La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena de diez años de prisión impuesta al periodista y exgerente de prensa de Canal 9, Carlos Granada, tras declarar inadmisible el recurso extraordinario de casación presentado por su defensa.
La decisión fue adoptada por los ministros Luis María Benítez Riera, Carolina Llanes y Manuel Ramírez Candia, quienes resolvieron rechazar la impugnación planteada por la representación legal del condenado. Con esta decisión, la sentencia queda firme y debe ser ejecutada.
Granada fue hallado culpable de los hechos punibles de acoso sexual, coacción, coacción sexual y violación, tras un juicio oral en el que fueron analizadas las denuncias formuladas por varias trabajadoras pertenecientes al Grupo Albavisión.
Antecedentes del caso
La causa se originó a partir de las denuncias presentadas por un grupo de periodistas que afirmaron haber sido víctimas de hostigamiento con fines sexuales, actos no consentidos y diversas formas de coacción. Según los testimonios incorporados al proceso, las afectadas señalaron que eran sometidas a presiones y amenazas que ponían en riesgo la estabilidad de sus puestos de trabajo.
En mayo de 2022, varias trabajadoras de los canales SNT y C9N formalizaron sus denuncias ante las autoridades competentes, exponiendo una serie de conductas que, según sostuvieron, ocurrieron durante el desempeño de sus funciones en la empresa.
A partir de esas presentaciones, el Ministerio Público inició una investigación que derivó en la acusación contra Granada y posteriormente en su juzgamiento. Tras la sustanciación del proceso, la Justicia lo encontró responsable de los hechos atribuidos y le impuso una pena de diez años de privación de libertad.
Con la resolución de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, queda agotada la vía extraordinaria de revisión planteada por la defensa, consolidándose así la condena dictada en instancias anteriores.










