La magistrada Mesalina Fernández, durante el programa Expediente Abierto, emitido por ABC TV, dijo que los plazos establecidos en el C.P.P no son acordes a la cantidad de casos que ingresan y saturan el sistema.
Mencionó que es necesario tener una estadística para determinar mejor los plazos, que actualmente los plazos no tienen una base científica. Señaló que es fundamental este aspecto para poder cumplir con dichos tiempos que en la actualidad es imposible por déficit material y de personal.
“Cuando entró a regir nuestro CPP, en el año 98, establecimos una cláusula cerrada que determinaba como plazo máximo de duración del proceso era la de tres años y el sistema no estaba preparado ni estructural, técnica ni humanamente e hizo rebasar el sistema”, señaló la jueza.
Agrego que, incluso con la ley Camacho que hizo ampliar el plazo de extinción a cuatro años, se siguen dando casos que extinguen o prescriben por el transcurso del tiempo. Que, para ello es importante contar con una base de datos que con exactitud diga cuantos casos concluyeron y cuantos no para decir que varios casos quedaron impunes comparados con los que concluyeron.
Mesalina Fernández, reconoció la lentitud con la que se manejan los procesos penales que incluso cuando llegan a la etapa de juicio oral por lo general ya pasaron dos años o más del tiempo que establece la ley para que una causa culmine.
La magistrada también hizo referencia sobre el nuevo planteamiento de acordada para otorgar salidas alternativas al juicio oral en los casos considerados de reproche reducido, dijo que es hacer una profecía que unos 30.000 casos o más tengan una salida que no sea el juicio oral, debido a que para ello es necesario lograr la aceptación del hecho por parte del procesado, conciliar con la víctima y que no haya tenido procesos anteriores y por lo general los hechos punibles de hurto son cometidas por personas que son reincidentes compulsivos.