Juez envía a juicio oral a Óscar Rodríguez, pero excluye la asociación criminal

El juez consideró el cuestionamiento de la defensa sobre la falta de una descripción fáctica del supuesto esquema criminal en la acusación fiscal. La causa avanzará a debate público únicamente por lesión de confianza, en un caso que investiga un presunto perjuicio de G. 1.830 millones a la Municipalidad de Asunción.

El juez Rodrigo Estigarribia resolvió elevar a juicio oral y público la causa contra el exintendente de Asunción Óscar Rodríguez, pero únicamente por el supuesto hecho punible de lesión de confianza. El magistrado descartó la asociación criminal, luego de analizar los cuestionamientos de la defensa sobre la falta de una descripción concreta de los hechos que sustentarían esa calificación penal.

La decisión fue adoptada al término de la audiencia preliminar, etapa en la que el juzgado examinó la acusación del Ministerio Público y los planteamientos de las partes antes de determinar qué hechos punibles serían sometidos a debate oral.

Durante la audiencia, la defensa había advertido que la acusación fiscal no contenía una descripción fáctica específica de la supuesta asociación criminal. El planteamiento fue analizado por Estigarribia y derivó en la exclusión de ese hecho punible del juicio.

De esta manera, el debate oral se limitará a la presunta lesión de confianza. La resolución implica que la acusación por asociación criminal no será objeto de juzgamiento en esta etapa.

La investigación por las contrataciones durante la pandemia

La causa se originó en una investigación sobre presuntas irregularidades en contrataciones realizadas por la Municipalidad de Asunción durante la administración de Rodríguez, en el contexto de la emergencia sanitaria por la pandemia de COVID-19.

Según la hipótesis del Ministerio Público, durante ese periodo se habría articulado un esquema para favorecer a determinados proveedores en procedimientos de contratación municipal. Los investigadores también señalaron que algunas de las empresas involucradas habrían continuado contratando con la comuna después de la emergencia sanitaria, circunstancia que consideran relevante para el análisis de las operaciones investigadas.

La Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción, a cargo de los fiscales Jorge Arce, Silvio Corbeta y Marlene González, atribuye a las contrataciones cuestionadas un supuesto perjuicio patrimonial de G. 1.830 millones para las arcas municipales.

El Ministerio Público sostiene que cuenta con elementos documentales, testimoniales y técnicos para respaldar su acusación y justificar que el caso sea discutido en un juicio oral y público.

El alcance de la decisión judicial

La resolución de Estigarribia marca una delimitación procesal relevante: aunque la investigación fiscal planteó la existencia de un presunto esquema criminal vinculado a las contrataciones municipales, la causa llegará a juicio únicamente por lesión de confianza.

La exclusión de la asociación criminal responde al cuestionamiento sobre la insuficiente descripción fáctica de ese hecho punible en la acusación, según los antecedentes proporcionados.

En el juicio oral, la acusación deberá ser contrastada con las pruebas producidas ante el tribunal, mientras que la defensa tendrá la oportunidad de controvertir los elementos presentados por los fiscales.

Por ahora, laa responsabilidad penal de Rodríguez deberá ser determinada conforme a las pruebas y a las garantías del proceso.

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