La cámara de apelaciones confirmó la decisión de la jueza Alicia Pedrozo, la defensa del imputado Luis Augusto Montanaro Bedoya había cuestionado la orden de la magistrada alegando que no se delimitó los puntos de pericia ya que las informaciones debían servir netamente para aclarar el hecho investigado.
Para la cámara queda claro que una vez extraída la información de los dispositivos en cuestión la magistrada es quien debe incluir al proceso las pruebas conducentes al juicio para evitar vulnerar derechos de terceros o del procesado.
Con esta decisión de allana el camino para la realización de la pericia que es una de las pruebas que puede traer claridad al proceso penal abierto contra el empresario Montanaro Bedoya quien recientemente recupero su libertad.
Según la investigación, Montanaro Bedoya habría compartido, sin consentimiento de la víctima, varias imágenes y videos de carácter íntimo-sexual a través de distintas plataformas. Los archivos se habrían obtenido durante las relaciones sexuales que aparentemente tenía con la víctima.
El imputado habría comercializado sin consentimiento de los afectados, imágenes sexuales, producido y transmitido material violando la intimidad de las personas.
El Ministerio Público encabezó un operativo conjunto con la policía en la que allanó un edificio en Asunción y detuvo a Montanaro Bedoya, en su momento y permaneció varios días privado de su libertad en el marco de esta investigación por acceso indebido a sistemas informáticos.
Según la fiscalía, Montanaro Bedoya concretaba encuentros sexuales con personas y, una vez consumados, filmaba los actos para posteriormente distribuir las imágenes y videos en distintos grupos de mensajería instantánea y páginas sexuales, sin el consentimiento de las víctimas.