Envían al JEM antecedentes de un juez que tuvo actuaciones “llamativas” en causas ambientales

A pedido del ministro Víctor Ríos, la Corte Suprema de Justicia remitió al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) los antecedentes del juez Ramón Alberto Florentín Cardozo, por haber modificado la calificación jurídica para reducir la pena de los procesados.

Ríos comentó que, incluso, este magistrado designó al propio procesado como asesor de prueba de la suspensión de la ejecución de la condena, lo que resulta sumamente llamativo, ya que esta situación no puede ser admitida en ningún caso. No corresponde que el cumplimiento de una sentencia esté supervisado por el mismo beneficiario de este tipo de salida procesal.

Este caso es uno de los tantos expuestos por el ministro en sucesivas sesiones de la Corte, donde ha señalado un posible esquema para blanquear procesos relacionados, nada más y nada menos, que con el medio ambiente, donde el perjuicio afecta a la población en general y cuyo daño es mucho más grave.

“En la audiencia preliminar, sin que cambie la base fáctica de la acusación, el Ministerio Público se allana al pedido de cambio de calificación de la defensa, y esto es aceptado por el juzgado a fin de bajar el marco penal y aplicar la suspensión condicional del procedimiento. Esto se da en todos los casos. Técnicamente, no es correcto el cambio de calificación y también hay una aplicación contradictoria de la ley penal”, advirtió Ríos.

Agregó que se está solicitando al Ministerio Público una mesa de trabajo entre el Poder Judicial y el órgano encargado de la persecución penal, con el fin de discutir una política criminal clara para los casos ambientales, y así evitar seguir propiciando la impunidad.

Un reciente informe de la Dirección de Medio Ambiente del Poder Judicial revela la falta de interés de los operadores de justicia por la reparación efectiva del daño ambiental.

El análisis abarcó 3.943 casos ingresados al sistema penal entre 2019 y 2024, de los cuales solo el 1 % concluyó en condena. El resto finalizó con salidas procesales que no incluyen reparación del daño al medio ambiente.

Los datos se distribuyen así: en el 31 % de los casos se aplicó criterio de oportunidad; en el 19 %, suspensión condicional del procedimiento; en el 18 %, causas aún abiertas; en el 14 %, sin datos disponibles; en el 9 %, desestimados; en el 3 %, sobreseimiento definitivo; en el 2 %, suspensión a prueba de la condena; en el 2 %, sobreseimiento provisional; en el 1 %, extinción de la acción penal y, finalmente, solo en el 1 %, condena.

Los ilícitos incluyen violación de vedas pesqueras, incumplimiento de medidas de mitigación y tala de bosques, en su mayoría concluidos sin contar con dictamen ambiental previo.

spot_img
spot_img
spot_img
- Anuncios -spot_img
- Anuncios -spot_img
spot_img
- Anuncios -spot_img
spot_img

MÁS EN JUDICIALES.NET

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

font-display: swap