La cámara de apelaciones confirmó la competencia del juez Humberto Otazú, quien deberá citar a su excolega para su audiencia preliminar donde una vez más se debe decidir si el proceso se eleva a la etapa de juicio oral.
En su momento, la cámara de apelaciones anuló la resolución del juez Yoan Paul López quien elevó a juicio oral y público el proceso por prevaricato contra la exjueza en lo civil y comercial Tanía Irún.
La exmagistrada fue acusada por la fiscalía adjunta ya que la fiscal inferior Verónica Valdez había solicitado el sobreseimiento definitivo. La fiscal Natalia Fúster fue quien defendió la acusación en la audiencia preliminar, tras esta diligencia el juez elevó el caso para el debate público, pero, alzada anuló la decisión.
Según la cámara el juez López, so pretexto del impedimento de valorar las pruebas en esta etapa del proceso, no realizó el control vital de la acusación del Ministerio Público causando un agravio irreparable a la defensa de la acusada.
Con la decisión de alzada, la causa se retrotrajo a la etapa de audiencia preliminar y será Otazú el que desarrolle nuevamente la misma diligencia para realizar el control de la acusación fiscal que según la cámara, López no realizó.
En la preliminar, la defensa pidió el sobreseimiento definitivo de la jueza con el argumento de que no hubo hecho punible, pero esto fue rechazado por el juzgado.
El proceso fue abierto contra Irún por supuestamente no haber aplicado la ley, al admitir una demanda para transferir tierras a firmas extranjeras en la zona de seguridad fronteriza.
El 23 de noviembre del 2018 la magistrada firmó una sentencia para transferir 310.000 hectáreas de tierra en el Chaco. La enorme parcela transferida era de la Asociación Espíritu Santo y fue cedida a cuatro empresas extrajeras, por un crédito que, según la denuncia nunca existió.
A raíz de este proceso, Tania Irún fue destituida por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados JEM por mal desempeño en sus funciones.
En esta segunda audiencia preliminar se sabrá finalmente si la exjueza queda desvinculada del caso como se había solicitado inicialmente, o, si se eleva de vuelta a juicio para el debate público.