Fiscalía pide la remoción de juez de Paz en caso vinculado al esquema de la “mafia de pagarés”

En el marco del proceso abierto en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados JEM contra el juez de Paz Gustavo Villalba, suspendido actualmente en sus funciones, la fiscal acusadora Cinthia Vera solicitó su remoción definitiva al sostener que existen elementos suficientes que evidencian un supuesto mal desempeño en el ejercicio del cargo. El caso se desarrolla dentro de la investigación conocida públicamente como el esquema de la “mafia de pagarés”.

Durante su exposición, la representante del Ministerio Público afirmó que la documentación presentada por la defensa no logró revertir los hechos atribuidos al magistrado. “Ninguna de las pruebas, tanto documentales ni certificados ofrecidos por el acusado y diligenciadas en este juicio de responsabilidad, han sido suficientes para desacreditar los hechos acusados al magistrado”, expresó Vera en su alegato.

La fiscal sostuvo además que los jueces tienen “el deber indeclinable de administrar justicia conforme a derecho, con un apego estricto a las garantías del debido proceso”, y cuestionó una serie de presuntas irregularidades administrativas y de control en el despacho judicial del magistrado.

Entre ellas, mencionó la falta de providencias adecuadas, la omisión de fechar y enumerar resoluciones, así como la ausencia de control en la aplicación de las normas y en la supervisión de las actividades del juzgado. Según su planteamiento, estas conductas no constituirían simples fallas formales. “No constituyen meras faltas o de escasa relevancia”, señaló, advirtiendo que, en un contexto más amplio, podrían integrarse a estructuras más complejas.

En ese sentido, Vera vinculó dichas prácticas con un escenario más amplio que, según su argumentación, habría permitido la configuración del esquema conocido como “mafia de pagarés”. “Estas prácticas cuando se insertan en un contexto mayor pueden dar origen a la trama conocida como la mafia de los pagarés”, indicó.

La fiscal también describió el impacto que habrían sufrido las presuntas víctimas, entre ellas trabajadores del sector educativo, personal de salud y jefes de hogar. Señaló que se habrían producido embargos y descuentos que, en algunos casos, habrían superado las deudas originales o incluso habrían sido indebidamente duplicadas o triplicadas.

“Lo que en apariencia podría ser una simple omisión administrativa, en realidad se convertiría en un mecanismo destinado a despojar ilegalmente a ciudadanos de sus ingresos”, afirmó Vera, al describir lo que calificó como una estructura que habría generado consecuencias económicas, psicológicas y sociales.

Asimismo, sostuvo que muchas de las personas afectadas no habrían contado con recursos suficientes para recurrir a instancias de defensa, lo que habría profundizado su situación de vulnerabilidad. “El daño no fue solamente económico, fue psicológico, fue social”, señaló en su exposición.

Finalmente, la fiscal advirtió sobre el impacto institucional de este tipo de hechos, al señalar que podrían favorecer la consolidación de redes de corrupción en caso de reiteración o tolerancia de conductas irregulares dentro del sistema judicial. “La reiteración de conductas negligentes o irregulares no solo perpetúa el daño, sino que lo amplifica”, expresó.

Por su parte, el abogado defensor José Fernández Zacur sostuvo en sus alegatos que la acusación se apoya en una interpretación incorrecta de las funciones jurisdiccionales y administrativas dentro del sistema judicial.

Fernández Zacur afirmó que existe una clara división de tareas en los juzgados, señalando que “el ujier debe dar cuenta de sus funciones al actuario” y no directamente al magistrado, en referencia a la organización interna del despacho judicial.

El defensor advirtió que desconocer esa estructura podría llevar a conclusiones desproporcionadas. “Si no respetamos esta lógica de división de tareas llegaríamos al ridículo de tener que iniciar juicio político a los ministros de la Corte Suprema de Justicia”, expresó, citando el artículo 4 del Código de Organización Judicial.

En esa línea, sostuvo que resulta “ridículo pretender atribuir responsabilidad” a los ministros de la Corte por funciones de supervisión general, y comparó ese razonamiento con el intento de imputar al juez Villalba deberes que, según dijo, no están establecidos en la normativa.

Fernández Zacur también cuestionó la figura de la supuesta conducta omisiva atribuida al magistrado, señalando que este tipo de imputación requiere que exista conocimiento previo de la situación y posibilidad real de actuación.

En ese sentido, indicó que el análisis debe considerar las condiciones concretas de trabajo del juzgado. “La imputación por omisión presupone que el juez haya podido conocer la situación donde tenía el deber de actuar”, sostuvo.

El abogado defendió además la imposibilidad material de control total por parte del magistrado, citando la alta carga de trabajo del juzgado. Señaló que Villalba debía atender aproximadamente 3.500 resoluciones mensuales y gestionar cerca de 60.000 expedientes activos entre ambas secretarías.

“Es humanamente imposible que el juez haya podido conocer la existencia de estas cédulas respecto de las cuales se exige que haya tenido que intervenir”, argumentó Fernández Zacur.

La defensa insistió en que las irregularidades señaladas no pueden ser automáticamente atribuidas al juez sin una evaluación del funcionamiento integral del despacho judicial y de la distribución de responsabilidades internas.

El proceso continúa en etapa de análisis y en su momento el JEM dictará sentencia.

spot_img
spot_img
- Anuncios -spot_img
- Anuncios -spot_img
spot_img
- Anuncios -spot_img

MÁS EN JUDICIALES.NET

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

font-display: swap