Ratifican ejemplar condena por el secuestro de Arlan Fick

La Sala Penal de la CSJ no hizo lugar al recurso de casación presentado por la defensa del condenado Alcides Oviedo Brítez y confirmó la condena de 40 años de cárcel.

Oviedo Brítez fue sentenciado a 30 años de cárcel, más 10 años de medida de seguridad por su participación en el secuestro del joven Arlan Fick.

El joven fue secuestrado en abril del 2014 y estuvo 267 días en poder de sus captores, integrantes del EPP. Arlan fue liberado por sus secuestradores luego que su familia pagara 550.000 dólares por su rescate, 500.000 en efectivo y otros 50.000 dólares en víveres.

La Sala Penal integrada por los ministros originarios Manuel Ramírez Candia, Carolina Llanes y Luis María Benítez Riera confirmó el fallo recurrido por la defensa del condenado líder del Ejército del Pueblo Paraguayo.

El ministro Manuel Ramírez Candia en su voto menciona, “Al respecto, lo que la defensa técnica reclama como error de derecho por parte del Tribunal de Sentencia, es que su defendido no puede ser considerado autor mediato según la teoría clásica de la autoría mediata, porque se encontraba recluido cuando ocurrió el hecho, y por lo tanto, a su parecer, no contaba con el dominio del hecho. 

“Cabe aclarar que, de acuerdo a la teoría clásica de la autoría mediata, autor mediato, es quien tiene el dominio del hecho, y utiliza a otro como medio o instrumento, para la consecución del delito. En otras palabras, según esta teoría, el autor mediato sería la persona que no realiza la infracción por su propia mano, En consecuencia, la autoría mediata a través de aparatos organizados de poder, en el caso de referencia, cumple con lo dispuesto en el Art. 29 del CP, teniendo en cuenta que, quedó acreditado en juicio que el grupo autodenominado EPP, posee una organización y estructura jerárquica, y que el acusado Alcides Oviedo es el líder del mismo, ya que se comprobó que daba las órdenes desde la cárcel, y las personas que iban a visitarlo actuaban como correo humano, al trasmitir las órdenes del líder, a los demás miembros de la organización, que las cumplían cabalmente, y sin posibilidad de objeción” refiere en su voto el ministro. 

Voto al que se adhirió la ministra Carolina Llanes y realizó también algunas consideraciones respecto al dominio del hecho que tenía el condenado Alcides Oviedo Brítez como líder del EPP que posee una estructura y organización jerárquica definida y sus integrantes cumplen estrictamente sus indicaciones.

El fallo de la Corte Suprema de Justicia Sala Penal, fue unánime.

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