La defensa del exministro de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN), Joaquín Roa, aguarda que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia se pronuncie sobre el recurso de casación presentado contra la condena de ocho años de prisión que pesa sobre su cliente. El abogado Rodrigo González Planas sostiene que tanto el Tribunal de Sentencia como la Cámara de Apelaciones omitieron analizar una hipótesis alternativa planteada por la defensa y respaldada, según afirma, por pruebas incorporadas durante el juicio oral.
El recurso presentado ante la máxima instancia judicial busca que la causa sea reenviada a un nuevo Tribunal de Sentencia para la realización de otro juicio oral. La defensa argumenta que durante el proceso no fueron valorados elementos probatorios que sustentan una versión distinta a la sostenida por el Ministerio Público.
“Hemos presentado una casación y tenemos esperanza que, a diferencia del Tribunal de Sentencia y la Cámara de Apelaciones, la Corte Suprema de Justicia sí analice nuestros argumentos, nuestra hipótesis alternativa, teniendo en cuenta que el Tribunal de Sentencia ni un renglón se refirió a eso, tampoco la Cámara de Apelaciones”, expresó González Planas.
Según el abogado, el principal reclamo no radica únicamente en el resultado de las resoluciones judiciales, sino en la falta de respuesta a los planteamientos realizados por la defensa a lo largo del proceso.
En ese contexto, cuestionó el desarrollo del juicio oral y sostuvo que el Tribunal de Sentencia asumió un rol que, a criterio de la defensa, excedía sus funciones dentro del sistema acusatorio.
“Tenemos que tener en cuenta que en el juicio oral realmente consideramos que el Tribunal de Sentencia tenía alguna reminiscencia del sistema inquisitivo”, afirmó.
González Planas señaló como ejemplo una decisión adoptada al inicio del juicio, cuando la Fiscalía solicitó la inclusión de dos peritos que habían trabajado en otra causa relacionada. Según explicó, si bien la pericia había sido ofrecida como prueba, los profesionales que la elaboraron no habían sido propuestos como testigos. No obstante, el Tribunal permitió su incorporación argumentando que podía recurrir a la figura de la prueba de mejor proveer contemplada en el Código Procesal Penal.
Para la defensa, este tipo de actuaciones evidencia una serie de irregularidades que justifican la realización de un nuevo juicio.
Asimismo, insistió en que la hipótesis alternativa presentada por su equipo jurídico está respaldada por pruebas admitidas y producidas durante el debate oral, pero que nunca recibió un análisis específico por parte de los órganos jurisdiccionales que intervinieron en el caso.
“Que analice la hipótesis alternativa nuestra, que está sustentada en pruebas, en pruebas ofrecidas y que fueron producidas en el juicio oral. Acá se vulneró normativa clara del Código Procesal Penal”, manifestó.
El abogado agregó que la legislación procesal debe aplicarse de manera uniforme para todos los ciudadanos y que las garantías previstas en la norma no pueden ser relativizadas por la condición de funcionario público de una persona sometida a proceso.
“Lo que queremos principalmente es que la Corte atienda, evalúe y se expida. Si considera que no es válido, pues no es válido. Pero que fundamente por qué no es válido. Ni la Cámara de Apelaciones fundamentó por qué nuestra hipótesis alternativa es válida o no es válida. Tampoco lo hizo el Tribunal de Sentencia”, cuestionó.
En ese sentido, reiteró que la pretensión de la defensa es que la Corte Suprema disponga el reenvío de la causa para que un nuevo Tribunal de Sentencia vuelva a juzgar el caso observando estrictamente las disposiciones del Código Procesal Penal.
“Nosotros solicitamos que se reenvíe y se haga un nuevo juicio oral. Es lo que solicitamos para que el Tribunal de Sentencia eventualmente juzgue el nuevo juicio, como corresponda, aplique el Código Procesal Penal”, concluyó.
Joaquín Roa fue condenado a ocho años de prisión por lesión de confianza, administración en provecho propio y otros hechos punibles investigados en el marco de su gestión al frente de la Secretaría de Emergencia Nacional.










