proceso los resultados obtenidos mediante los controles y análisis correspondientes.
Neutralizar el peligro
El planteamiento de Llanes apunta a que los órganos jurisdiccionales adopten una respuesta más rápida una vez cumplidas las diligencias indispensables para documentar y preservar la evidencia.
La destrucción de los estupefacientes incautados, en ese sentido, busca evitar que los depósitos judiciales se conviertan en lugares donde permanezca almacenada durante largos períodos una mercancía que continúa teniendo un elevado valor para las organizaciones criminales.
“La urgencia es neutralizar el peligro de la sustancia incautada”, subrayó la ministra.
El llamado desde la Sala Penal de la Corte Suprema se produce así en torno a una cuestión que combina gestión judicial, preservación de la prueba, protección ambiental y seguridad, con el objetivo de que las sustancias incautadas sean destruidas una vez cumplidos los procedimientos necesarios y sin prolongar innecesariamente su permanencia bajo custodia.










