El juez Raúl Florentín resolvió la desvinculación provisoria de Fernando González Karjallo, imputado por alquilar un inmueble comisado y administrado por la Senabico.
A pedido del Ministerio Público, el magistrado decretó la desvinculación temporal del proceso penal que afecta a Karjallo. Inicialmente, la fiscalía a cargo de Aldo Cantero buscó homologar un acuerdo, pero, ante la oposición del magistrado, la fiscalía adjunta cambió el dictamen y requirió la aplicación de sobreseimiento provisional.
González Karjallo se encuentra actualmente cumpliendo prisión en UPIE por la condena de cinco años por lavado de dinero producto de la principal por usura.
El Ministerio Público imputó a González Karjallo por apropiación, por quedarse con el dinero del alquiler de un inmueble que debía haber sido depositado en las arcas del Estado. De ahora en más, la fiscalía tendrá un año para presentar un requerimiento de reapertura o se extinguirá el proceso.
En su momento, el juez Florentín reenvió la imputación al Ministerio Público por falta de descripción de hechos. El juez señaló que la apropiación, cuyo objeto material es la cosa mueble ajena, no basta con un comportamiento que tenga en miras; sino que el objeto concreto de la apropiación debe estar claramente especificado, determinado individualmente, y que no se puede alegar, ni en grado de sospecha, la propiedad de la SENABICO sobre cosas que a prima facie no le pertenecían.
Tras la ratificación de la fiscalía general en la imputación, se llevó a cabo la audiencia de imposición de medidas, donde fue decretada la prisión de González Karjallo.
Decretan el sobreseimiento provisional de Fernando González Karjallo en un caso
