La defensora pública Leticia Casaccia presentó un incidente de nulidad de actuaciones en el marco de un juicio ejecutivo por cobro de guaraníes contra la señora María Estela Acuña docente jubilada, una de las víctimas del esquema denominado «mafia de pagarés», alegando una serie de irregularidades en el proceso de notificación que, según sostiene, habrían vulnerado el derecho a la defensa de la afectada.
De acuerdo con el planteamiento, uno de los aspectos más llamativos es la superposición de diligencias de notificación realizadas por un mismo ujier en distintas localidades y en fechas coincidentes. En ese sentido, se menciona que existen constancias de actuaciones practicadas el mismo día y en horarios similares en diferentes ciudades, lo que genera dudas sobre la efectiva realización de dichos actos procesales.
Otro punto central señalado en el incidente refiere al domicilio consignado para las notificaciones. Según la presentación, varias cédulas fueron diligenciadas en la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda —conocida como la “Caja de Jubilados”—, lugar que no corresponde al domicilio real de la persona demandada. La defensa argumenta que, pese a tratarse de una institución pública con mesa de entrada, en las diligencias se dejó constancia reiterada de que el ujier “no fue atendido por persona alguna”, lo que resulta, a su criterio, inconsistente.
Asimismo, se cuestiona que la persona afectada nunca habría tenido conocimiento efectivo de la demanda en su contra. Casaccia sostiene que, de haber sido notificada correctamente, su defendida habría ejercido oportunamente su derecho a comparecer en el proceso, tal como ella misma lo refiere. En cambio, afirma que la falta de notificación válida derivó en una situación de indefensión que permitió el avance del juicio sin su participación.
El incidente también hace referencia a las consecuencias económicas del proceso. Según la defensa, a partir de estas actuaciones se dispuso el embargo de una parte del salario de la afectada, descuentos que se habrían sostenido durante años sin que esta pudiera ejercer su derecho a defensa.
En este contexto, se recuerda que el juez interviniente ya había dispuesto la suspensión del embargo en una etapa previa, a pedido de la misma defensora. No obstante, a partir de nuevos elementos incorporados, la defensa solicita ahora la nulidad de todo el juicio ejecutivo, al considerar que las irregularidades detectadas afectan la validez de las actuaciones desde su origen.
El planteamiento se sustenta, entre otros puntos, en lo establecido en el Código Procesal Civil respecto a la validez de las notificaciones y las garantías del debido proceso. Será el juzgado el que deba resolver si corresponde hacer lugar al incidente y, eventualmente, declarar la nulidad de lo actuado.












