A Ultranza contaminó el juicio de Joaquín Roa, según su defensa

El abogado Gustavo González Planás cuestionó que el proceso contra el exministro Joaquín Roa haya quedado asociado públicamente a A Ultranza Py, pese a que, según sostiene, la acusación contra su cliente se refiere a presuntas inconductas en la administración pública y no a hechos vinculados al narcotráfico o lavado de dinero. El defensor advierte que esa asociación pudo influir en la percepción del caso y denuncia vulneraciones de garantías procesales.

La defensa de Joaquín Roa, exministro de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad), cuestiona que el proceso penal contra su cliente haya quedado marcado por la repercusión y gravedad del operativo A Ultranza Py, una investigación centrada en una estructura vinculada al tráfico internacional de drogas y al lavado de activos.

Para el abogado Gustavo González Planás, esa asociación terminó desnaturalizando el verdadero objeto del proceso contra Roa, al instalar públicamente la idea de que su causa constituía una derivación de una investigación relacionada con el narcotráfico.

El defensor sostiene que existe una diferencia sustancial entre ambos procesos y que esa confusión puede tener consecuencias sobre la valoración judicial de los hechos atribuidos a su cliente.

“La forma en que el proceso A Ultranza contaminó el juicio de Joaquín Roa es indescriptible”, afirmó González Planás.

Según explicó, mientras A Ultranza Py investiga hechos relacionados con tráfico de drogas y lavado de dinero proveniente del narcotráfico, el proceso contra Roa está relacionado, de acuerdo con su interpretación de la acusación, con presuntas inconductas en la administración pública durante su gestión al frente de la Secretaria de Emergencia Nacional.

Una causa bajo la sombra de A Ultranza

El abogado considera que la vinculación mediática entre ambos casos generó un contexto particularmente perjudicial para su defendido.

“Resulta que el caso A Ultranza es un caso de tráfico de drogas y lavado de dinero precedente del narcotráfico y el caso de Roa era inconducta en la administración pública, pero lógico se había vinculado al caso A Ultranza y toda la prensa y, por supuesto, esto hace que influya en los jueces”, sostuvo.

González Planás reconoce que los magistrados también están expuestos a la información y al contexto público que rodea a los procesos, pero considera que justamente por ello deben extremarse las garantías para evitar que elementos ajenos al objeto concreto del juicio terminen influyendo en la valoración de las pruebas.

“Los jueces son seres humanos como nosotros, pero en este caso se perjudica terriblemente a un procesado”, manifestó.

Desde la perspectiva de la defensa, el problema no se limita a la percepción pública del expediente. La preocupación central está en que la asociación con una investigación de la magnitud de A Ultranza pueda terminar incidiendo en la forma en que se analiza la responsabilidad penal de Roa.

La duda debe favorecer al procesado

El defensor también puso el foco en uno de los principios fundamentales del proceso penal: la presunción de inocencia y la obligación de resolver las dudas a favor del acusado cuando no existe certeza suficiente para una condena.

“En lo penal la duda va a favor del procesado, porque es mucho más grave condenar a un inocente que liberar a un culpable. Es terriblemente grave”, afirmó.

La defensa sostiene que el debate no debería quedar condicionado por la gravedad o el impacto mediático de otros casos con los que se haya relacionado públicamente al acusado, sino por las pruebas incorporadas al proceso y por el cumplimiento estricto de las reglas que rigen el procedimiento penal.

En ese sentido, González Planás insiste en que su cuestionamiento no se limita a determinar si Roa es culpable o inocente de los hechos que se le atribuyen. Su planteamiento apunta a la forma en que se desarrolla el proceso y al respeto de las garantías que debe tener cualquier persona sometida a un juicio penal.

“Acá nadie habla de inocencia y culpabilidad, acá estoy hablando de violaciones al proceso técnico penal”, remarcó.

Cuestionamiento a la predictibilidad judicial

Otro de los puntos planteados por la defensa tiene relación con la predictibilidad de las decisiones judiciales.

González Planás expresó preocupación por criterios que, según afirmó, son presentados como prácticas habituales dentro de determinados fueros o tribunales, pero que no necesariamente se encuentran establecidos en la legislación.

“Uno tiene un poco de miedo porque en el Poder Judicial no hay predictibilidad”, señaló.

El abogado cuestionó particularmente que desde el Tribunal de Sentencia se haya hecho referencia a que determinadas prácticas constituyen una «costumbre» en los tribunales económicos.

“Eso no es ley. Acá la ley es el CPP y el CP”, sostuvo, en referencia al Código Procesal Penal y al Código Penal.

Para la defensa, la existencia de prácticas judiciales reiteradas no puede sustituir las normas que regulan el proceso penal ni justificar apartamientos de las garantías establecidas en la legislación.

El planteamiento vuelve así al eje central de su cuestionamiento: el proceso contra Roa debe ser analizado por sus propios hechos, pruebas y reglas procesales, sin quedar condicionado por la carga de un caso de enorme impacto como A Ultranza Py.

Desde esa perspectiva, la defensa sostiene que el verdadero debate judicial debe concentrarse en determinar si las acusaciones formuladas contra Roa fueron probadas conforme a las reglas del proceso penal y si, durante el juicio, fueron respetadas plenamente las garantías constitucionales que corresponden a todo procesado.

Para González Planás, separar ambos casos resulta esencial para evitar que la asociación con el narcotráfico termine funcionando como un elemento de valoración ajeno a los hechos concretamente atribuidos a su cliente.

La defensa agrega que confía en que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, realizará una valoración adecuada de los fundamentos expuestos por la defensa a la hora de estudiar el caso.

Joaquín Roa fue condenado a ocho años de prisión por lesión de confianza, administración en provecho propio y otros hechos punibles investigados en el marco de su gestión al frente de la Secretaría de Emergencia Nacional.

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