Jueza pide cumplir la ley y ajustar el nuevo monto de la prestación alimentaria

Ante el decreto ejecutivo N.º 4.122/25, que establece el reajuste del salario mínimo ahora en G. 2.899.048 mensuales, también sube automáticamente el valor de la cuota alimentaria en beneficio de niñas, niños y adolescentes.

La jueza del fuero de la niñez y adolescencia Pili Rodríguez, explicó que, al aumentar el salario mínimo legal, corresponde un ajuste automático de la prestación alimentaria que los padres deben aportar mensualmente.

Comentó que el artículo 189 del Código de la Niñez establece la fijación del monto y la vigencia de la prestación alimentaria, que debe calcularse en jornales mínimos para actividades diversas no especificadas, incrementándose automáticamente y de forma proporcional conforme al aumento salarial.

“Hay que pensar en los niños y cumplir lo que dicta la ley; la asistencia alimentaria y su estricto cumplimiento suma en la vida de los niños, aunque el monto sea pequeño”, señaló Pili Rodríguez.

Los propios empleadores, que realizan el descuento salarial por prestación, pueden ajustar el monto para que la niña, el niño o adolescente reciba el monto conforme al nuevo salario mínimo legal, sin necesidad de iniciar un nuevo juicio para ejecutar el ajuste.

La ley establece que la prestación alimentaria se fija como pensión alimentaria y debe abonarse por mes anticipado desde la fecha de iniciación de la demanda. Si hay una demanda de filiación pendiente, desde la iniciación del juicio; y si el aumento se pacta extrajudicialmente, desde la fecha convenida.

En caso de que no se actualice el monto debido en beneficio del alimentado, se generará una deuda a favor del niño, conforme a la ley, para garantizar su alimentación vital para un crecimiento adecuado.

Actualmente, el Poder Judicial inscribió a 1.669 padres en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM): 1.647 varones y 22 mujeres, quienes están en mora con su obligación alimentaria.

El REDAM es un registro actualizado de padres que incumplen la pensión alimentaria. Su inclusión o exclusión es dinámica y permanente; las cifras son datos oficiales de la Corte Suprema de Justicia.

Este registro está disponible 24 horas los 7 días de la semana. Para acceder, solo se requiere la cédula de identidad paraguaya. Si se trata de un usuario extranjero, con cédula a partir de 7 millones o alfanumérica, debe acudir a las oficinas de Antecedentes Judiciales en cualquier sede judicial del país.
 

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