El abogado penalista Gustavo González Planás cuestionó la condena de ocho años de prisión impuesta al exministro de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN), Joaquín Roa, y sostuvo que el Tribunal de Sentencia desatendió advertencias realizadas durante el juicio por peritos del propio Ministerio Público sobre la integridad de la evidencia digital. El fallo se encuentra actualmente en etapa de casación ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
La defensa del exministro de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN), Joaquín Roa, cuestiona la sentencia que lo condenó a ocho años de prisión y centra parte de sus objeciones en la valoración de la prueba digital utilizada durante el juicio.
González Planás sostuvo que durante el juicio los propios peritos del Ministerio Público expusieron situaciones que, a criterio de la defensa, generaban dudas técnicas sobre la integridad de determinados elementos probatorios. Sin embargo, afirmó que esas advertencias no fueron debidamente consideradas por el Tribunal de Sentencia.
“Los peritos declararon ciertas cosas técnicas que el tribunal olímpicamente ignoró”, afirmó el profesional.
La sentencia condenatoria se encuentra actualmente en casación ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, donde la defensa busca que sean revisados los cuestionamientos planteados contra el fallo.
Una pericia realizada sin participación de la defensa
Uno de los puntos señalados por González Planás guarda relación con el procedimiento utilizado para preservar la integridad de la información extraída de dispositivos electrónicos.
Durante el juicio, la defensa consultó a un perito técnico del Ministerio Público si el denominado “lacrado” constituía un mecanismo destinado a preservar la integridad de la evidencia. Según el abogado, la respuesta fue afirmativa.
El defensor sostuvo además que dicha pericia había sido realizada dentro de otro proceso y sin conocimiento ni participación de la defensa de Roa.
“Cuando nosotros preguntamos si el lacrado era una forma de cuidar la integridad de la prueba, definitivamente sí”, relató González Planás.
Para la defensa, esta circunstancia resulta relevante debido a que la evidencia digital debía ser sometida a mecanismos que permitieran garantizar su autenticidad e integridad durante el proceso judicial.
Archivos posteriores a la incautación
Otro de los cuestionamientos planteados durante el juicio estuvo relacionado con la aparición de archivos y mensajes que registraban fechas posteriores a la incautación del teléfono.
Según el relato del abogado, la defensa preguntó a los peritos cómo podía explicarse técnicamente esa situación. La respuesta, de acuerdo con González Planás, fue que no existía una explicación razonable desde el punto de vista técnico.
“También le preguntamos en algún momento por qué aparecieron ciertos archivos con fechas posteriores a la incautación del teléfono. Dijeron que no tiene explicación razonable técnicamente hablando”, manifestó.
A partir de esa respuesta, la defensa planteó cuál sería la manera de obtener certeza sobre la integridad de la evidencia que estaba siendo utilizada en el juicio.
Según González Planás, el perito respondió que la única forma de tener esa certeza sería realizar nuevamente la pericia desde cero.
El código hash que, según la defensa, fue eliminado
El interrogatorio llevó a otro punto que la defensa considera especialmente sensible: el denominado código hash, una herramienta técnica utilizada para verificar la integridad de archivos y evidencias digitales.
El abogado relató que la defensa preguntó qué se necesitaba para realizar nuevamente una pericia íntegra. La respuesta, según indicó, fue el código hash.
“Entonces le dijimos: bueno, ¿qué necesitás para hacer nuevamente una pericia íntegra? Y necesito el código hash”, explicó.
A partir de allí, la defensa habría planteado solicitar al tribunal el acceso a dicho elemento para verificar la integridad de la evidencia.
Sin embargo, siempre según el relato del abogado, el perito manifestó que el código hash ya no existía porque había sido eliminado de las computadoras de la Fiscalía por falta de espacio de almacenamiento.
Para González Planás, este hecho constituye una cuestión de extrema gravedad dentro del proceso.
“¿Se imaginan ustedes lo grave que es eso? Que por falta de lugar en un archivo se le pueda condenar a una persona sin tener la certeza”, cuestionó.
La defensa reclama una revisión de la prueba
El planteamiento de la defensa se centra en que las dudas expuestas durante el juicio no podían ser consideradas como cuestiones meramente secundarias al momento de valorar la evidencia digital.
Para González Planás, si los propios peritos reconocieron que determinados elementos no podían ser explicados técnicamente y que la única manera de despejar las dudas era repetir la pericia, la imposibilidad de acceder al código hash debía ser considerada al momento de determinar el valor probatorio de esos elementos.
La defensa sostiene que el Tribunal de Sentencia no habría ponderado adecuadamente esas circunstancias al dictar la condena contra Roa.
Ahora, esos cuestionamientos forman parte de la etapa de casación ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, instancia en la que la defensa pretende que se revise la sentencia y los agravios planteados contra la decisión del Tribunal de Sentencia.
El eje de la controversia, según González Planás, pasa por determinar si una prueba digital cuya integridad es cuestionada puede ser utilizada como elemento determinante para una condena cuando, de acuerdo con lo expuesto durante el juicio, existen interrogantes técnicos que no fueron despejados.
Desde esa perspectiva, la defensa sostiene que el verdadero debate judicial debe concentrarse en determinar si las acusaciones formuladas contra Roa fueron probadas conforme a las reglas del proceso penal y si, durante el juicio, fueron respetadas plenamente las garantías constitucionales que corresponden a todo procesado.
Joaquín Roa fue condenado a ocho años de prisión por lesión de confianza, administración en provecho propio y otros hechos punibles investigados en el marco de su gestión al frente de la Secretaría de Emergencia Nacional.









