Confirman condena por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero para hijo de OGD

El exconcejal de Luque, Óscar Rubén González Cháves, fue condenado a cinco años y seis meses de prisión por los hechos punibles de enriquecimiento ilícito y lavado de dinero, en un fallo que confirma su responsabilidad penal en un caso de corrupción en la función pública.

La sentencia fue dictada por el tribunal de sentencia integrado por los jueces Matías Garcete, Adriana Planas y Jazmín Cáceres, quienes en mayoría hallaron culpable al exedil, mientras que Cáceres votó en disidencia parcial.

Durante el juicio oral, el tribunal señaló que se probó el enriquecimiento ilegítimo del acusado desde que asumió como concejal municipal, al tiempo que omitió declarar cuentas bancarias e inmuebles en sus declaraciones juradas. El hecho de ocultar bienes quedó subsumido en el delito mayor de enriquecimiento ilícito, motivo por el cual el tipo penal de declaración jurada falsa no fue considerado por separado.

El juez Matías Garcete, presidente del tribunal, explicó que no se alteró la base fáctica de la acusación y que se respetó el debido proceso, rechazando el argumento de la defensa que alegaba indefensión.

En cuanto al lavado de dinero, Garcete sostuvo que se trató de una maniobra complementaria al enriquecimiento ilícito, y que se ejecutó a través de la empresa Príncipe di Savoia, constituida en 2009 y que carecía de solvencia económica, lo que permitió encubrir el origen de los fondos ilícitos.

Aunque el Ministerio Público, representado por el fiscal Francisco Cabrera, solicitó una condena de ocho años de prisión, el tribunal consideró que una sanción de cinco años y seis meses era proporcional, atendiendo a la edad del acusado y su conducta procesal, factores que jugaron a su favor para una eventual reinserción social.

Además, el tribunal ordenó el comiso de bienes por un total de G. 29.237 millones, considerados parte del patrimonio obtenido de forma ilícita durante su paso por la función pública.

González Cháves seguirá en libertad hasta que el fallo quede firme, debido a que ya compurgó la pena mínima en prisión preventiva mientras duró el proceso judicial anterior.

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