Plazos del Código Procesal Civil deben ser actualizados, afirma jueza

El Código estableció plazos basado en una época y una población absolutamente distintas, afirmó la jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Capital Vivian López a Judiciales TV.

“Actualmente, un juez maneja 4.500 causas, mientras que otros colegas duplican esa cifra, lo que imposibilita que los fallos sean emitidos en tiempo establecido” indicó durante una entrevista concedida a Judiciales TV.

Por ello, señaló que es humanamente imposible cumplir con los plazos procesales establecidos en un Código Procesal de los años 80. “La mora en la emisión de las sentencias no es atribuible solamente al juzgado, sino a la cantidad de incidentes dilatorios presentados por las partes”.

 Explicó que los juicios en el fuero Civil son a instancia de parte, es decir, las partes son las encargadas de impulsar el proceso y en muchos casos una de las partes incidenta, el proceso que lo hace durar años.

Trajo a colación un caso de desalojó en la que la magistrada ordenó el desalojo ya en el 2.018 y recién en este 2.022 pudo hacer efectivo el cumplimiento de desalojo de la propiedad en litigio, por la apelación que fue hasta la Corte y recién una vez que bajó el expediente se pudo ejecutar, luego de cuatro años.

“Tenemos que transparentar los plazos determinados en un Código de los años 80, el volumen de trabajo es diferente, sería hipócrita decirte que vamos a cumplir esos plazos porque no se puede, no es humano, la ley establece que en seis días para contestar la demanda, 15 días presentar las pruebas y  en 10 días debería emitirse la sentencia, por más cumplamos con estos plazos, eso va cámara en apelación y luego en la Corte, las chicanas que hay, las recusaciones, hay muchas trabas que hacen que el juicio se extiendan y duran más de lo que deberían” manifestó la jueza Vivian López.

Por otro lado, alertó de la importancia que la Corte Suprema de Justicia ejerza su facultad disciplinaria respecto a los abogados chicaneros, por trancar innecesariamente los procesos, porque se le acusa al magistrado de ser el único que no emite sentencia, pero no se dice por qué no lo está haciendo.

Subrayó que los resultados de la implementación del Expediente Judicial Electrónico, se va a notar en un año porque la velocidad con la que se maneja los casos es impresionante al no existir los tiempos muertos, ya que no existe el robo de expedientes, ya no hay falsificación, que el funcionario cajonee el mandamiento, etc. 

Por último, instó a los usuarios de justicia que tengan un juicio que se tramite con el expediente electrónico, a solicitar su “usuario parte” para controlar su proceso y las actividades de su abogado y del magistrado.

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