Violencia de género: buscan controlar con tecnología las órdenes de alejamiento

La Corte Suprema y otras instituciones del Estado avanzan en la coordinación para implementar dispositivos electrónicos de control. La iniciativa apunta a supervisar las restricciones de acercamiento impuestas judicialmente, en un escenario en el que las medidas de protección todavía enfrentan dificultades para garantizar la seguridad de las víctimas.

Las órdenes de alejamiento no siempre consiguen mantener a los agresores lejos de sus víctimas. Esa es una de las principales debilidades que enfrenta el sistema de protección frente a la violencia familiar y doméstica: una resolución judicial puede imponer restricciones, pero su eficacia depende de que existan mecanismos capaces de controlar su cumplimiento y activar una respuesta oportuna cuando son vulneradas.

En ese contexto, autoridades de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y representantes de distintas instituciones del Estado participaron de una mesa de trabajo para avanzar en la utilización de herramientas tecnológicas que permitan supervisar las medidas cautelares y de protección dictadas en estos casos.

El encuentro, encabezado por el presidente de la Corte Suprema, Alberto Martínez Simón, y con participación de la ministra Carolina Llanes, enlace de la Oficina Técnica Penal, se desarrolló en el Palacio de Justicia de Asunción. La discusión se centró en la coordinación técnica y operativa necesaria para implementar dispositivos electrónicos de control, entre ellos las tobilleras electrónicas, que podrían permitir un seguimiento más efectivo de las restricciones de desplazamiento y las prohibiciones de acercamiento.

Una orden judicial no es suficiente si nadie controla su cumplimiento

El desafío institucional va más allá de incorporar tecnología. La cuestión central es cómo garantizar que una mujer que cuenta con una medida de protección no quede más expuesta a su agresor, especialmente cuando existen antecedentes de amenazas, hostigamiento o incumplimientos de las disposiciones judiciales.

La supervisión electrónica podría representar una herramienta adicional para detectar aproximaciones indebidas y verificar el cumplimiento de las restricciones impuestas. Sin embargo, su efectividad dependerá de aspectos fundamentales: quién monitoreará las alertas, qué institución intervendrá ante una infracción, cuánto tiempo demandará la respuesta policial y qué protocolos se activarán para resguardar a la víctima.

Precisamente, la articulación entre el Poder Judicial, la Policía Nacional, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación y las instituciones de protección a las mujeres aparece como uno de los principales desafíos para que el proyecto pueda traducirse en una respuesta concreta.

Durante la reunión, Martínez Simón destacó la importancia de avanzar en la iniciativa y recordó que su implementación ya había sido abordada en encuentros anteriores con el ministro del Interior, Enrique Riera, y el ministro de Tecnologías de la Información y Comunicación, Gustavo Villate.

El titular de la Corte señaló la necesidad de contar con instrumentos tecnológicos que permitan controlar las condiciones impuestas judicialmente a personas sometidas a medidas que deben cumplirse fuera de establecimientos penitenciarios. También manifestó la disposición de la institución para acompañar las acciones de coordinación entre los organismos involucrados.

Por su parte, la ministra Carolina Llanes indicó que la iniciativa se encuentra en una etapa avanzada de trabajo y resaltó la importancia de incorporar mecanismos que permitan verificar el cumplimiento de las resoluciones judiciales, conforme a las disposiciones legales vigentes.

La tecnología y el desafío de evitar nuevas víctimas

La utilización de dispositivos electrónicos de control está contemplada en la Ley N.º 5863/2017, modificada por la Ley N.º 7270/2024, que regula su implementación en distintos supuestos previstos en la legislación penal y en materia de protección frente a la violencia.

No obstante, contar con un marco legal y disponer de dispositivos no resuelve por sí solo el problema. La eficacia del sistema dependerá de su implementación, de la disponibilidad de recursos humanos y tecnológicos, de la capacidad de monitoreo permanente y, especialmente, de la existencia de protocolos que permitan actuar sin demoras ante una eventual vulneración de las medidas.

Una alerta tecnológica que no genera una intervención inmediata corre el riesgo de convertirse en otro mecanismo formal sin capacidad real de protección. Por eso, el seguimiento de las restricciones debe estar acompañado de una respuesta policial coordinada y de medidas que contemplen la situación de riesgo particular de cada mujer.

La discusión adquiere especial relevancia ante la necesidad de evitar que las situaciones de violencia escalen hasta sus consecuencias más extremas. La protección judicial no puede agotarse en la notificación de una orden de alejamiento: debe existir una estructura institucional capaz de hacerla cumplir.

Varias instituciones involucradas, una respuesta todavía pendiente

De la mesa de trabajo participaron la ministra de la Mujer, Alicia Pomata; el viceministro de Tecnologías de la Información y Comunicación, Juan Pablo Cosp; el defensor general, Javier Esquivel; el director de Emergencias y Seguridad, comisario principal José Santacruz; y el director del Sistema de Emergencia 911, Omar Cubas Fanego.

También estuvieron presentes la coordinadora de la Oficina Técnica Penal, Silvana Luraghi; la coordinadora de la Oficina Técnica de Apoyo a la Judicatura de Paz, Susana Granado; la fiscala adjunta del área de Violencia Intrafamiliar y Tutelar de Capital, Gilda Villalba; el viceministro de Seguridad Interna, Carlos Benítez; y la viceministra de Protección de los Derechos de las Mujeres, Stela Villamayor, además de magistrados y representantes de las distintas instituciones involucradas.

La amplitud de la convocatoria evidencia que la protección frente a la violencia exige una intervención interinstitucional. Sin embargo, el principal indicador de éxito no será la cantidad de reuniones, dispositivos anunciados o acuerdos alcanzados, sino la capacidad del Estado para responder cuando un agresor incumpla una orden judicial.

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