La Fiscalía solicitó a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declarar inadmisible el recurso extraordinario de casación promovido por la defensa del exsenador Erico Galeano Segovia y, en consecuencia, mantener firme la condena de 13 años de prisión impuesta por los delitos de asociación criminal y lavado de activos.
La postura del Ministerio Público fue presentada por la fiscal adjunta María Soledad Machuca Vidal, encargada del Área Especializada en Recursos de Casación, al responder el traslado conferido por la máxima instancia judicial en relación con la impugnación presentada por los abogados Luis Fernando Almada Sánchez y Ricardo Raúl Estigarribia Chávez, representantes legales del exlegislador.
Según el dictamen, la Fiscalía considera que el recurso extraordinario no reúne los presupuestos legales de admisibilidad establecidos en el Código Procesal Penal, por lo que solicita a la Corte rechazar el planteamiento de la defensa y confirmar tanto el Acuerdo y Sentencia dictado por el Tribunal de Apelación como la condena emitida en primera instancia.
La causa guarda relación con hechos vinculados a una estructura criminal dedicada al narcotráfico y al lavado de activos. El fallo fue posteriormente ratificado por el Tribunal de Apelación en lo Penal Especializado en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Anticorrupción.
Los fundamentos de la condena
Durante el juicio oral, el Tribunal de Sentencia concluyó que Galeano mantuvo vínculos con integrantes de una organización criminal liderada por Sebastián Marset y Miguel Ángel Insfrán, alias «Tío Rico», y que colaboró con actividades desarrolladas por dicha estructura entre los años 2020 y 2021.
Conforme a las pruebas valoradas durante el debate, los magistrados sostuvieron que el entonces senador facilitó una aeronave utilizada para el traslado de Insfrán y otros miembros de la organización dentro del territorio nacional. De acuerdo con la sentencia, el avión fue empleado en operaciones relacionadas con el tráfico de cocaína.
La resolución también señala que Galeano habría recibido importantes sumas de dinero provenientes de personas vinculadas a la estructura criminal. Según el fallo, esos recursos fueron posteriormente incorporados al Club Deportivo Capiatá mediante registros contables presentados como créditos o cuentas a cobrar.
Al momento de fundamentar la decisión, el presidente del Tribunal de Sentencia, Pablino Barreto, sostuvo que la incorporación de esos fondos al circuito económico formal constituyó una maniobra destinada a ocultar su origen.
“El dinero ilícito, su introducción en el club deportivo y su posterior registro contable son indicativos de una simulación del origen de los fondos”, afirmó el magistrado durante la lectura de la sentencia.
Por su parte, el Ministerio Público, representado durante el juicio por el fiscal Deny Yoon Pak, argumentó que Galeano no solo mantuvo relaciones comerciales con integrantes de la organización investigada, sino que además les brindó apoyo logístico mediante la utilización de su aeronave y la recepción de pagos derivados de esa colaboración.
La acusación fiscal sostuvo que entre las personas beneficiadas por esas operaciones figuraban Miguel Ángel Insfrán y Sebastián Marset, ambos identificados por las autoridades como integrantes de la estructura criminal investigada en el marco del operativo A Ultranza Py.
La decisión queda en manos de la Corte
Con el dictamen presentado por la Fiscalía Adjunta, la Sala Penal de la Corte Suprema deberá ahora analizar los argumentos planteados por la defensa y determinar si el recurso extraordinario de casación cumple con los requisitos procesales necesarios para su estudio de fondo.
En caso de acoger la postura del Ministerio Público, la máxima instancia judicial declararía inadmisible la impugnación y quedaría firme la condena de 13 años de prisión impuesta al exsenador Erico Galeano.










