La cámara de apelaciones confirmó la condena de tres años de cárcel para el propietario de la firma Imedic Justo Ferreira por el tipo penal de contrabando, por haber introducido al país 50 camas eléctricas para terapia intensiva, sin pagar impuestos.
Recordemos que Ferreira fue absuelto por Asociación criminal y producción de documentos no auténticos, estos hechos punibles no pudieron ser probados por el Ministerio Público en el juicio oral.
Igualmente, alzada confirma la absolución de Patricia Ferreira, Carlos Gamarra el despachante y los funcionarios aduaneros Guillermo Molinas y Gustavo Acosta.
En su momento, en una clara y detallada explicación la juez Elsa García señaló que se probó solo el tipo penal de contrabando, no así el tipo penal de producción de documentos no auténticos y menos el de asociación criminal que no fue acreditada por el Ministerio Público. Por lo que resultó condenado por el hecho punible probado que es el contrabando por no declarar las camas eléctricas para terapia.
El Ministerio Público en sus alegatos finales había requerido seis años de cárcel para Justo Ferreira, sin embargo, el tribunal de sentencia al demostrase solo uno de los tres hechos punibles acusados en su momento lo sentenció a tres años de encierro por haber intentado lucrar con las 50 camas de terapia intensiva, sentencia hoy confirmada por la cámara de apelaciones.