La especialista en derechos humanos, Alejandra Peralta Merlo, solicitó a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia que establezca un precedente en la causa que involucra al medio de comunicación RDN y al empresario Christian Chena, recordando a los jueces que está prohibida la censura previa.
Peralta destacó la relevancia de que la Corte proteja el derecho a la libertad de expresión y subrayó la necesidad de enviar un mensaje claro a los magistrados para evitar decisiones arbitrarias que puedan silenciar a la prensa.
“Si realmente la máxima instancia quiere dar un mensaje claro sobre la censura previa, esta es la oportunidad”, afirmó la abogada, quien busca la nulidad de la decisión del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) que absolvió a la jueza de Paz de Trinidad, Gloria Machuca.
Peralta comentó que, una vez anulado el fallo del JEM, este órgano debería someter a un análisis más profundo las pruebas presentadas, en las que se evidencia una censura previa tanto al medio de comunicación como a su propietario, Christian Chena.
La acción de inconstitucionalidad fue interpuesta contra la decisión del JEM, que resolvió rechazar “in limine”, es decir, sin estudiar la acusación presentada por Chena contra la jueza, quien le impuso una prohibición amparada en la Ley de Protección Integral a las Mujeres para censurarlo a él y a su medio de comunicación.
Peralta recordó que, en este caso, han recusado a los ministros Manuel Ramírez Candia y César Garay, quienes integraron el JEM como representantes de la Corte Suprema de Justicia. Uno de ellos había declarado que no se había violado la libertad de expresión al censurar al medio de comunicación RDN, por lo que solicitan que se aparten del caso.
El 17 de febrero pasado, tanto Christian Chena como su abogada fueron notificados de la sentencia absolutoria emitida por el JEM en el marco de la denuncia realizada contra la jueza de Paz de Trinidad, Gloria Machuca, por haber impuesto censura contra el medio RDN y el empresario.
El 12 de enero de 2024, la jueza de Paz de Trinidad, Gloria Machuca, censuró al empresario Christian Chena y a su medio digital RDN tras la publicación de un video que denunciaba presuntas irregularidades en el Instituto de Previsión Social (IPS). La medida, dictada al amparo de la Ley N.º 5.777/16 de Protección Integral a la Mujer, prohibió durante 365 días cualquier comentario que involucrara a Giselle Mousques, esposa del exdirector del IPS Darío Filártiga, quien fue aludida como presunta recaudadora de porcentajes en licitaciones.
El video en cuestión hacía referencia a supuestas prácticas corruptas, lo que motivó a Mousques a denunciar a Chena y a RDN, alegando que la publicación constituía “violencia contra la mujer”. Sin embargo, el contenido replicado tenía un evidente interés público, relacionado con denuncias de corrupción, afirmó la abogada.
La jueza Gloria Machuca, en su fallo inicial, ordenó a Chena y a RDN abstenerse de realizar publicaciones sobre Mousques en redes sociales y medios digitales. Esta medida fue revocada en apelación por la jueza de Primera Instancia Rossana Frutos Olguín, quien argumentó que la resolución de Machuca constituía una censura previa, prohibida en un sistema democrático.
Frutos Olguín enfatizó que el material difundido por Chena y RDN estaba protegido por la libertad de expresión y que el Estado debe evitar imponer restricciones indebidas a la difusión de información de interés público. Sin embargo, Mousques promovió una acción de inconstitucionalidad contra esta resolución, que aún no ha sido resuelta por la Sala Constitucional.